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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2004 (20/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G37/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de mayo de 2004 A.D.S. Nº 006-2004-GR-LL-PRE/PECH-01, "Adquisición de Suministros de Cómputo", otorgándose la Buena Pro enlos 11 ítems que ésta comprendía; Que, con motivo del Recurso de Impugnación inter- puesto por el Postor Consorcio BITEC MICROCOMPU-TER CENTER S.A. y BINARY TECHNOLOGY S.A.C.,contra el otorgamiento de buena pro en los Ítems 4, 7 y 8del referido proceso, se efectuaron acciones de verifica-ción posterior respecto de la Declaración Jurada sobrefabricación de bienes nacionales, presentada por el Pos-tor JR Distribuidor E.I.R.L., a quien se le otorgó una bo-nificación adicional del 20% sobre la sumatoria de lospuntajes técnico y económico, generando que resultaraganador en los Ítems 1, 4, 6, 7, 8 y 9 del indicado proce-so. El resultado de la indicada verificación quedó plas-mado en el Informe Legal Nº 034-2004-GR-LL-PRE/PECH-01, el mismo que sustenta la Resolución Geren-cial Nº 088-2004-GR-LL-PRE/PECH, que declaró fun-dado el Recurso de Impugnación interpuesto y otorga labuena pro en los Ítems 4, 7 y 8 al impugnante; Que, en uso de las atribuciones de fiscalización pos- terior de la Entidad, corresponde efectuar las accionesde verificación necesarias, para tal efecto, mediante Car-ta Notarial Nº 030-2004-GR-LL-PRE/PECH, del30.4.2004, se solicitó al Postor J.R. Distribuidor E.I.R.L.,que acredite la fabricación nacional de los productos ofer-tados, otorgándole para tal efecto, un plazo de dos díashábiles a partir de la recepción (5.5.2004); sin que sehaya pronunciado al respecto, lo cual constituye un indi-cio para corroborar lo expuesto; habiendo quedado de-mostrado que los productos Hewlett Packard (HP) NOson de fabricación nacional; Que, mediante Informe Legal del exordio, el mismo que forma parte integrante del Expediente Administrativo sus-tento de la presente Resolución Gerencial, la Oficina deAsesoría Jurídica se pronuncia en el sentido que, de con-formidad con el Principio de Veracidad previsto en el Art.1º, numeral 1.7 del Título Preliminar de la Ley del Procedi-miento Administrativo General, Ley Nº 27444, el ComitéEspecial tiene el deber legal de asumir que los administra-dos proceden con verdad en sus actuaciones; existiendosin embargo la facultad de fiscalización posterior. Con mo-tivo de la impugnación interpuesta por el Postor ConsorcioBITEC MICROCOMPUTER CENTER S.A. y BINARY TE-CHNOLOGY S.A.C., contra el otorgamiento de buena proen los Ítems 4, 7 y 8 de la referida ADS, se efectuaronacciones de verificación posterior respecto de la Declara-ción Jurada sobre fabricación de bienes nacionales, pre-sentada por JR Distribuidor E.I.R.L.; el resultado de estaverificación quedó plasmado en el Informe Legal Nº 034-2004-GR-LL-PRE/PECH-01, que sustenta la ResoluciónGerencial que declaró fundado el Recurso de Impugna-ción interpuesto y otorga la buena pro en los ítems señala-dos al impugnante. Sin embargo, al referido Postor tam-bién se le otorgó la buena pro en los Ítems 6: Tinta paraImpresora H.P. y 9: Cabezales de Impresión, para H.P., loscuales resultan no ser de fabricación nacional, habiendoquedado verificado que JR DISTRIBUIDOR E.I.R.L. haemitido una Declaración Jurada con información inexacta,recomienda declarar la nulidad del otorgamiento de buenapro en los Ítems 06 y 09, otorgándose la Buena Pro al (los)Postor (es) que ocupara (n) el segundo lugar, en cada ítem,debiendo expedirse Resolución Gerencial en tal sentido;así como iniciar el procedimiento de sanción ante el CON-SUCODE; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que compete a su área funcional; En uso de las facultades y atribuciones conferidas en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 058-2004-GR-LL/PRE; SE RESUELVE:Primero.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO del otor- gamiento de Buena Pro a favor del Postor JR DISTRIBUI-DOR E.I.R.L., recaído en los Ítems 06 y 09 de la Adjudica-ción Directa Selectiva Nº 006-2004-GR-LL-PRE/PECH-01"Adquisición de Suministros de Cómputo"; por los funda-mentos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Segundo.- Otorgar la Buena Pro en los Ítems 6: Tintas para Impresora HP y 9: Cabezales de Impresión, a los Pos-tores ANA MILAGROS MOLOCHE RAMOS, por el montode su propuesta económica ascendente a S/. 10,852.46 yALASKA INTERNACIONAL S.A. por el monto de su pro-puesta económica ascendente a S/. 2,844.80, respectiva-mente, por los fundamentos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución Gerencial.Tercero.- Disponer la publicación de la presente Reso- lución Gerencial en el Diario Oficial El Peruano dentro delos cinco días siguientes a su expedición. Cuarto.- Comuníquese la presente Resolución a los interesados JR DISTRIBUIDOR E.I.R.L., ANA MILAGROSMOLOCHE RAMOS y ALASKA INTERNACIONAL S.A., yhágase de conocimiento del Gobierno Regional de La Li-bertad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENATO MOSTACERO PLASENCIA Gerente 09493 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G2D/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0424-2004-GR-UCAYALI-P Pucallpa, 21 de abril de 2004 Visto, los documentos de las Gerencias de Desarrollo Económico, Desarrollo Social, Infraestructura, Gerencia de Administración, Procuraduría Pública Regional y Subge-rencia de Acondicionamiento Territorial solicitando modifi- caciones y/o inclusión de procedimientos administrativos al TUPA 2003; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce- dimiento Administrativo General, específica que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación,según el caso, el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos institucional; Que, el numeral 38.2 del artículo 38º de la Ley indicada en el considerando precedente, establece la obligatoriedad de las entidades, cada dos años, de publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular; sin embargo, po-drán hacerlo antes, cuando consideren que las modifica- ciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0788- 2003-GR-UCAYALI-P, se aprueba el TUPA 2003 de la sede del Gobierno Regional y, en atención a los documentos del visto, se efectuaron las modificaciones correspondientes; Que, con la visación de la Gerencia Regional de Pla- neamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia de Administración, Gerencia de Asesoría Jurídi-ca y Gerencia General Regional; y, En uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sumodificatoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Procedi- miento Administrativo - TUPA, se la Sede Central del Go- bierno Regional de Ucayali, con las respectivas modifica- ciones, que consta de 68 procedimientos administrativos yque en anexo forma parte integrante de la presente Reso- lución. Artículo Segundo.- Encargar a las diferentes unida- des orgánicas del Gobierno Regional, el cumplimiento de las disposiciones aprobadas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional