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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G39/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de mayo de 2004 ción, con apoyo y colaboración de organizaciones de prestigio, a favor del personal civil y policial del Sector en sus diferentes niveles y grupos ocupacionales, cate- gorías, jerarquías y grados, integrando la participaciónde los órganos competentes del Ministerio del Interior; Que, en ese contexto, es conveniente encargar a un Grupo de Trabajo la realización de las acciones corres-pondientes que posibiliten la celebración de Convenios en materia educativa y salud, y que generen espacios comunes de apoyo y colaboración mutua teniendo encuenta la misión organizacional de las instituciones; Que, la aplicación de los precitados mecanismos complementarios de bienestar, asimismo, contribuiráventajosamente en la modernización de la gestión ad- ministrativa de los órganos policiales y no policiales del Sector Interior; Lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo, apro- bada con Decreto Legislativo Nº 560, y en la Ley delMinisterio del Interior, aprobada con Decreto Legislati-vo Nº 370 modificado por la Ley Nº 28141; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constituir un Grupo de Trabajo, encar- gado de coordinar el establecimiento de mecanismos complementarios de bienestar a través de Convenios Interinstitucionales en aspectos de salud y educación,a favor del personal civil y policial del Sector Interior,que generen espacios comunes de apoyo y colabora-ción mutua con organizaciones de prestigio; conforma-do por las siguientes personas: - El Secretario General del Ministerio del Interior o su representante, quien lo preside; - La Presidenta del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio del Inte-rior; - El Director General de la Oficina General de Per- sonal del Ministerio del Interior; - El Director de Bienestar de la Policía Nacional del Perú; - El Director de Instrucción y Doctrina de la Policía Nacional del Perú; y, - El Director de Salud de la Policía Nacional del Perú. La Oficina General de Personal del Ministerio del In- terior actuará como Secretaría Técnica del Grupo deTrabajo. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo, para el mejor cum- plimiento de su misión, efectuará las siguientes accio-nes: - Invitar y convocar a Universidades, Colegios Pro- fesionales, Instituciones Públicas, Organismos no Gu- bernamentales y otras organizaciones de prestigio en materia de salud o educación. - Coordinar los términos y condiciones de los Con- venios Interinstitucionales. Artículo 3º.- El Grupo de Trabajo será asistido téc- nicamente por los siguientes funcionarios: - La Directora de la Oficina de Capacitación del Mi- nisterio del Interior; - Un Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Interior; - El Jefe de Estado Mayor de la Dirección de Ins- trucción y Doctrina de la Policía Nacional; y, - El Jefe de Estado Mayor de la Dirección de Salud de la Policía Nacional. Artículo 4º.- El Grupo de Trabajo presentará su In- forme Final al Despacho Ministerial, en un plazo no ma- yor de treinta días útiles siguientes a su instalación, ad-juntando para su consideración los respectivos proyec-tos de Convenio, los proyectos de las resoluciones au-toritativas y demás documentos de acción necesariospara el logro de lo señalado en el artículo 1º de la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 09686JUSTICIA /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G2D /G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G2D /G76/G65/G72/G20/G79/G20/G66/G6F/G72/G74/G61/G6C/G65/G63/G65/G72/G20/G6C/G61/G20/G6C/G75/G63/G68/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G2D /G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/GE9/G74/G69/G63/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2004-JUS Lima, 22 de mayo de 2004 CONSIDERANDO:Que, conocedores de la importancia de que las perso- nas que ejerzan la función pública estén al servicio de la nación, según lo dispone el artículo 39º de la ConstituciónPolítica del Perú; Que, la lucha contra la corrupción constituye una nece- sidad nacional y un mandato urgente que el Gobierno asu-me con la perspectiva de que la corrupción no es un fenó- meno circunscrito a un gobierno en particular, sino a ten- dencias y comportamientos fuertemente enraizados; Que, mediante Resolución Suprema Nº 160-2001-JUS, se estableció un Programa Nacional Anticorrupción cuyoobjetivo era elaborar un diagnóstico nacional que permitie-ra verificar con criterios científicos la dimensión, caracte- rísticas, niveles, condiciones y costo de la corrupción, a fin de efectuar un aporte respecto de las lecciones aprendidasy los necesarios cambios que deben efectuarse para el corto,mediano y largo plazo; Que, con la finalidad de lograr este objetivo se consti- tuyó el grupo de trabajo “Iniciativa Nacional Anticorrup- ción” (INA), compuesto por integrantes de la sociedad ci- vil de reconocida probidad y acreditado compromiso conel país, quienes presentaran el documento “Un Perú sinCorrupción: condiciones, lineamientos y recomendacionespara la lucha contra la Corrupción”, en el cual se realizóun diagnóstico sobre las causas de la corrupción en el país y se plantearon propuestas para enfrentar este fenó- meno; Que, tras cuatro años de procesos contra los implica- dos por graves actos de corrupción cometidos durante lapasada década, se ha logrado identificar algunos de losprincipales problemas para investigar y sancionar formas de criminalidad gubernativa; Que, resulta necesario aprovechar el trabajo realizado en el país, y, en base a él, se formulen recomendacionesde índole cultural y dispositivos legales que proponganmedidas concretas, que puedan ser implementadas en elcorto y mediano plazo con el objetivo de fortalecer la lucha contra la corrupción; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del artí- culo 6º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del SectorJusticia y en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar un Grupo de Trabajo ‘ad hono- rem’ que, tomando como base las recomendaciones for-muladas por la INA, presente en un plazo de 120 días, alMinisterio de Justicia, para su posterior debate público, pro-puestas de corto y mediano plazo para promover y fortale- cer la lucha contra la corrupción y la ética pública. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo constituido en el artí- culo anterior, estará integrado por las siguientes personas,que elegirán a su presidente: Cecilia Bákula Budge. Jorge Bruce Mitrani.Luis José Diez Canseco Núñez.Francisco Guerra García Cueva.Astrid Leigh Vetter.Pepi Patrón Costa. José Luis Pérez Sánchez Cerro. Teresa Quiroz Velasco.Álvaro Rey de Castro Iglesias.José Rivera Herrero.Miguel Rubio Zapata.Yehude Simon Munaro. Artículo 3º.- La Secretaría Técnica estará a cargo del señor abogado Eduardo Dargent Bocanegra. Artículo 4º.- El Grupo de Trabajo tendrá las siguientes funciones: