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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2004 (23/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G39/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de mayo de 2004 para la prevención, promoción y tratamiento de las perso- nas que padecen la enfermedad del VIH/SIDA y Tuberculo- sis mediante la donación total de US$ 50 178 053 (Cin- cuenta Millones Ciento Setentaiocho mil y CincuentaitrésDólares Americanos); Que, en el Contrato de Donación del Programa del FON- DO GLOBAL, se ha previsto que para el otorgamiento delos recursos materia de la donación, debe conformarse un Mecanismo de Coordinación del País, que funcionará como un foro para promover la participación de distintas entida-des públicas, representantes de la cooperación internacio-nal, de las organizaciones no gubernamentales, de las or-ganizaciones religiosas, de las personas afectadas por esosdaños y de otros representantes del sector privado, con la finalidad que este ente se constituya como coordinador de la presentación de propuestas del país así como monitoreela implementación de las actividades de los programas apro-bados que serían materia de financiación; Que, asimismo, en el mencionado Contrato de Dona- ción se ha previsto que el mecanismo para la ejecución de los programas a financiarse se realizará a través de un Receptor Principal, el que administrará los fondos, bajo lasupervisión y dirección del Mecanismo de Coordinación delPaís, Que, con fecha 15 de noviembre de 2003, entraron en vigencia los Contratos de Donación de Programa entre el Fondo Global para la Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria y CARE PERÚ para el financiamiento del Pro-grama de Fortalecimiento de la Prevención y Control delSida en el Perú y del Programa de Fortalecimiento de laPrevención y Control de la Tuberculosis en el Perú; docu-mentos que fueran suscritos por el Ministro de Salud en calidad de Presidente del Mecanismo de Coordinación del País, Que, en aplicación de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministe- rio de Salud, el Ministerio de Salud es el ente rector delSector Salud que conduce, regula y promueve la interven-ción del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud con la finalidad de lograr el desarrollo de la perso- na humana, siendo una de sus competencias de rectoríasectorial el análisis, formación y evaluación de las políticaspúblicas de salud, así como la coordinación con organis-mos multilaterales y bilaterales de la cooperación técnica yfinanciera, los que desarrollarán su labor teniendo en con- sideración la política sectorial; Que, el Mecanismo de Coordinación del País, acorde con las funciones y competencias que asume en el proce-so de ejecución del Programa, debe modificar su denomi-nación por Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud -CONAMUSA, que será presidida por el Ministerio de Salud en su condición de ente rector del Sector Salud; Que, en tal virtud, es necesario constituir la Coordina- dora Nacional Multisectorial de Salud, establecer sus fun-ciones, mecanismos, responsabilidades e integrantes, parala ejecución del Programa entre el Fondo Global para laLucha contra el VIH Sida, la Tuberculosis y la Malaria y CARE PERÚ y otros que puedan proveer a los mismos fines para el financiamiento del Programa de Fortalecimiento de laPrevención y Control del Sida en el Perú y del Programa deFortalecimiento de la Prevención y Control de la Tuberculo-sis en el Perú; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y lo previsto en la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; DECRETA:Artículo 1º.- Constitución de la Coordinadora Nacio- nal Multisectorial de Salud Constitúyase la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud - CONAMUSA, como el Mecanismo deCoordinación del País a que se refieren los Contratos deDonación de Programa suscritos entre el Fondo Global parala Lucha contra el VIH SIDA, la Tuberculosis y la Malaria y CARE PERÚ, para el financiamiento del Programa de For- talecimiento de la Prevención y Control del SIDA en el Perúy del Programa de Fortalecimiento de la Prevención y Con-trol de la Tuberculosis en el Perú. Artículo 2º. De la rectoría técnica y funcional La CONAMUSA se constituye como un órgano de con- sulta y preparación de propuestas para la toma de decisio-nes en las materias comprendidas en los respectivos Con-tratos de Donación suscritos, bajo la rectoría técnica y fun-cional del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- De los Representantes de la CONAMU- SA La CONAMUSA estará integrada por:- Cuatro (04) representantes del Ministerio de Salud, uno de los cuales la presidirá; - Un (01) representante del Ministerio de Defensa; - Un (01) representante del Ministerio del Interior;- Un (01) representante del Ministerio de Justicia;- Un (01) representante del Ministerio de Educación;- Un (01) representante del Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo; - Un (01) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; - Un (01) representante de los Organismos No Guber- namentales (ONGs) que trabajan en el componente deMalaria; - Un (01) representante de los Organismos No Guber- namentales (ONGs) que trabajan en el componente de TBC; - Dos (02) representantes de los Organismos No Gu- bernamentales (ONGs) que trabajan en el componente deVIH/SIDA; - Un (01) representante de las organizaciones de per- sonas afectadas de TBC; - Dos (02) representantes de las organizaciones de personas viviendo con VIH/SIDA; - Un (01) representante de las organizaciones de per- sonas afectadas por Malaria; - Dos (02) representantes de las Organizaciones Reli- giosas; - Dos (02) representantes de las Instituciones Acadé- micas; - Dos (02) representantes de las Agencias Cooperan- tes Bilaterales; y, - Dos (02) representantes de las Agencias Cooperan- tes Multilaterales. Cualquier variación en la conformación de la CONAMU- SA, se regulará a través del reglamento. Artículo 4º.- De las Funciones de la CONAMUSA Las funciones de la CONAMUSA son las siguientes: a) Coordinar la presentacióin de propuestas del Perú al Fondo Global y monitorear la implementación de las ac-tividades aprobadas en programas; b) Fomentar enfoques de Programas Multisectoriales y asegurar los vínculos y la consistencia entre los Progra- mas de Asistencia del Fondo Global y otros Programas de Asistencia al Desarrollo y la Salud, incluyendo, pero sin li-mitarse a, Préstamos Multilaterales, Donaciones Bilatera-les, Programas Estratégicos de Reducción de la Pobreza, yProgramas de Asistencia Sectorial; y, c) Alentar a sus socios a movilizarse para buscar ma- yores recursos financieros y la ampliación de la asistencia técnica para ese fin, y garantizar la sostenibilidad de losProgramas Locales, incluyendo a los Programas apoyadospor el Fondo Global. Artículo 5º.- De la Secretaría Ejecutiva de la CONA- MUSA La CONAMUSA contará con una Secretaría Ejecutiva, integrada por: - Tres (03) representantes del Ministerio de Salud: 1 representante del Ministro de Salud y los coordinadores de las estrategias sanitarias de VIH/SIDA y de TBC; - Un (01) representante del Ministerio de Educación;- Un (01) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; - Dos (02) representantes de las organizaciones de la sociedad civil; - Un (01) representante de las organizaciones de per- sonas afectadas de TBC; - Un (01) representante de las organizaciones de per- sonas viviendo con VIH/SIDA; y, - Un (01) representante de las organizaciones de per- sonas afectadas por Malaria. La Secretaría Ejecutiva estará presidida por un repre- sentante de la Alta Dirección del Ministerio de Salud, por elperíodo de 01 (un) año y será renovado conforme a lo queestablezca su reglamento. Artículo 6º.- De las Responsabilidades de la Secre- taría Ejecutiva de la CONAMUSA La Secretaría Ejecutiva se encargará de: - Implementar las políticas de la organización, median- te estrategias de intervención conducentes a una gestióneficaz y eficiente, con la finalidad de alcanzar los objetivosinstitucionales.