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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2004 (23/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G39/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de mayo de 2004 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G62/G61/G6A/G6F/G20/G65/G6C/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G46/G4F/G4E/G41/G46/G45 FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 015-2004/007-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamientode la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aproba-do por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modifi-catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa, asimismo la de-signación deberá ser publicada en el Diario Oficial El Pe-ruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 015- 2004/007-FONAFE, de fecha 20 de mayo de 2004, se ha designado como miembros de los directorios de las empre- sas bajo el ámbito de FONAFE, a las personas que se se-ñala a continuación, agradeciendo a los Directores reem-plazados por los servicios prestados durante el desempe-ño de sus funciones: NOMBRE EMPRESA CARGO EN REEMPLAZO DE JOSE LUIS A VILEZ PETROPERU S.A. DIRECTOR JUAN MIGUEL CAYO MATA CUETO JORGE MENDEZ PETROPERU S.A. DIRECTOR NELSON BERTOLI CASTA- GRANADOS GNETO CARLOS CASAS ENAPU S.A. DIRECTOR LILIAN ROCCA CARBAJAL TRAGODARA FREDDY KLEIMANN SEDAPAL DIRECTOR JA VIER ABUGATTAS SEMINARIO FATULE ARTURO SEMINARIO CONEMINSA DIRECTOR JOSE ANTONIO CHILET DAPELLO MANCO ELECTROCENTRO S.A. JESUS VIDALON HIDRANDINA S.A. DIRECTOR RENE CORNEJO DIAZ ORELLANA ENOSA ELECTRONORTE S.A. JORGE CORTEZ CUMPA ENACO S.A. DIRECTOR CARLOS TOVAR TAPIA HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 09778 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G72/G69/G7A/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G3A/G22/G43/G72/G69/G74/G65/G72/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G2D /G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G64/G65 /G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G22 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0043-2004/CRT-INDECOPI Lima, 29 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comer- ciales define los lineamientos bajo los cuales opera el Sis-tema Peruano de Acreditación; Que, tratándose de Organismos de Certificación de Sis- temas de Gestión Ambiental, es necesario establecer cri-terios obligatorios sobre la aplicación de la Guía ISO/IEC66:1999, con vista a armonizar los procedimientos de acre-ditación de los organismos de certificación de sistemas degestión ambiental; Que, la International Accreditation Forum (IAF) es una organización internacional compuesta por Orga-nismos Nacionales de Acreditación con la finalidad deestablecer directrices orientadas a facilitar el comercioexterior;Que, la International Accreditation Forum ha publicado lineamientos para la aplicación de la Guía ISO/IEC 66: 1999; Que, la Secretaría Técnica recomienda incorporar al Sis- tema Peruano de Acreditación la Directriz CRT-acr-04-D,que a su vez adopta los lineamientos formulados por laInternational Accreditation Forum (IAF) para la aplicaciónde la Guía ISO/IEC 66: 1999, lo cual sería un paso impor-tante hacia el reconocimiento mutuo de la acreditación; Que, el Reglamento de Certificación de Sistemas de Gestión de Calidad y Ambiental, aprobado mediante Reso-lución Nº 0017-98/INDECOPI-CRT y publicado en el DiarioOficial El Peruano el 7 de mayo de 1998, establecía, hastala fecha, las disposiciones que debían cumplir los Organis-mos de Certificación de Sistemas de Gestión Ambiental; Que, oportunamente se puso en conocimiento de los organismos acreditados el proyecto de Directriz, a fin deque propusieran los comentarios que juzgaran convenien-tes, sin que se hayan recibido opiniones al respecto; Estando, por tanto, a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Reglamento General de Acreditación, y con el acuerdo unánime de los miembros de la Comisión reunidos en sesión del 29 de abril de 2004; SE RESUELVE:Primero.- APROBAR la Directriz CRT-acr-04-D, "Crite- rios para la acreditación de Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión Ambiental", a la cual deberán some-terse las entidades que deseen ser acreditadas como talesorganismos; la misma que entrará en vigencia a partir deldía siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua-no. Segundo.- PRECISAR que las disposiciones de dicha Directriz sustituyen a las del Reglamento de Certificaciónde Sistemas de Gestión de Calidad y Ambiental, aprobadomediante Resolución Nº 0017-98/INDECOPI-CRT, en lo queconcierne a la Certificación de Sistemas de Gestión Am-biental. Tercero.- ESTABLECER que cualquier trámite que pu- dieran iniciar antes del 30 de junio de 2004 los Organismosde Certificación de Sistemas de Gestión Ambiental ya acre-ditados, se regulará con las disposiciones del anterior Re-glamento de Certificación de Sistemas de Gestión de Cali-dad y Ambiental; a partir de esa fecha, se les aplicarán las disposiciones de la nueva Directriz. Con la intervención de los señores miembros: Fa- bián Novak, Augusto Ruiloba, Jorge Danós, Julio Paz Soldán y José Dajes. AUGUSTO RUILOBA ROSSELPresidente de la Comisión de ReglamentosTécnicos y Comerciales CRITERIOS PARA LA ACREDITACIÓN DE ORGANISMOS DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL 1. INTRODUCCIÓNEste documento describe los criterios que deben cum- plir los organismos de certificación que realizan la certifica- ción de sistemas de gestión ambiental, que deseen ser acre-ditadas por la CRT. Los criterios establecidos por la CRT son una adopción de la IAF Guidance on the Application of ISO/IEC Guide66:1999 General Requirements for Bodies Operating As- sessment and Certification/Registration of Environmental Systems, Issue 2 (IAF-PL-01-015, 04-12-2001), elaboradopor IAF (International Accreditation Forum) y tiene comoobjeto proporcionar explicaciones sobre la aplicación de laGuía ISO/IEC 66 con vista a armonizar los procesos deacreditación de los organismos de certificación de siste- mas de gestión ambiental. La Guía ISO/IEC 66 se mantie- ne como el documento normativo y, en caso de conflictosrelativos a la aplicación de este documento, la CRT decidi-rá sobre los casos no resueltos. Este documento presenta en la primera parte las dispo- siciones de la CRT y en la segunda parte las directrices de IAF en la cual, respecto al original, se ha reemplazado don- de indica "organismo de acreditación" por "CRT", asimis-mo, se han adicionado Notas aclaratorias específicas de laCRT. 2. OBJETIVO Este documento establece los criterios para la acredita- ción de organismos de certificación de sistemas de gestión