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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 24 de mayo de 2004 el daño causado y la naturaleza de la infracción, debiendo observarse en el presente caso el incumplimiento parcial ydaño ocasionado a la Entidad. Por estos fundamentos, con la participación de los se- ñores Vocales, Félix Delgado Pozo, Marco Antonio Martí-nez Zamora y Wina Isasi Berrospi atendiendo a la recon-formación de la Sala Única del Tribunal de Contratacionesy Adquisiciones del Estado según lo dispuesto en la Reso-lución Nº 119/2004-CONSUCODE/PRE del 25 de marzode 2004, y de conformidad con las facultades conferidaspor el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, analizados los antecedentes y luegode agotado el correspondiente debate; LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar a la empresa PIRKA Contratistas Gene- rales S.A. con catorce (14) meses de suspensión en suderecho de presentarse en procesos de selección y con-tratar con el Estado, sanción que tendrá vigencia a partirdel día siguiente de publicada la presente Resolución. 2. Poner en conocimiento a la Gerencia de Registros del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado - CONSUCODE, la presente resolución paralas anotaciones de ley correspondientes. 3. Devolver los antecedentes administrativos a la Enti- dad. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.DELGADO POZOMARTÍNEZ ZAMORAISASI BERROSPI09742 PROMPEX /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 COMISIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 069-2004-PROMPEX/DE Lima, 13 de mayo del 2004 Visto el Memorando Nº 133-2004-PROMPEX/OGAF, de fecha 11 de mayo del 2004, de la Oficina General de Admi-nistración y Finanzas, el Informe Técnico S/N de fecha 7de mayo del 2004, emitido por la Gerencia de Textil, Con-fecciones y Accesorios, el Memorando Nº 083-2004-PROMPEX/OPP, de fecha 11 de mayo del 2004, en dondese establece la disponibilidad presupuestal de PROMPEXpara el 2004 y el Informe Legal Nº 011-2004-PROMPEX/OAL, de fecha 12 de mayo del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 004- 2004-PROMPEX/DE, de fecha 7 de enero del 2004, se apro-bó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de laComisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX,para el ejercicio presupuestal 2004, no encontrándose con-templada la contratación del servicio de alquiler de espaciopara la participación de PROMPEX en la Feria Internacio-nal de WORLD SHOE ASSOCIATION - EXIBIT - FERIAWSA, a realizarse en la cuidad de Las Vegas, Nevada - Es-tados Unidos de Norteamérica, del 5 al 8 de agosto del 2004; Que, el tercer párrafo del numeral 3. de las Disposicio- nes Específicas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCO-DE/PRE, aprobada mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, establece que las entidades sólo pue-den convocar y efectuar las licitaciones públicas, concur-sos públicos y adjudicaciones directas públicas y selecti-vas, que hayan sido previamente programados y se en-cuentren incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, con Memorando Nº 133-2004-P ROMPEX/OGAF, la Oficina General de Administración y Finanzas comunicaque mediante Memorando Nº 186-2004-PROMPEX-GCSP-TEX-CC, de fecha 7 de mayo, la Gerencia de Textil, Con-fecciones y Accesorios, solicita la contratación del servi-cio de alquiler de espacio para la participación de PROM-PEX en la Feria Internacional de WORLD SHOE ASSO-CIATION - EXIBIT - FERIA WSA; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licita-ciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directasno contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones, deberán seraprobados por el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi-nistrativa de la Entidad, para su inclusión en el mismo; Que, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado mediante Decreto SupremoNº 012-2001-PCM, establece que están exonerados de losprocesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicacio-nes Directas que se realicen para servicios que no admi-ten sustitutos, los que se realizan mediante una adjudica-ción de menor cuantía conforme a lo dispuesto en el artí-culo 116º del Reglamento de la referida Ley aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el primer párrafo del artículo 105º y el artículo 116º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, establecen los procedimien-tos a que deben someterse tales contrataciones precisán-dose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria elórgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover lasexportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posi-cionamiento y consolidación de los bienes y servicios en elmercado internacional, a través de una acción concertadacon el sector privado y las diferentes instituciones públicasrelacionadas con el comercio exterior del país, buscando eldesarrollo sostenible de las exportaciones en base al creci-miento y diversificación de la oferta exportable peruana, lacapacidad de gestión de las empresas exportadoras y la aper-tura y consolidación de los mercados de exportación; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promoción de las exportaciones de bienes y servi-cios peruanos y mejora de la oferta exportable, se encuen-tra su participación conjuntamente con empresas exportado-ras peruanas, en Ferias Especializadas Internacionales; Que, el Informe Técnico S/N de fecha 7 de mayo del 2004, emitido por la Gerencia de Textil, Confecciones y Acceso-rios, sustenta la necesidad de contratar el servicio de alqui-ler de un espacio en la Feria Internacional WORLD SHOEASSOCIATION - EXIBIT - FERIA WSA, por constituir dichoevento en la feria especializada en calzado más importantede Estados Unidos de Norteamérica, siendo por estas razo-nes un servicio que no admite sustituto conforme lo disponeel literal f) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, motivo por el cual resulta funda-mental la presencia de PROMPEX en dicho evento, a fin decumplir con los objetivos de su Ley de creación; Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, ha absuelto una consulta formulada porPROMPEX, referente a la contratación de servicios conexospara la participación de la institución en Ferias Internacio-nales con el objetivo de promover las exportaciones, a tra-vés de la Opinión Nº 040-2004(GTN), señalando que cuan-do se han producido los supuestos de exoneración o dedeclaración de desierto en los artículos 19º y 32º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 012-2001-PCM, determinándose la necesidad de efec-tuar procesos de menor cuantía a través de acciones inme-diatas sobre la base de la obtención de una cotización quecumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autori-zación expresa del Titular del Pliego o de la máxima autori-dad administrativa de la Entidad, y surja, la necesidad decontratar con un extranjero no domiciliado en el Perú, la con-tratación respectiva podrá regirse por la ley de su cumpli-miento, según las condiciones ofrecidas por el proveedor ode acuerdo a los procedimientos usados por el comerciointernacional, no siendo de aplicación lo dispuesto en el se-gundo párrafo del artículo 105º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM;