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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 24 de mayo de 2004 Que, mediante Memorándum Nº 083-2004-PROMPEX/ OPP de fecha 11 de mayo de 2004, de la Oficina de Plani-ficación y Presupuesto, señala que la contratación del ser-vicio de alquiler de espacio para la participación de PROM-PEX en la Feria Internacional de WORLD SHOE ASSO-CIATION - EXIBIT - FERIA WSA, cuenta con disponibili-dad presupuestaria; Que, el valor referencial total para la contratación del ser- vicio de alquiler de espacio para la participación de PROM-PEX en la Feria Internacional de WORLD SHOE ASSOCIA-TION - EXIBIT - FERIA WSA, asciende a US$ 6,800.00; Que, el Informe Legal Nº 011-2004-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emisión de una Resolu-ción de Dirección Ejecutiva por medio de la cual se declareexonerada del proceso de selección correspondiente, todavez que se ha sustentado la causal de exoneración delproceso de adquisición prevista en el literal f) del artículo19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM, por tratarse de la contratación deun servicio que no admite sustituto; Que, lo expuesto en dichos informes justifican técnica y legalmente la exoneración señalada de conformidad con loestablecido en el artículo 113º del mencionado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCE- TUR de fecha 25 de junio del 2003 y publicada en el DiarioOficial El Peruano el 27 de junio del mismo año, se aprobóel Reglamento de Organización y Funciones de la Comi-sión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX,cuyo artículo 16º establece que el Director Ejecutivo es lamáxima autoridad ejecutiva de la entidad, Titular de la enti-dad y del Pliego Presupuestario; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2004-MIN- CETUR de fecha 7 de enero del 2004 y publicada en elDiario Oficial El Peruano el 8 de enero del mismo año, sedesignó al señor Roberto Vásquez de Velasco de la Puen-te, como Director Ejecutivo de PROMPEX; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone quelas exoneraciones previstas en el artículo 19º de la normaen mención se aprobarán mediante Resolución del Titulardel Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 113º, 114º, 115º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, los artículos 19º y 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM y el artículo 16º y el numeral15) del artículo 17º del Reglamento de Organización y Fun-ciones de PROMPEX, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comisión para la Promoción deExportaciones - PROMPEX, para el ejercicio presupuestal2004, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº004-2004-PROMPEX/DE, el proceso de selección en lamodalidad de Adjudicación Directa Selectiva, para la con-tratación del servicio de alquiler de espacio para la partici-pación de PROMPEX en la Feria Internacional de WORLDSHOE ASSOCIATION - EXIBIT - FERIA WSA, a realizar-se en la ciudad de Las Vegas, Nevada - Estados Unidos deNorteamérica, del 5 al 8 de agosto del 2004. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente (Adjudicación Directa Selectiva), para la contra-tación del servicio de alquiler de espacio para la participa-ción de PROMPEX en la Feria Internacional de WORLDSHOE ASSOCIATION - EXIBIT - FERIA WSA, hasta porla suma de US$ 6,800.00, o su equivalente en nuevos so-les, cuya Fuente de Financiamiento será con Recursos Or-dinarios y/o Recursos Directamente Recaudados, por tra-tarse de servicios que no admiten sustituto. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración y Finanzas a llevar a cabo las acciones corres-pondientes a fin de realizar la contratación de los serviciosa que se refiere el artículo 2º de la presente Resolución,por el período comprendido del 5 al 8 de agosto del 2004, através del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, deconformidad con lo señalado en la Opinión Nº 040-2004(GTN) del CONSUCODE, dejando sin efecto la apli-cación del segundo párrafo del artículo 105º del Reglamentode la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 4º.- Conferir facultades suficientes para la sus- cripción de los contratos respectivos y por el monto seña-lado en la presente Resolución, al Sr. David Rosario Villa- corta, en su calidad de Gerente de la Oficina General deAdministración y Finanzas (e). Artículo 5º.- Disponer que la presente modificación del Plan Anual sea remitida al CONSUCODE, conforme lo es-tablece el numeral 7. de las Disposiciones Específicas dela Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, así como ala Comisión para la Promoción de la Pequeña y Micro Em-presa -PROMPYME, dentro de los diez días hábiles siguien-tes a la aprobación del mismo. Artículo 6º.- Disponer que la Oficina General de Admi- nistración y Finanzas remita copias de la presente Resolu-ción y de los informes que sustentan esta exoneración a laContraloría General de la República, dentro de los diez (10)días calendario siguientes y disponga la publicación de lapresente en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez(10) días hábiles a la fecha de su aprobación, así como enla página Web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO VÁSQUEZ DE VELASCO DE LA PUENTEDirector Ejecutivo 09750 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G38/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G52/G4F/G4D/G2D /G50/G45/G58/G2F/G44/G45/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G71/G75/G69/G6C/G65/G72/G64/G65/G20/G73/G74/G61/G6E/G64/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G6F/G72/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G58/G56/G49/G49/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4C/G69/G62/G72/G6F /G64/G65/G20/G42/G6F/G67/G6F/G74/GE1 COMISIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 071-2004-PROMPEX/DE Lima, 18 de mayo del 2004 Visto los Oficios Nº 316-2004(GTN/MON) y Nº 326- 2004(GTN/MON) de fechas 10 y 11 de mayo del 2004 res-pectivamente, del Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado - COSUCODE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 058- 2004-PROMPEX/DE, de fecha 12 de abril, la misma quefuera publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24de abril de 2004, se aprobó la exoneración del proceso deAdjudicación Directa Selectiva, para la contratación del ser-vicio de alquiler de stand en la XVII Feria Internacional delLibro de Bogotá, a realizarse en la ciudad de Santa Fe deBogotá - Colombia del 17 de abril al 3 de mayo del 2004,sustentándose en las causales previstas en los literales f) yh) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 063-2004-PROMPEX/DE, de fecha 21 de abril del 2004, lamisma que fuera publicada en el Diario Oficial El Peruanocon fecha 1 de mayo de 2004, se aprobó la exoneración delos procesos de Adjudicación Directa Selectiva, para lacontratación del servicio de diseño, montaje y desarmadode stand y alquiler de congeladoras, para la participaciónde PROMPEX en la Feria Internacional EUROPEAN SE-AFOOD EXPOSITION, a realizarse en la ciudad de Bru-selas - Bélgica, del 4 al 6 de mayo del 2004, sustentándo-se en la causal prevista en el literal h) del artículo 19º delTexto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante oficios de visto, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO-DE, ha formulado observaciones respecto de las Resolu-ciones referidas en los considerandos precedentes, querequieren ser implementadas; Que, respecto de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 058-2004-PROMPEX/DE, la observación del CONSU-CODE está referida al hecho de haberse invocado dos cau-sales de exoneración que regularían supuestos distintos,como es el caso de la causal por servicios personalísi-mos, que implica la existencia de varios proveedores delservicio requerido, aun cuando el estudio de ese mercado