Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2004 (30/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G34/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de mayo de 2004 El señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Venta- nilla. POR CUANTO: El Honorable Concejo Distrital de Ventanilla, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el día 19 de mayo del año2004, Visto, el Informe Nº 030-2004/MDV-SG referente a lamodificación de la Ordenanza Nº 008-2004/MDV-ALC defecha 24 de marzo del año 2004, mediante el cual se apro- bó el Manual de Organización y Funciones de la Procura- duría Pública Municipal de Ventanilla; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia de conformidad con el Artículo 194º de la Constitu-ción Política del Estado concordado con el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Munici-palidades; Que, el Artículo 201º de la Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General, Nº 27444 establece que la rectificación de errores materiales en los actos administrativos puedenser rectificados con efecto retroactivo en cualquier momen-to, de oficio o a instancia de los administrados, siempre ycuando no se altere lo sustancial de su contenido ni el sen-tido de la decisión; Que, el primer párrafo del Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, señala que las orde-nanzas de las provinciales y distritales en la materia de sucompetencia, son las normas de carácter general de ma-yor jerarquía en la estructura normativa municipal, por me-dio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienecompetencia normativa; Que, mediante el Informe de vistos; se recomienda al Concejo Municipal de Ventanilla, modificar el literal c) delrubro Requisitos mínimos de la Ordenanza Municipal Nº 008-2004/MDV-ALC por los fundamentos expuestos en el referido Informe; Que, el Honorable Concejo Distrital de Ventanilla, ha visto por conveniente realizar la respectiva modificaciónpara el mejor y correcto desempeño del señor ProcuradorPúblico de la Municipalidad Distrital de Ventanilla designa- do mediante Resolución de Alcaldía Nº 163-2004/MDV-ALC de fecha 16 de abril del año 2004; Estando a lo expuesto y de conformidad por lo dispues- to por el artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalida-des - Ley Nº 27972; Artículo 201º de la Ley Nº 27444, Leydel Procedimiento Administrativo General, el Pleno del Concejo con el VOTO UNÁNIME de sus integrantes y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta;aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA Articulo 1º.- Aprobar la modificación de Ordenanza Municipal Nº 008-2004/MDV-ALC, mediante el cual seaprueba el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Procuraduría Pública Municipal de la Municipalidad Dis- trital de Ventanilla, quedando la misma constituida de lasiguiente manera: OFICINA DE PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL OBJETO La Oficina de Procuraduría Pública Municipal tiene por objeto la defensa de los derechos e intereses de la Municipa-lidad, ante su afectación o amenaza mediante la realizaciónde un conjunto de actos jurídicos procesales, que se basanen normas y principios de carácter público que regulan la re- presentación y defensa de tales derechos e intereses. PROCURADOR PÚBLICO MUNICIPAL Es un funcionario que por mandato de la LOM, ejerce la defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.FACULTAD Y ATRIBUCIONES DE LOS PROCURADORES PÚBLICOS MUNICIPALES 1. Representar y defender los asuntos de la Munici- palidad ante cualquier órgano jurisdiccional, en cual-quier procedimiento judicial, sea este civil, penal, labo-ral, constitucional o contencioso administrativo, seacomo demandante o demandado, denunciante o agra- viado. 2. Solicitar informes, antecedentes y colaboración de cualquier dependencia o repartición del sector público na-cional. 3. Intervenir en todas las instancias del fuero ordinario y privado. En materia penal, el Procurador actuará como denunciante o constituyéndose en parte civil según sea el caso, sin las limitaciones que señala el Código de Procedi-mientos Penales para la actuación de la parte civil en laetapa de la Instrucción, que puedan restringir su labor decautela y de defensa de los derechos e intereses de laMunicipalidad para este efecto podrá informarse de cual- quier diligencia e intervenir en ellas. 4. Concurrir a diligencias policiales, prestar manifesta- ciones y testimoniales a que hubiere lugar. 5. Intervenir ante las instancias judiciales administrati- vas y arbitrales, en que se discuten derechos e interesesde la Municipalidad. 6. Actuar con independencia en el ejercicio de sus fun- ciones, las que desempeñara según su propio criterio y enla forma en que estime más arreglado a ley, aplicando losrecursos legales necesarios. 7. Ejercer las facultades generales y especiales con- templadas en los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil . 8. Para convenir en la demanda, conciliar, desistirse de ellas o transigir los procesos, requiere la expedición de laResolución de Alcaldía que lo autorice para tal fin, previaautorización del Concejo. 9. Delegar representación para intervenir en los proce- sos judiciales mediante acta o escrito simple, a lo(s) abogado(s) que laboren en la Procuraduría Pública Muni-cipal. 10. Requerir el auxilio de la fuerza pública, a través de la autoridad pública para el mejor desempeño de su fun-ción. LÍNEAS DE AUTORIDAD 1. Depende de Alcaldía.2. Ejerce autoridad sobre: - Un (01) Abogado. - Un (1) Técnico Administrativo I- Una (1) Secretaria III REQUISITOS MÍNIMOS a) Ser peruano de nacimientob) Título profesional de abogado.c) Experiencia mínima de quince (15) años en el ejerci- cio de la abogacía. d) Estar colegiado y cumplir las obligaciones que le per- mitan el ejercicio de la profesión. e) Capacitación constante. ABOGADO I FUNCIONES ESPECÍFICAS 1) Defender los asuntos de la Municipalidad, previa de- legación hecha por el Procurador mediante escrito simple. 2) Ejercitar en juicio, todos los recursos legales nece- sarios para la defensa de la Municipalidad. 3) Concurrir a las dependencias o reparticiones del sec- tor público para solicitar informes y antecedentes . 4) Elaborar con suma diligencia los escritos de con- testación de la demanda, ya sea en materia civil, laboral,contencioso administrativo y procesal constitucional, y/o denuncias ante la autoridad policial, Ministerio Público, etc. 5) Rendir informe mensual y cuando el Procurador lo solicite de las actividades realizadas en ejercicio dela representación por delegación, suministrando datosacerca del estado de los procesos a su cargo, formu- lando sugerencias para el mejor desenvolvimiento del desarrollo de la defensa de los intereses de la Munici-palidad.