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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G34/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de mayo de 2004 c) Facilitar y sistematizar los resultados de los talleres. d) Organizar todas las actividades de capacitación que se estimen necesarias. e) Redactar el documento preliminar del Presupuesto Participativo f) Evaluación técnica de alternativas para las inversio- nes o soluciones propuestas. g) Elaborar el documento final del Presupuesto Partici- pativo a presentarse ante el Consejo de Coordinación Lo-cal y el Concejo Municipal. Artículo 9º.- Programación del Proceso Para los fines del presente documento, el Equipo Téc- nico programará la ejecución de las fases y los talleres delPresupuesto Participativo, tomando en consideración: a) Fase I : Taller Informativo y Organizativo. b) Fase II : Talleres de formulación del Presupuesto Participativo (actualización del P.D.C., sec-toriales y territoriales) c) Fase III : Taller Deliberativo y de Acuerdos. Artículo 10º.- Productos del Proceso Corresponde al Equipo Técnico formular los productos del proceso consistentes en: a) El Libro de Registro de Participantes. b) El Listado de Proyectos Priorizados. c) El Resumen Ejecutivo de los Talleres celebrados en el Proceso. d) La Formalización y Detalle de los Acuerdos. TÍTULO IV Proceso de Inscripción de Participantes Artículo 11º.- Requisitos para la Inscripción Pueden inscribirse en el Libro de Registro de Agentes Participantes del Presupuesto Participativo las organiza- ciones que cumplan con los siguientes requisitos: a) Solicitud de inscripción. Esta solicitud tendrá valor de declaración jurada sobre la veracidad de los documen-tos y su contenido, estará debidamente firmada por el re-presentante de la organización o ciudadano. b) Fotocopia del documento de identidad del represen- tante o ciudadano. c) Constancia de inscripción de la organización en los registros respectivos. De no contar con la constancia ex-presar la situación jurídica de la organización, adjuntandodocumentación que acredite una antigüedad no menor de 1 año. d) En el caso de ciudadanos no organizados, se debe- rá adjuntar el Acta de los Vecinos que avale su participa-ción y/o una propuesta de Proyecto de Desarrollo Comu-nal. Artículo 12º.- Inscripción y Registro de Organiza- ciones A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, la Gerencia de Participación Vecinal y Seguridad Ciudadanadebe dar inicio al proceso de inscripción y registro de lasorganizaciones de la sociedad civil y ciudadanos que de- sean participar en el proceso de formulación del Presu- puesto Participativo. El Libro de Registro de Participantes del Presupuesto Participativo está compuesto por todas las organizacionesy ciudadanos que se inscriban para participar en el proce-so del Presupuesto Participativo hasta la fecha que se de- termine mediante Resolución de Alcaldía. Artículo 13º.- Plazos de Inscripción Una vez recibida la solicitud de inscripción en la mesa de partes, ésta se trasladará en el transcurso delmismo día a la Sub-Gerencia de Registros y Acredita- ción responsable del Proceso de Registro, la misma que expedirá la respectiva Resolución en un plazo no ma-yor de 5 días hábiles de recibida la solicitud. Vencido elmencionado plazo si no hubiera el pronunciamiento dela entidad correspondiente, la solicitud se dará por apro-bada. En caso de observación o tacha, la organización o ciu- dadano podrá interponer recurso de reconsideración pordenegatoria de inscripción ante la misma unidad adminis-trativa dentro de los plazos establecidos por la Ley Nº 27444- Ley General del Procedimiento Administrativo y, demásnormas legales vigentes al respecto.TÍTULO V Procedimiento de Aprobación del Presupuesto Participativo Articulo 14º.- Acuerdo de los Talleres Los productos resultantes del proceso de formulación del Presupuesto Participativo descritos en el artículo 8º son recogidos por Equipo Técnico para la elaboración del Pro- yecto del Presupuesto Participativo del distrito para el añosiguiente, y se presentará ante la Asamblea de AgentesParticipantes para la definición y acuerdo del mismo. Artículo 15º.- Proceso ante el CCL El acuerdo aprobado del Proyecto del Presupuesto Par- ticipativo es remitido al Alcalde para su presentación alConsejo de Coordinación Local Distrital. El Alcalde distrital lo presenta al CCL para su conoci- miento, recepcionando las observaciones y recomendacio-nes consensuadas o aprobadas por unanimidad. El Equipo Técnico revisa las observaciones y recomen- daciones formuladas por el Consejo de Coordinación Lo-cal, procediendo al análisis técnico respectivo y conclu-yendo en un informe detallado dirigido al Alcalde, que sus-tente la viabilidad de las modificaciones planteadas en unlapso de 48 hrs. El Alcalde Distrital informará al CCL, si fuera el caso, los resultados del análisis de las sugerencias al proyectodel Presupuesto Participativo, emitido por el Equipo Técni-co para su concertación y búsqueda de un pronunciamien-to de consenso, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo104° de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Artículo 16º.- Proceso ante el Concejo Municipal Terminada la fase de coordinación y concertación; el proyecto del Presupuesto Participativo es puesto por elAlcalde a consideración del Concejo Municipal para suconocimiento, revisión y aprobación. TÍTULO VI Comité de Vigilancia Artículo 17º.- Elección del Comité de Vigilancia La Asamblea de Agentes Participantes de manera au- tónoma, eligen de entre sus representantes a los miem-bros del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participati-vo, en cumplimiento del Artículo 10º del Reglamento de laLey Marco del Presupuesto Participativo. Artículo 18º.- Número de Miembros del Comité de Vigilancia El número de miembros del Comité de Vigilancia será de 6 agentes participantes y su composición será la si-guiente: a) 3 representantes de organizaciones sociales debi- damente inscritas. b) 3 representantes de ciudadanos debidamente inscri- tos y de organizaciones que no cuenten con personeríamunicipal o registral. Artículo 19º.- Elección del Comité de Vigilancia La elección de los miembros del Comité de Vigilancia se efectuará de acuerdo al Reglamento de Elecciones, apro-bado por Resolución de Alcaldía al finalizar el Taller Deli-berativo y de Acuerdos. Artículo 20º.- Conformación Interna El Comité de Vigilancia está facultada para establecer su organización interna y funcionamiento en concordanciacon el Artículo 10º del Reglamento de la Ley Marco delPresupuesto Participativo, debiendo contar con un libro de actas aperturado por Notario Público. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Celebración de Convenios El Alcalde queda autorizado a suscribir convenios con las instituciones públicas y privadas que permitan garanti-zar la probidad, legalidad y transparencia del proceso deformulación de los Presupuestos Participativos. Segunda.- Facultad Reglamentaría El Alcalde queda facultado para dictar, mediante Reso- lución y/o Decreto, las normas complementarias y regla-mentarias a la presente Ordenanza.