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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2004 (30/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G34/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de mayo de 2004 Artículo 32º.- INCENTIVO AL PAGO O CANCELA- CIÓN TOTAL DE LA DEUDA El deudor que cancele el 100% de su deuda (pago to- tal) de la deuda tributaria o no tributaria se exonerará los intereses y moras pendientes hasta el año 2003. Artículo 33º. - El deudor que fraccione la deuda tributa- ria o no tributaria en un máximo de dos cuotas, se le exo-nerará el 50% de los intereses y moras correspondientes,hasta el año 2003. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Con relación al procedimiento de ejecución de garantía, se aplicarán supletoriamente las disposicio- nes contenidas en el Código Procesal Civil, Decreto Legis- lativo Nº 768, en lo que fuera pertinente. Segunda .- Los fraccionamientos otorgados hasta an- tes de entrada en vigencia del presente Reglamento, conti-nuarán rigiéndose por lo dispuesto en las mismas. Tercera.- Los fraccionamientos otorgados hasta antes de entrar en vigencia el presente reglamento, podrán aco- gerse a los incentivos contenidos en el presente reglamen-to por única vez. VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 10263 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G65/G73/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F /G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 000060-2004-MDLM-GDU La Molina, 3 de marzo del 2004 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANOVisto el Expediente Administrativo Nº 12383-2-2002 organi- zado por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA EL CASCAJAL, me- diante el cual solicita la Recepción de Obras de la HabilitaciónUrbana Progresiva para Uso de Vivienda, del terreno de 45,360.00m², denominado Lote “D”, ubicado en la Pampa del Arenal, en eldistrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 182-80- VC-6455 del 6 de mayo de 1980 el Ministerio de Vivienda y Construcción aprobó los Estudios Preliminares de HabilitaciónUrbana para uso de vivienda de conformidad con el Plano sig-nado con el Nº 119-80-VC-6458 del terreno de 45,360.00 m²denominado Lote “D”, ubicado en la Pampa del Arenal; Que, en la precitada Resolución Directoral Ejecutiva Nº 182-80-VC-6455 se autorizó a la Asociación de Vivienda ”El Cascajal” para presentar en el plazo de seis (6) meses,contados a partir de la fecha de notificación de la precitadaresolución los proyectos definitivos de la citada habilita-ción urbana, elaborados en base al plano aprobado; Que, de acuerdo al artículo 3º del Decreto Supremo Nº 007- 98-MTC, el cual sustituye los textos de los artículos 5º y 8º del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, esta-blece en su inciso b): “que si a la fecha de la entrada de vigenciade la ley contarán con resolución consentida de la autoridad com-petente que apruebe los Estudios Preliminares y/o los EstudiosDefinitivos de los Proyectos de Habilitaciones Urbanas, en estos casos aunque los terrenos ya contaran con viviendas construi- das, todas las autoridades darán por cumplida la etapa de Apro-bación de Habilitación Urbana a que se refiere el Numeral 1 delArtículo 4º de la Ley y los Artículos 9º al 15º del Reglamento, sinque sea necesario la presentación de documentación o el cum-plimiento de requisito adicional alguno, la emisión de nuevos pro- nunciamientos o resoluciones; dentro del cual se encuentra el presente trámite; Que, de acuerdo a la Partida Electrónica Nº 11179861 de la Oficina Registral de Lima se describe la rectificación deárea y linderos del inmueble materia del presente trámite; sien-do el área rectificada 43,757.40 m² y que en concordancia con el área física ocupada por la Habilitación Urbana y el In-forme Nº 017-MDLM/DDU/DC/2002 emitida por la División de Catastro corresponde al proyecto presentado; Que, el aporte correspondiente a Vendible Mínimo se ubica en los lotes 1 al 5 de la Mz. F; el correspondiente al Ministerio de Educación en el Lote 7 de la Mz. F y final- mente el aporte de Recreación Pública se ubica tambiénen la Mz. F; Que, el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, establece que sólo si la Solicitud de Recepción de Obras com-prende modificaciones de las obras se remitirá a la Municipa- lidad Provincial con el objeto de que se pronuncie si dichas modificaciones se adecuan a los Planes de Desarrollo Urba-no; en el presente caso el Plano de Replanteo presentado porla Asociación de Vivienda El Cascajal no presenta modifica-ciones de obras que varíen los Planes Urbanos; en conse-cuencia, la presente recepción no requiere la revisión por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la empresa recurrente, de acuerdo a lo previsto por el artículo 4º de la Ley General de Habilitaciones UrbanasLey Nº 26878 y del artículo 17º del Texto Único Ordenado desu Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, ha presentado debidamente la documentación corres- pondiente al trámite; Que, a partir de la vigencia de la Ley Nº 26878, es facultad de las Municipalidades Distritales, conocer y aprobar solicitu-des de Habilitaciones Urbanas; Estando al mérito de lo expuesto, con las visaciones co- rrespondientes y en aplicación del Decreto de Alcaldía Nº 011- 2001 de delegación de facultades y a lo establecido en la Or- denanza Nº 046-2002, norma que aprueba el Texto Único deProcedimientos Administrativos de esta Municipalidad, publi-cado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 27 de junio del2001; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solici- tud presentada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA “ELCASCAJAL”, mediante Expediente Administrativo Nº 12383-2-2002; en consecuencia APROBAR de acuerdo al Plano de Replanteo signado con el Nº 012-2004-MDLM-GDU- SGOPriv, la Recepción de Obra de la Habilitación UrbanaProgresiva de la Urbanización “El Cascajal”, desarrolladasobre un área de 43,757.40 m², la misma que forma partedel terreno denominado Lote “D” ubicado en la Pampa delArenal ex Fundo La Molina Vieja, en el distrito de La Moli- na, provincia y departamento de Lima, para uso Residen- cial de Media Densidad R-4; autorizándose la independi-zación, la construcción y la libre venta de los lotes. Artículo Segundo.- La distribución del área de 43,757.40 m² del inmueble que constituye la UrbanizaciónEl Cascajal cuyas obras de Habilitación Urbana se recep- cionan mediante esta resolución, es la siguiente: Cuadro General de Áreas - ÁREA BRUTA 43,757.40 m² -ÁREA DE APORTES 7,209.97 m² Recreación Pública 5,221.67 m²Ministerio de Educación 907.20 m²Vendible Mínimo (5 lotes) 1,081.10 m² - ÁREA ÚTIL 21,521.27 m² Local Comunal 1,250.54 m² Área de Lotes 20,270.73 m² - ÁREA DE VÍAS 15,026.16 m² Artículo Tercero.- La distribución de los lotes se efec- tuará de acuerdo al Plano aprobado signado con el Nº 012- 2004-MDLM-GDU-SGOPriv y al siguiente detalle: Manzana Lotes Á rea (m²) A 28 5,526.66 B 38 7,431.32 C 11 2,225.35 D 14 2,839.88 E 11 2,247.52 F 07 3,238.84 TOTAL 109 23,509.57 (*) (*) Incluye 1,988.30 m² correspondiente a aportes re- glamentarios del Ministerio de Educación y Vendible Mínimo.