Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2004 (02/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 2 de noviembre de 2004

presa Lan Peru S.A., en la MORDAZA de Los MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 2 al 4 de noviembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1606-2004MTC/12.04-SDO, 1607-2004-MTC/12.04-SDO y 16082004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llaque y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Los MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 2 al 4 de noviembre de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 13994, 13995 y 13996, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por tres inspectores) US$ 1,980.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto (por tres inspectores) US$ 84.72 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19655

Visto, los Oficios Nº 6817-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC y Nº 6830-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nºs. 436, 411 y 552-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el Informe Nº 913-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 24 de agosto del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que ciudadanos no identificados se presentaron ante el Registro, solicitando y obteniendo irregularmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA INGUNZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante tramites de rectificacion y/o duplicado; Que, conforme se desprende de las investigaciones efectuadas por la Gerencia de Procesos, dichos tramites fueron efectuados con fecha posterior al fallecimiento de los ciudadanos MORDAZA mencionados; Que, mediante Informes de Homologacion Monodactilar Nºs. 171/2004/GP/BG/RENIEC, 161/2004/ GP/BG/RENIEC y 200/2004/GP/BG/RENIEC, respectivamente, se ha establecido que se trata de casos de suplantacion de identidad, efectuadas por personas desconocidas; Que, de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que personas no identificadas, han usurpado la identidad de los ciudadanos fallecidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA INGUNZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral; existiendo por tanto indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19550

ORGANISMOS AUTONOMOS
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 522-2004-JEF/RENIEC

MORDAZA, 20 de setiembre de 2004

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