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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G36/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de noviembre de 2004 presa Lan Perú S.A., en la ciudad de Los Ángeles, Esta- dos Unidos de América, durante los días 2 al 4 de no-viembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos inspectores de la Dirección Gene-ral de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamen- to, puedan realizar las inspecciones técnicas a que secontraen las Órdenes de Inspección Nºs. 1606-2004- MTC/12.04-SDO, 1607-2004-MTC/12.04-SDO y 1608- 2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Al- fredo Federico Álvarez Zevallos, Víctor Manuel Suá- rez Llaque y Andrés Julio Villaverde Villaverde, ins- pectores de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Los Ángeles, Estados Unidos de América, durante los días 2 al 4 de noviembre de 2004, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 13994, 13995 y 13996, abonados a laDirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, deacuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por tres inspectores) US$ 1,980.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto (por tres inspectores) US$ 84.72 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, losinspectores mencionados en el artículo 1º de la presen- te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre-sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via- je autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19655 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 522-2004-JEF/RENIEC Lima, 20 de setiembre de 2004Visto, los Oficios Nº 6817-2004/GP/SGDAC/HYC RE- NIEC y Nº 6830-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, losInformes Nºs. 436, 411 y 552-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el Informe Nº 913-2004-GAJ/RENIEC, emiti- do por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 24 deagosto del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Ar- chivo Central del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado queciudadanos no identificados se presentaron ante el Re- gistro, solicitando y obteniendo irregularmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanos ZACA-RIAS AMANCIO BRAVO UCHARIMA, CESAR HUM- BERTO ZAPATA INGUNZA y FRANCISCA QUISPE QUISPE, mediante trámites de rectificación y/o duplica-do; Que, conforme se desprende de las investigacio- nes efectuadas por la Gerencia de Procesos, dichos trámites fueron efectuados con fecha posterior al fa- llecimiento de los ciudadanos antes mencionados; Que, mediante Informes de Homologación Monodactilar Nºs. 171/2004/GP/BG/RENIEC, 161/2004/GP/BG/RENIEC y 200/2004/GP/BG/RENIEC, respec- tivamente, se ha establecido que se trata de casos de suplantación de identidad, efectuadas por personasdesconocidas; Que, de los hechos antes descritos, se desprende que personas no identificadas, han usurpado la identi- dad de los ciudadanos fallecidos ZACARIAS AMAN- CIO BRAVO UCHARIMA, CESAR HUMBERTO ZAPA-TA INGUNZA y FRANCISCA QUISPE QUISPE, perju- dicando de esta forma la seguridad jurídica registral; existiendo por tanto indicios razonables de la comisiónde presunto delito contra la Fe Pública, en las modali- dades de Falsedad Ideológica y Genérica, previstos y sancionados en los artículos 428º y 438º del CódigoPenal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca, resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, contra los que resulten responsa- bles; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondancontra los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Pública, en las modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, en agravio del Esta-do y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judicia- les del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Re-solución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 19550