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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G36/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de noviembre de 2004 cación pesquera "ISABELLA" con fechas 5 y 6 de ene- ro, 17, 18, 19 y 20 de abril, 6, 11, 15, 22, 23, 24 y 25 demayo del no ha emitido la señal de baliza correspon- diente, hecho que será materia del procedimiento san- cionador correspondiente; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, mediante el Informe Nº 232-2004-PRODUCE/DINSECOVI-Dif de fecha 13 desetiembre del 2004 y la Nota Nº 716-2004-PRODUCE/ DINSECOVI-Dsvs de fecha 5 de octubre del 2004, y con la opinión favorable de la Oficina General de AsesoríaJurídica; De conformidad con lo establecido en los artículos 4º, 148º, 208º y 218º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedi-miento Administrativo General; Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y modificatoria, Ley Nº 27779 - Ley de creación del Ministerio de la Producción,Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Artículo 11º del DecretoSupremo Nº 002-2002-PRODUCE - Reglamento de Or- ganización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar FUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por COMPAÑÍA PESQUE- RA PEPA S.A.C. contra la Resolución Ministerial Nº 159- 2003-PRODUCE; por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Excluir a la embarcación pesquera "ISA- BELLA" de matrícula PT-6027-CM del anexo de la Reso-lución Ministerial Nº 159-2003-PRODUCE. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control yVigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direc- ciones Regionales Sectoriales de la Producción del lito- ral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacos-tas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 19663 SALUD /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G2D /G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G22/G52/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G53/G61/G6C/G75/G64/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1045-2004/MINSA Lima, 26 de octubre del 2004 Visto el OFICIO Nº 219-2004-DGPS/MINSA, de la Dirección General de Promoción de la Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 065-2001- PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 101-2001-PCM, se constituyó la Comisión de la Verdad y Reconciliación, con la finalidad de esclarecer el pro- ceso, los hechos y responsabilidades de la violenciaterrorista y la violación de los derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre de 2000 y, proponer iniciativas destinadas a afirmar lapaz y la concordia entre los peruanos, así como para propender a la reconciliación nacional, al imperio de la justicia y al fortalecimiento del régimen democráti-co constitucional;Que en el Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación se incluyen las conclusiones y recomen-daciones destinadas a procurar el establecimiento de los mecanismos y políticas necesarias para superar las causas y consecuencias del proceso de violencia vividoen el país; Que en las conclusiones 163 a 167 del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, se señalaque las víctimas de dicha violencia deben recibir aten- ción preferente por parte del Estado, debiendo imple- mentarse progresivamente un "Plan Integral de Repara-ciones"; Que por Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 024-2004-PCM, seconformó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encar- gada del seguimiento de las acciones y políticas del Es- tado en los ámbitos de la paz, la reparación y la reconci-liación nacional; Que la citada Comisión Multisectorial de Alto Nivel, en el marco del "Plan Integral de Reparaciones" propuestopor la Comisión de la Verdad y Reconciliación y, teniendo en cuenta la acciones que el Estado ha venido realizan- do hasta la fecha en esta materia, concluye que es ne-cesario reforzar los mecanismos de coordinación pro- gramática y operativa, a fin de mejorar la eficacia, efi- ciencia e impacto de las acciones así como el segui-miento de las mismas; Que por Decreto Supremo Nº 062-2004-PCM, se aprobó el Marco Programático de la acción del Estadoen materia de reparaciones integrales, como base para la formulación, coordinación, seguimiento, monitoreo y ajuste del Plan Integral de Reparaciones que el Estadoapruebe como parte de su política de paz, reparación colectiva y reconciliación nacional, comprendiendo uno de los ejes de acción de dicho marco las "Reparacionesen Salud"; Que dentro de este contexto, y a efecto de elaborar el Programa de "Reparaciones en Salud" conforme a loslineamientos que establece el acotado Decreto Supre- mo Nº 062-2004-PCM, es necesario conformar una Co- misión para la implementación de dicho programa; Estando a lo informado por la Dirección General de Promoción de la Salud y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del ar- tículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión encargada de elaborar el Programa "Reparaciones en Salud", en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 062-2004-PCM, la cual estará integrada por los siguientes funcionarios: - El Director General de la Dirección General de Pro- moción de la Salud, quien la presidirá; - El Jefe del Seguro Integral de Salud;- El Jefe del Instituto de Desarrollo de Recursos Hu- manos; - El Director General de Salud de las Personas;- El Director General de la Oficina General de Planea- miento Estratégico; y, - El Director General de la Oficina General de Admi- nistración. Artículo 2º.- Todas las dependencias del Ministerio de Salud deben prestar el apoyo que requiera la mencionada Comisión para el cumplimiento el encargo dispuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 19729