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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G36/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de noviembre de 2004 la asignación presupuestal o en caso de reprogra- maciones de metas propuestas; asimismo, concor-dante con el numeral 2) de las Disposiciones Especí- ficas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE-PRE, las licitaciones públicas, concursos públicos y ad-quisiciones directas no contenidas en el Plan Anual deben ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad, lasmismas que deberán informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación; Que, en cumplimiento de lo señalado en el Art. 11º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Ofi- cina de Planificación mediante Informe Nº 3135-2004- UPEP-OPLA y Oficio Nº 400-2004-OPLA recibidos el21 de octubre de 2004, informa que es posible atender la "Contratación del Servicio de Publicidad en Radio, Televisión y Diarios para promocionar el Proceso deAdmisión 2004-II de la Universidad Nacional del Ca- llao", hasta por la suma de S/. 169,402.63 (ciento se- senta y nueve mil cuatrocientos dos con 63/100 nue-vos soles), costo financiado con cargo a los recursos directamente recaudados de la administración central y al Calendario de Compromisos de diciembre de 2004de la Universidad; Que, los Arts. 19º, Inc. h) y 20º Inc. a) del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que la contra-tación de bienes o servicios para servicios persona- lísimos están exonerados de los procesos de selec- ción de Licitación Pública, Concurso Público o Adju-dicación Directa, realizándose dichas contrataciones mediante un Proceso de Adjudicación de Menor Cuan- tía, concordante con lo dispuesto en los Arts. 105º,111º y 116º del Reglamento de la precitada norma, Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; estableciéndo- se que la autoridad competente para aprobar la exo-neración determinará, en cada caso, la dependencia u órgano que se encargará de realizar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto invo-lucrado y a su complejidad, envergadura o sofistica- ción; Que, la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, mediante el Informe Técnico Nº 012-OASA- 2004, de fecha 22 de octubre de 2004, y la Oficina de Asesoría Legal mediante Informe Nº 1142-2004-ALdel 26 de octubre del 2004, dan cumplimiento al Art. 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que establece que las Re-soluciones que aprueben la exoneración de los pro- cesos de selección, al amparo de las causales con- tenidas en el Art. 19º de la Ley, requieren obligatoria-mente un informe técnico-legal previo emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la entidad, que contemple criterios de economía, costos y opor-tunidad; Estando a lo glosado; al Informe Nº 3135-2004-UPEP- OPLA y Oficio Nº 400-2004-OPLA recibidos de la Ofici-na de Planificación el 21 de octubre de 2004; al Informe Nº 1142-2004-AL recibido de la Oficina de Asesoría Le- gal el 26 de octubre de 2004; y, en uso de las atribucio-nes que le confieren el Art. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; SE RESUELVE: 1º.- INCLUIR, dentro del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2004, la "Contratación de Servi-cios de Publicidad en Radio, Televisión y Diarios, para promocionar el Proceso de Admisión 2004-II de la Universidad Nacional del Callao", por un valor referen-cial total de S/. 149,779.10 (ciento cuarenta y nueve mil setecientos setenta y nueve con 10/100 nuevos soles), incluido IGV. 2º.- APROBAR la EXONERACIÓN del Proceso de Adjudicación Directa Pública para la "Contrataciónde Servicios de Publicidad en Radio, Televisión y Dia- rios, para promocionar el Proceso de Admisión 2004-II de la Universidad Nacional del Callao" por las consideraciones expuestas en la presente Resolu- ción. 3º.- AUTORIZAR, al Comité Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantía la "Contratación de Servicios de Publicidad en Radio, Televisión y Dia-rios para promocionar el Proceso de Admisión 2004-II de la Universidad Nacional del Callao", mediante Adjudicación de Menor Cuantía de conformidad con elprocedimiento establecido en el artículo 105º del De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, por un valor refe- rencial total de S/. 149,779.10 (ciento cuarenta y nue-ve mil setecientos setenta y nueve con 10/100 nue- vos soles) incluido IGV. 4º.- DISPONER, que a través de la Oficina Gene- ral de Administración el egreso que origine la pre- sente Resolución se afecte al Programa 029: "Edu- cación Superior", Subprograma 076: "SuperiorUniversitaria", Actividad 1-00199: "Desarrollo de la Educación Universitaria", Componente 3-0498: "Desarrollo de la Enseñanza", Específica del Gasto39: "Otros Servicios de Terceros", con cargo a los recursos directamente recaudados de la administra- ción central y al Calendario de Compromisos de di-ciembre 2004 de la Universidad. 5º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a los Vicerrectores, CONSUCODE, PROMPYME, Oficinade Planificación, Oficina de Admisión, Comisión de Admisión 2004, Órgano de Control Institucional, Ofi- cina General de Administración, Oficina de ArchivoGeneral y Registros Académicos, Oficina de Conta- bilidad y Presupuesto, Oficina de Tesorería, Oficina de Asesoría Legal, Oficina de Abastecimientos y Ser-vicios Auxiliares, para conocimiento y fines consi- guientes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO ARROYO VIALE Rector 19686 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INACC /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G72/G65/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G6C/G61/G73/G20/G6F/G66/G65/G72/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73 /G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G43/G43/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G43/G69/G6C/G20/G50/G72/G6F/G65/G6D/G2D /G70/G6C/G65/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 3841-2004-INACC/J Lima, 27 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, de fecha 19 de octubre de 2004, se dictan las disposicio-nes reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado; Que, el Artículo 2º de dicho Decreto Supremo dis- pone que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de re-mitir las ofertas de empleo de la entidad, la que se deberá de realizar mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano,