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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (06/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G38/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de noviembre de 2004 AGRICULTURA /G52/G65/G73/G65/G72/G76/G61/G6E/G20/G61/G67/G75/G61/G73/G20/G73/G75/G70/G65/G72/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G73 /G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G72/GED/G6F/G73/G20/G79/G20/G6D/G61/G6E/G61/G6E/G74/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G50/G61/G73/G74/G6F/G20/G47/G72/G61/G6E/G64/G65 DECRETO SUPREMO Nº 039-2004-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 005-2002-AG, se prorrogó hasta el 3 de noviembre del año 2003, a fa- vor del Proyecto Especial "Pasto Grande" del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, en lo concerniente alProyecto de Irrigación Pasto Grande, la reserva de agua procedente de las cuencas de los ríos Vizca- chas, Pasto Grande, Chilota y Chincune, correspon-diente a un caudal de 4.996 m3/seg. de las aguas superficiales; así como la reserva total de las aguas subterráneas de libre disponibilidad de las cuencas delos ríos Moquegua, Vizcachas, Pasto Grande, Chilo- ta, Chincune y Huamajalso, con excepción de un cau- dal de hasta 0.700 m3/seg. de las aguas subterrá-neas procedentes de la cuenca del río Chilota, para usos mineros; Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, a solicitud del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, elaboró el estudio denominado "Balance Hidroló- gico en los Valles de Tambo, Moquegua e Ilo", en cuyasconclusiones establece, entre otros aspectos, que como consecuencia de la construcción y operación del embalse Pasto Grande, entre los años 1989 a 1999, se redujo ladisponibilidad hídrica del valle del río Tambo en los meses de estiaje (setiembre a diciembre), con un incremento en el déficit natural del valle del río Tambo de 374 l/s, lo queprodujo un impacto negativo en dicho valle, al disminuir la disponibilidad hídrica en las áreas regadas, e incrementar las concentraciones de boro de sus aguas, debido a ladisminución del caudal del río Vizcachas en dicha época; recomendando que para reducir tal impacto, el embalse Pasto Grande debe abastecer al valle del río Tambo, du-rante los meses de estiaje, de acuerdo a sus necesidades hídricas, con un volumen de hasta 8.2 MMC anuales, no acumulables de año a año; Que, por Oficio Nº 043-2004-PERPG-GR-MOQ, del 11 de octubre del 2004, el Gerente del Proyecto Especial Re- gional Pasto Grande solicitó la prórroga de la reserva deaguas en 1.165 m3/s, procedente de las aguas superficia- les de las cuencas de los ríos Vizcachas, Pasto Grande, Chilota y Chincune, así como la reserva total de las aguassubterráneas de libre disponibilidad de las cuencas de los ríos Moquegua, Vizcachas, Pasto Grande, Chilota, Chincu- ne y Huamajalso; Que, respecto a dichos requerimientos, la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, mediante Oficio Nº 1356-2004-INRE-NA-IRH, de fecha 27 de octubre de 2004, en base al Infor- me Nº 045-2004-INRENA-IRH/DIRHI, de su Dirección de Recursos Hídricos, encuentra técnica y legalmente proce-dente la prórroga de la reserva de aguas en 5.130 m3/s (161.781 MMC) procedente de los ríos Tumilaca, Huaraca- ne, Torata, manantiales Moquegua, río Vizcachas, río Chilo-ta y río Chincune; no atendible la solicitud de reserva total de las aguas subterráneas de libre disponibilidad de las cuencas de los ríos Moquegua, Vizcachas, Pasto Grande,Chilota, Chincune y Huamajalso, hasta que el referido Pro- yecto Especial presente los estudios que sustenten el uso de los recursos hídricos subterráneos dentro del esquemadel proyecto; Que, con relación a la reducción de la reserva de agua, dada al Proyecto Especial Pasto Grande, elreferido ente técnico señala que procede la reduc- ción sólo por 0.250 m3/s, a raíz de que dicho caudal fue otorgado mediante licencia de uso de agua a laEmpresa Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS Ilo, en aplicación del Decreto Supremo Nº 044- 2001-AG, Que, la Intendencia de Recursos Hídricos del INRE- NA, sustentándose, asimismo, en el estudio "Balance Hidrológico en los Valles de Tambo, Moquegua e Ilo" INA-DE, agosto 2001, recomienda asignar transitoriamente de la presa Pasto Grande hasta 8.2 MMC de agua como volumen de compensación del período setiembre-diciem- bre, por el tiempo que demande la construcción de lapresa de compensación para el valle de Tambo; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Ley Nº 17752 - Ley General de Aguas, DecretoSupremo Nº 044-2001-AG e inciso a) del artículo 10º del Reglamento de los Títulos I, II y III de la Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP,las reservas de agua que establezca el Estado tendrán vigencia durante dos (2) años, renovables, cuando exis- tan razones técnicas o planes específicos que así lojustifiquen; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Resérvase, a favor del Proyecto Espe- cial Regional Pasto Grande, por el plazo de dos (2) años,a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, 5.130 m3/s (161.781 MMC) de aguas superficiales pro- cedentes de los ríos Tumilaca, Huaracane, Torata, ma-nantiales Moquegua, río Vizcachas, río Chilota y río Chin- cune, para los siguientes fines: Finalidad Caudal V olumen (m3/s) ( MMC) Mejoramiento valle de Moquegua (2,761 Ha) 1.292 40.745 Mejoramiento valle de Ilo (476 Ha) 0.223 7.033 Mejoramiento valle de Torata (1,179 Ha) 0.551 17.376 Uso Poblacional M oquegua 0.750 23.652 Incorporación Pampa Estuquiña (60 Ha) 0.024 0.757 Pampa San Antonio (828 Ha) 0.339 10.691 Pampa Jaguay (1800 Ha) 0.738 23.274 Lomas de Ilo (3167 Ha) 1.213 38.253 Total5.130161.781 Artículo 2º.- Dispóngase, que el Proyecto Especial Regional Pasto Grande, en tanto se construya el em-balse de compensación para el Valle de Tambo, entre- gue un volumen anual total de hasta 8.2 MMC de agua, provenientes de embalse Pasto Grande, durante elperíodo setiembre-diciembre, no acumulables año a año, para los usos agrícola y poblacional del Valle de Tambo, de acuerdo al régimen que establezca la Admi-nistración Técnica del Distrito de Riego Moquegua, en coordinación con la Administración Técnica del Distrito de Riego Tambo - Alto Tambo, y sin afectar los usoslegalmente establecidos de los valles de Moquegua, Torata e Ilo. Artículo 3º.- La Administración Técnica del Distrito de Riego Moquegua y el Proyecto Especial Regional Pasto Grande son responsables de velar por el cumpli- miento de la presente reserva de agua. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Agricultura y entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 20074 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G53/G45/G4E/G41/G53/G41/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G50/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G61/G62/G69/G61/G20/G53/G69/G6C/G76/G65/G73/G2D/G74/G72/G65 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2004-AG Lima, 5 de noviembre de 2004