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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G38/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 1341-2004/APCI-GG del 20 de oc- tubre de 2004, de la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del proyecto "Control de la Rabia Silvestre", se ha suscrito el "Acuerdo Complementario alAcuerdo Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa de Brasil para la Implementacióndel Proyecto de Control de Rabia Silvestre", siendo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el res- ponsable para la ejecución de las acciones de esteAcuerdo; Que, en la ciudad de Sao Paulo, del 8 al 22 de noviem- bre de 2004, se llevará a cabo la capacitación en Ges-tión del Programa de Prevención y Control de Rabia Silves- tre, por lo que se ha designado al Director de Programas Zoosanitarios de la Dirección General de Sanidad Ani-mal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a fin que participe en este evento; Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por el Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Agen- cia Brasileña de Cooperación y el Ministerio de Agricul-tura, Pecuaria y Abastecimiento del Brasil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el AñoFiscal 2004, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autori- zación de Viajes al Exterior de Servidores y Funciona- rios Públicos, y su Reglamento aprobado mediante De-creto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del M.V. Jaime Villavi- cencio Villafuerte, Director de Programas Zoosanitarios de la Dirección General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a la ciudad deSao Paulo, República Federativa del Brasil, del 8 al 22 de noviembre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución Suprema, serán asumi- dos por la Agencia Brasileña de Cooperación y el Mi-nisterio de Agricultura, Pecuaria y Abastecimiento del Brasil en lo correspondiente a la alimentación, hospe- daje y movilidad local y por el Pliego 160: Servicio Na-cional de Sanidad Agraria, lo correspondiente a trans- porte aéreo y tarifa única por uso de aeropuerto de la siguiente manera: Pasajes US$ 926,54 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción Suprema no otorga derecho a exoneración o libera-ción del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presenta ante su institución un informe detallado descri- biendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de laPresidencia de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 20076/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G51/G75/G69/G6E/G74/G61/G20/G52/G6F/G6E/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G4E/G65/G2D/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G2D/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G54/G61/G69/G6C/G61/G6E/G64/G69/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2004-AG Lima, 5 de noviembre de 2004Visto, el Facsímil Nº 376-2004-MINCETUR/VMCE, del 21 de octubre de 2004, del Viceministro de Comer-cio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Tu- rismo; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Bangkok, Tailandia entre los días 8 al 12 de noviembre de 2004, se llevará a cabo la Quinta Ronda de Negociación para la suscripción del Tratado de Libre Comercio con el Reino de Tailandia; Que, teniendo en consideración que el Tratado de Libre Comercio con el Reino de Tailandia es uno de los objetivos del Gobierno del Perú, mediante el documen-to del Visto, se solicita al Ministerio de Agricultura que autorice la participación de sus representantes en di- cha reunión; Que, en consecuencia, se ha visto por conveniente autorizar el viaje de los economistas César Armando Romero y Alex Girón Gordillo, Profesionales de la Ofici-na de Estrategia y Políticas de la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agricultura, para que participen en el grupo de negociadores de Agricultu-ra del mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los economistas Cé- sar Armando Romero y Alex Girón Gordillo, Profesionales de la Oficina de Estrategia y Políticas de la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agricultura, a laciudad de Bangkok, Tailandia, del 6 al 13 de noviembre de 2004, para que participen como Representantes del Minis- terio de Agricultura en la Quinta Ronda de Negociaciones,para la suscripción del Tratado de Libre Comercio con el Reino de Tailandia. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución Suprema, serán con car- go a los recursos presupuestales asignados a la Ca- dena Funcional Programática 001 04 006 0005 1.001103.00010 Meta 00001 Coordinación de Políticas Guber- namentales en General y 001 04 006 0005 2.00634 3.00686 Meta 00001 Análisis de la Gestión Institucio-nal, Recursos Ordinarios del Presupuesto para el 2004, del Pliego 013 Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: Econ. César Armando Romero Pasajes US$ 2,092.90 Viáticos US$ 1,820,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Econ. Alex Girón Gordillo Pasajes US$ 2,092.90 Viáticos US$ 1,820,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar ante el Ministro de Agricultura un infor-me detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación.