Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2004 (06/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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la vacunacion contra la enfermedad en al menos los 4 ultimos periodos, con vacuna inactivada, elaborada con inactivantes de primer orden y con adyuvante oleoso, que proteja contra los tipos y subtipos de virus de la FIEBRE AFTOSA A y O. 7. El o los animales han sido sometidos a la siguiente prueba con resultado negativo: - Fiebre Aftosa- MORDAZA 3 ABC o EITB , entre los 30 y 15 dias previos al embarque 8. No recibieron en los 14 dias previos a la fecha de embarque ningun MORDAZA de vacuna. 9. Han sido inspeccionados en el momento de su embarque en el establecimiento de origen y en el punto de salida del MORDAZA, por un Medico Veterinario Oficial del MORDAZA exportador, quien ha comprobado su identidad y constatado la ausencia de TUMORACIONES, HERIDAS FRESCAS O EN MORDAZA DE CICATRIZACION, NI SIGNO ALGUNO DE ENFERMEDADES CUARENTENABLES O TRANSMISIBLES Y PRESENCIA DE ECTOPARASITOS. 10. El animal o los animales han sido transportados hasta el lugar de embarque o puesto fronterizo encajonados y cargados en un vehiculo o vehiculos que han sido lavados, desinfectados y desinsectados, utilizandose productos autorizados por el MORDAZA exportador, de probada eficacia contra el virus de la Fiebre Aftosa; y fueron precintados de forma que solo puedan ser retirados al llegar a su destino por la Autoridad Competente de Peru. PARAGRAFO: a) A su llegada al MORDAZA el transporte se realizara sin desviaciones hasta los MORDAZA de la plaza de toros bajo supervision del SENASA, donde quedaran bajo aislamiento cuarentenario hasta su MORDAZA a muerte, de manera que no tengan relacion con otros animales susceptibles que no vayan a ser muertos. b) A la llegada, los piensos y cualquier residuo deberan ser incinerados y los cajones y el vehiculo deberan ser lavados, desinfectados y desinsectados despues de descargar los animales. El desinfectante debera ser eficaz contra el virus de la FIEBRE AFTOSA. c) No se permitira el ingreso de pasturas, concentrados, camas o desperdicios que acompanen a los bovinos, los mismos que deberan ser destruidos en el punto de ingreso. Los embalajes, ropas y otros equipos deberan ser desinfectados, con productos autorizados, de probada eficacia contra el virus de la FIEBRE AFTOSA, MORDAZA del embarque y a su llegada a su destino. d) En caso de indulto, el animal sera sacrificado bajo supervision oficial del SENASA. Estos requisitos zoosanitarios, deben ser remitidos a su proveedor en MORDAZA exportador, a fin de que los certificados zoosanitarios emitidos por los servicios veterinarios incluyan las exigencias MORDAZA descritas. De no coincidir la certificacion con estos requisitos la mercancia sera devuelta, sin lugar a reclamo. 20047

Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamiento y consolidacion de los bienes y servicios en el MORDAZA internacional, a traves de una accion concertada con el sector privado y las diferentes instituciones publicas relacionadas con el comercio exterior del MORDAZA, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificacion de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestion de las empresas exportadoras y la apertura y consolidacion de los mercados de exportacion; Que, entre las funciones que PROMPEX realiza con el objeto de promover las exportaciones de bienes y servicios peruanos y mejorar la oferta exportable, se encuentra la de disenar y ejecutar estrategias y acciones de promocion que permitan fomentar y fortalecer el desarrollo de la oferta exportable de bienes en condiciones competitivas, conforme lo establece el articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la entidad; Que, PROMPEX dentro de su programa de promocion y fortalecimiento de exportacion de productos del sector maderas, ha programado realizar, conjuntamente con 17 empresas del sector maderas y sus manufacturas, una mision tecnologica de la industria del mueble en Brasil, Mision que se realizara del 7 al 16 de noviembre del 2004, en las ciudades de Curitiva y Sao MORDAZA Brasil; Que, el objetivo de esta Mision es obtener informacion tecnica sobre los procesos de produccion, distribucion de planta, maquinas y equipos utilizados en los procesos productivos, asi como analizar la oferta exportable de muebles en todas sus diversas variedades, teniendo en cuenta que la industria brasilera de muebles es lider en la region, no solo por el correcto aprovechamiento de los recursos naturales, sino por la organizacion de sus empresas, quienes trabajan en aspectos fundamentales para su desarrollo tales como asociaciones, capacitaciones tecnicas y cooperacion mutua; Que, por lo expuesto, PROMPEX solicita que se autorice el viaje de un funcionario de la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanias, a las ciudades de Curitiva y Sao MORDAZA - Brasil, quien llevara a cabo dichas reuniones de trabajo, como parte de las actividades destinadas a disenar y ejecutar estrategias de promocion de exportaciones del sector maderas y sus manufacturas; Que, la Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX, es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, conforme al literal c) del articulo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ejercicio fiscal 2004, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santolalla, funcionario de la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanias, de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, a las ciudades de Curitiva y Sao MORDAZA - Brasil, del 7 al 16 de noviembre del 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comision para la Promocion de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comision para la Promocion de Exportaciones, Funcion 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos : US$ 1,120.00 Pasajes : US$ 867.04 Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, el representante de PROMPEX, autorizado mediante el Articulo 1º de la presente Resolucion, presentara al Titular de la entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en el evento al que asistira.

MINCETUR
Autorizan viaje de funcionario de PROMPEX para participar en mision tecnologica de la industria del mueble en Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 390-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 4 de noviembre de 2004 Visto el Oficio Nº 611-2004-PROMPEX/DE, del Presidente del Consejo Directivo de la Comision para la Promocion de Exportaciones -PROMPEX. CONSIDERANDO: Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por

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