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PÆg. 280342 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de noviembre de 2004 de dos mil cuatro, declaró fundada la acción de amparo, seguida por el doctor Jorge Elcias Monroe Rodríguez; y en consecuencia, inaplicables los Decretos Leyes núme- ros 25530 y 25735, ordenando su reincorporación en elcargo de Fiscal Superior Titular en lo Penal del Distrito Judicial de Arequipa; Que, la Fiscal de la Nación, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación número 1067-2004-MP-FN, de dos de agosto del presente año, reincorporó al doctor Jorge Elcias Monroe Rodríguez, en el cargo de FiscalSuperior Titular en lo Penal del Distrito Judicial de Arequi- pa; Que, el Pleno del Consejo en sesión de cuatro de noviembre de dos mil cuatro, acordó declarar que el título de Fiscal Superior Titular en lo Penal del Distrito Judicial de Arequipa, otorgado a favor del doctor JorgeElcias Monroe Rodríguez, ha recobrado vigencia; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 37º incisosb) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el Título de Fiscal Superior Titular en lo Penal del Distrito Judicial de Arequipa, otor- gado a favor del doctor JORGE ELCIAS MONROE RODRÍGUEZ, ha recobrado vigencia. Segundo.- Remitir copia de la presente resolución a la señora Fiscal de la Nación, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 20505 Declaran que título de Fiscal Provin- cial Adjunto a la Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima ha recobrado vigencia RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 459-2004-CNM Lima, 8 de noviembre de 2004 VISTO:La sentencia expedida por el Tribunal Constitucional, de treinta y uno de marzo de dos mil tres. CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia de treinta y uno de marzo de dos mil tres, declaró funda- da la acción de amparo, seguida por la doctora MaríaSusana Casachagua Aguilar, contra el Estado peruano y el Ministerio Público, recaída en el expediente número 1354-2002-AA/TC; y en consecuencia, inaplicables lasResoluciones de la Fiscalía de la Nación números 043- 93-MP-FN y 223-93-MP-FN, y la Resolución Suprema número 279-93-JUS; ordenando la reincorporación dela demandante, como Fiscal Provincial Adjunta a la Fis- calía Provincial en lo Civil de Lima; Que, el Pleno del Consejo en sesión de cuatro de noviembre de dos mil cuatro, acordó declarar que el título de Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima del Distrito Judicial de Lima, otorgadoa favor de la doctora María Susana Casachagua Aguilar, ha recobrado vigencia; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades con-feridas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magis- tratura-; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el Título de Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima del Distrito Judicial de Lima, otorgado a favor de la doctoraMARÍA SUSANA CASACHAGUA AGUILAR, ha reco- brado vigencia. Segundo.- Remitir copia de la presente resolución a la señora Fiscal de la Nación, para su conocimiento yfines. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 20506 Reincorporan a Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 460-2004-CNM Lima, 8 de noviembre de 2004 VISTO:El oficio número 2003-9113-0100-36º JCL, de diecio- cho de octubre del presente año, del Juez del TrigésimoSexto Juzgado Civil de Lima. CONSIDERANDO:Que, la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante resolución de dos de juniode dos mil cuatro, declaró fundada la acción de ampa- ro, seguida por la doctora María Lily Cueva Moreno, contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaí-da en el expediente número 2223-03; y, en conse- cuencia, inaplicables los Decretos Leyes números 25466 y 25454; el comunicado de la Corte Supremade Justicia de la República, de tres de setiembre de mil novecientos noventa y dos; los artículos 3º y 4º de la Ley número 27433 y las Resoluciones números 036-2001-CNM, 211-2001-CNM y 458-2001-CNM; orde- nando la reposición de la demandante en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de LaLibertad; Que, mediante oficio número 2003-9113-0100-36º JCL, de dieciocho de octubre del presente año, recibidoel veinte del mismo mes, el Juez del Trigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima, remite copias certificadas de la resolución expedida por la Sexta Sala Civil de la CorteSuperior de Justicia de Lima, a fin de que se cumpla con la misma; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratu- ra en sesión de cuatro de noviembre de dos mil cuatro, acordó reincorporar a la doctora María Lily Cueva More- no, como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia deLa Libertad, recobrando vigencia su título y excluir una plaza de Vocal Superior en el Distrito Judicial de La Li- bertad, de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM; por loque, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley número 26397 - Ley Orgánica del Con-sejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE:Primero.- Reincorporar a la doctora MARÍA LILY CUEVA MORENO, como Vocal Titular de la Corte Supe-rior de Justicia de La Libertad, recobrando vigencia su título. Segundo.- Excluir una plaza de Vocal Superior en el Distrito Judicial de La Libertad, de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 20507