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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (19/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G36/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de noviembre de 2004 Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,el Pleno del Concejo luego de las deliberaciones respecti-vas, aprobó por Mayoría la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR, el “Reglamento de Autori- zación de Jardín de Aislamiento” en el distrito de Comas, aefectos de regularizar la construcción y/o montajes, efectua- dos irregularmente por propietarios o poseedores de inmue- bles los cuales hayan sido construidos hasta la fecha de lapromulgación de la presente, el cual consta de 11 artículos,que adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La Autorización de uso de los Jar- dines de Aislamiento se desarrollará y efectuará a título oneroso a favor de la Municipalidad de Comas, a los pro- pietarios o poseedores de inmuebles que hayan ocupadoirregularmente dichos espacios públicos y que tengan comouso, comercial, residencial, jardín exterior, cercos, áreasde estacionamiento y escaleras. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza no es de aplicación a los Jardines que constituyan parte de la sec- ción de vía de pasajes peatonales. Artículo Cuarto.- Adecuar los cambios de la propuesta en referencia a las sanciones, que en este momento figu-ran en el CUIS. Artículo Quinto.- Los techos aligerados de concreto de las edificaciones, que sobresalgan y ocupen el espacio aéreo de los Jardines de Aislamiento y Jardines en pasajespeatonales, se regirán a lo normado en la presente Orde-nanza. Artículo Sexto. - DISPENSAR, del trámite de lectura y aprobación del Acta, para el inmediato cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde REGLAMENTO PÁRA LA AUTORIZACIÓN DEL USO DE JARDÍN DE AISLAMIENTO CAPÍTULO I - BASE LEGAL: - Reglamento Nacional de Construcciones. - Código de Medio Ambiente y Recursos Naturales Art. 89º. - Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.- Ordenanza Nº 296-2000-MLM del 23-12-2000. - Ordenanza Nº 03-2001-C/MC. - Código Civil. CAPÍTULO II - DE LAS DISPOSICIONES GENERALESArtículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular los aspectos técnicos, legales y administrativos del Uso de Jardín de Aislamiento en vías locales segundariaspertenecientes a Urbanizaciones, Cooperativas, y Asocia-ciones de Vivienda, con Autorización Especial renovableanualmente. Artículo 2º.- La regularización del Uso de Jardín de Aislamiento se efectuará mediante la Autorización Munici- pal, exclusivamente para uso del Jardín Exterior, áreas deestacionamiento, cercos, escaleras y uso comercial conmaterial temporal y desmontaje. CAPÍTULO III - DEFINICIONES Artículo 3º.- Entiéndase para efectos del presente Re- glamento: Jardín de Aislamiento.- Es la separación del límite de propiedad con respecto de la vereda y que forma parte de la vía pública, excepto del jardín de los pasajes peatonales. Retiro.- Separación de la edificación con respecto al límite de la propiedad del predio. Bienes de Dominio Público.- Los destinados al uso público y sujetos a la administración municipal como cami-nos, puentes, plazas, jardines, avenidas, paseos, calles y sus elementos constitutivos, así como sus aires y los jardi- nes de aislamiento. Vías Locales.- Son aquellas cuya función es proveer acceso a los predios o lotes adyacentes; su definición yaprobación cuando se trata de habilitaciones urbanas con fines de vivienda, corresponderá de acuerdo a Ley a lasMunicipalidades Distritales. Vías Locales Secundarias.- Define con una sección mínima constituida con módulos de 2.70 m. de calzadas, veredas dos módulos de 0.60 a 1.20 m. y berma dos módu-los de 1.80 m. CAPÍTULO IV - DE LAS NORMAS TÉCNICAS Y LOS REQUISITOS Artículo 4º.- La autorización en concesión sólo proce- derá cuando exista una consolidación de uso del Jardín deAislamiento, cuyo ancho mínimo o sección equivalente dela vía resultante sea de 11.40 m. y, solamente para lasáreas ocupadas hasta la fecha de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- La autorización del Uso de Jardín de Ais- lamiento es de carácter temporal y se renovará cada dos(2) años. Artículo 6º.- La autorización temporal de ocupación y uso existente de áreas públicas se tramitará en la Subge- rencia de Obras Privadas de la Municipalidad de Comas, (Plazo 180 días calendario), presentando los siguientesrequisitos: 1.- Carta de Compromiso. 2.- Derecho de trámite ( por m2 de ocupación anual ) según el siguiente cuadro: USO Descripción Costo Bianual m2 % UIT S/. RESIDENCIAL a) Solo cerco: 1% 32.00 Concreto, ladrillo, metal, madera, etc.Usos: Estacionamiento, escalera, etc. b) Con techo: (por cada 64.00 piso) 2% (dormitorio, estar, habitaciones en general) COMERCIAL a) Giro menor: (c. 3% 96.00 Piso) (Org. 006-99-C/MC 18-2-99 b) Giro menor (c. piso) 4% 128.00 40 m2 (p/mes) 160.00 c) Especiales: (c.piso) 5% (hostales, grifos ydiscotecas, etc.) TUPA 2002-Numeral 01 INDUSTRIAL a) I-I (elemental) 6% 192.00 b) I-2 (liviano) 7% 224.00 c) I-3 ( grande) 8% 256.00 Quienes por alguna razón consideren que se ha come- tido un error, tienen derecho a presentar reclamo ante dicha dependencia municipal (en un plazo de 15 días ca- lendario) con la siguiente documentación: Solicitud simple. Plano de ubicación y distribución ( indicando el jardín de aislamiento). Pago por inspección ocular S/. 55.00 ( según TUPA). CAPÍTULO V - DE LAS SANCIONES Y MULTASArtículo 7º.- El incumplimiento de las disposiciones de esta Ordenanza será sancionado por la Subgerencia de Control y Fiscalización Urbana en coordinación con la Subgerencia de la Policía Municipal y Seguridad Ciuda-dana. Artículo 8º.- Las Multas aplicables por mantener insta- laciones y usos en el Jardín de Aislamiento sin demolerloso sin regularizarlos, serán el doble de los derechos esta- blecidos en el artículo 6º, más desmontaje y retiro de lo instalado, es decir: USOS MULTA POR M2 CONSTRUIDO RESIDENCIAL a) 2% UIT b) 4% UIT COMERCIAL a) 6% UIT b) 8% UITc) 10% UIT INDUSTRIAL a) 12% UIT b) 14% UIT c) 16% UIT