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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G36/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de noviembre de 2004 trativa entre otros, del servidor BERNARDO MACHUCA INO- CENTE, Contador de la Dirección Regional Oriente - Pucall-pa; y el ex servidor MARTÍN GUILLERMO GIBBONS NAVA-RRO, ex Jefe de Registro Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Pucallpa; cabe indicar que con Informe Nº 013-2004-INPE/CPPAD de fecha 10 de febre-ro de 2004, la Comisión Permanente de Procesos Administra-tivos Disciplinarios se ha pronunciado respecto al servidorBERNARDO MACHUCA INOCENTE; recomendando que laresponsabilidad administrativa del ex servidor MARTÍN GUILLERMO GIBBONS NAVARRO, sea conocido por la Co- misión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios delINPE, incurriendo en error en la calificación del nivel de cargoque corresponde al Jefe de Registro Penitenciario delEstablecimiento Penitenciario de Sentenciados Pucallpa, sinembargo, se ha acreditado que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene competencia para impulsar el proceso administrativo contra el referido ex servi-dor conforme lo previsto en el artículo 165º del Decreto Su-premo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa; Que, de la evaluación y análisis de la documentación que corre en autos y del Informe Nº 035-2003-INPE/05 "Examen Especial sobre verificación de denuncias en la Dirección Re-gional Oriente - Pucallpa", la Oficina General de Auditoría haconcluido que existe responsabilidad administrativa entre otros,del ex servidor MARTÍN GUILLERMO GIBBONS NAVARRO,ex Jefe de Registro Penitenciario del Establecimiento Peni- tenciario de Sentenciados Pucallpa de la Dirección Regional Oriente, por haber excarcelado indebidamente al interno Ri-cardo Dávila Rodríguez, el día 26 de setiembre de 2002, delreferido Establecimiento Penitenciario, sin tener en cuentaque dicho interno contaba con otro mandato de detenciónpor el delito de Tráfico Ilícito de Drogas (Expediente Nº 2002- 375-JP01), además consignó negligentemente la huella dac- tilar de la mano derecha, el nombre y la dirección del internoRicardo Dávila Rodríguez, con la del interno Marcial KingMozombite; transgrediendo de esta manera el literal g) del"Manual para el Servicio de Seguridad para los Estable-cimientos Penitenciarios" aprobado por Resolución de la Pre- sidencia del Consejo Nacional Penitenciario Nº 530-95-INPE/ CNP-P de fecha 4 de agosto de 1995; Que, existen elementos de juicio suficiente que hace eviden- ciar que el ex servidor MARTÍN GUILLERMO GIBBONS NAVA-RRO, ex Jefe de Registro Penitenciario del Establecimiento Peni-tenciario de Sentenciados Pucallpa de la Dirección Regional Oriente, habría incumplido sus obligaciones establecidas en los incisos a) y b) del artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Leyde Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones delSector Público, falta administrativa tipificada en los incisos a) y d)del artículo 28º del citado dispositivo legal; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Peniten-ciario y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica yAdministración; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislati- vo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministe-rial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funcio-nes del Instituto Nacional Penitenciario, y en uso de las facul-tades conferidas por Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo disci- plinario al ex servidor MARTÍN GUILLERMO GIBBONSNAVARRO, Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, nivel STF del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Pucallpa de la Dirección Regional Oriente -Pucallpa; por los fundamentos expuestos en la parte con-siderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución al ex servidor procesado a través de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario, a efectos de que presente sus descargos ante la Comisión Permanentede Procesos Administrativos Disciplinarios, en el término decinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente denotificada la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 20900/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G2D/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 874-2004-INPE/P Lima, 15 de noviembre de 2004 VISTOS, el Oficio Nº 363-2004-INPE/15.05, Oficio Nº 213-2004-INPE/15.03, Oficio Nº 352-2004-INPE/15.05- URMyS, de fechas 11 y 10 de noviembre y 21 de octubre de 2004, emitidos y suscritos por las Oficinas de Admi-nistración y Planificación; y la Unidad de Recursos Mate-riales y Servicios de la Dirección Regional Norte Chiclayo,respectivamente, por los que se solicita la modificación delPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2004, Oficio Nº 2755-2004-INPE/10 de fecha 12 de noviembre de 2004, de la Oficina General de Administra-ción y Oficio Nº 1109-2004-INPE/06 de fecha 15 de no-viembre de 2004, de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 035-2004- INPE/P de fecha 23 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Eje-cutora 003: Dirección Regional Norte Chiclayo del InstitutoNacional Penitenciario para el Año Fiscal 2004; Que, mediante Oficio Nº 352-2004-INPE/15.05-URMS, la Dirección Regional Norte Chiclayo, manifiesta que en el referido Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 003: Dirección Regional Norte Chicla-yo, no se programó la Adquisición de Vestuario para perso-nal administrativo, debido a que el presupuesto se habíaorientado a financiar otras necesidades, sin embargo, re-fiere que por Memorándum Múltiple Nº 100-2004-INPE/ 05.03, la Oficina General de Planificación de la Sede Cen- tral ha comunicado que la Presidencia del Instituto Nacio-nal Penitenciario autorizó con Memorándum Nº 400-2004-INPE/01 una Modificación Presupuestal a fin de que sefinancie la Adquisición de Vestuario para personal adminis-trativo por el monto de S/. 90,860.00 Nuevos Soles, lo que conlleva a la inclusión de un proceso de selección no con- siderado inicialmente, solicitando por estos motivos semodifique el referido Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones; Que, de acuerdo a la última parte del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, el Plan Anual podrá ser modificado de confor-midad con la asignación presupuestal o en caso de repro-gramaciones de metas propuestas; y el artículo 8º, delcitado Reglamento señala que las licitaciones públicas,concursos públicos y adjudicaciones directas no conteni- das en el Plan Anual deberán ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Enti-dad; asimismo, se tiene que por Oficio Nº 213-2004-INPE/15.03, la Oficina de Planificación de la Dirección RegionalNorte Chiclayo manifiesta que cuenta con disponibilidadpresupuestal para la adquisición del vestuario para el per- sonal administrativo de la citada Región; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Norte Chiclayo y a lo informado por las Oficinas Generales deAdministración y Asesoría Jurídica, contándose con lasvisaciones de los miembros del Consejo Nacional Peniten-ciario y Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Adminis- tración; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificaciones, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas me- diante Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 003: Dirección Re-gional Norte Chiclayo del Instituto Nacional Penitenciario