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PÆg. 280899 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de noviembre de 2004 5º. Encargar a la Secretaría General, las Oficinas Ge- nerales de Personal y Economía, así como a las Faculta-des de Ciencias Sociales, y Letras y Ciencias Humanas, elcumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 21139 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUNAT Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo al ProgramaRed Cil Proempleo del Ministerio Tra-bajo y Promoción del Empleo SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 285-2004/SUNAT Lima, 22 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará en horario que considereconveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dictan disposiciones reglamentarias de la mencionada Ley, estableciéndose en su Artículo 2º la obligación de todo organismo público y empresa del Estado de remitiral Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Traba- jo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públi- cos que tengan previsto concursar, con excepción delas relativas a puestos clasificados como de confianza; Que asimismo, el citado Artículo 2º establece que los organismos públicos y empresas del Estado designarán alfuncionario responsable de remitir las ofertas de empleo, mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a la entrada en vigencia de dicho Regla- mento; Que a fin de dar cumplimento a lo dispuesto por las referidas normas resulta necesario designar al funcionario de la Superintendencia Nacional de Administración Tribu- taria - SUNAT que será responsable de remitir las ofertasde empleo de esta entidad al Programa Red CIL Proem- pleo del mencionado Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 012-2004-TR y en uso de las facultades conferidas por los incisos u) y v) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por elDecreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Walter Giovannie Escribens Ruiz, Gerente de Desarrollo de Personal, como funcionario de la SUNAT responsable de remitir, cuandocorresponda, las ofertas de empleo de esta entidad al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme lo dispuesto por el Decre-to Supremo Nº 012-2004-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 21137GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO Ratifican remuneraciones mensuales de Presidente y Vicepresidente Regio-nales y de las dietas de los ConsejerosRegionales ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 036-2004-CR-GRH Huánuco, 22 de junio del 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fe- cha veintidós de marzo del dos mil cuatro, el pedido efectua-do por el señor Consejero Regional Livilier Ramos Nolasco,relacionado a la modificación del pago de sus dietas enUnidades Impositivas Tributarias, de conformidad con lodispuesto en el artículo diecinueve de la Ley Nº veintisietemil ochocientos sesenta y siete; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo expone el artículo dos de la Ley veinti- siete mil ochocientos sesenta y siete, Orgánica de Gobier-nos Regionales, éstos emanan de la voluntad popular,siendo personas jurídicas de derecho público, con autono-mía política, económica y administrativa, en asuntos de sucompetencia, cuya finalidad y misión es fomentar el desa-rrollo integral sostenible, promoviendo la inversión públicay privada, organizando y conduciendo la gestión públicaregional de acuerdo a sus competencias exclusivas com-partidas y delegadas, conforme también lo expresan losartículos 4º y 5º de la citada Ley; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, conforme lo expone elartículo trece de la Ley Nº veintisiete mil ochocientos se-senta y siete, encontrándose debidamente señalados susatribuciones, derechos y obligaciones, en cumplimiento desus funciones, conforme se advierte de los artículos quin-ce, dieciséis y diecisiete de la acotada norma legal; Que, dado cuenta en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de la fecha el pedido del visto efectuado por elConsejero Regional Livilier Ramos Nolasco, por el cual so-licita al pleno del Consejo Regional la modificación del pagode las dietas que se les viene realizando, así como lasremuneraciones dispuestas para la señora Presidenta yVicepresidente Regional, ello en consideración de que elartículo diecinueve de la Ley Nº veintisiete mil ochocientossesenta y siete, así lo expresa, es por dicha razón quesolicita que se efectúe el citado cambio; el pleno del Con-sejo Regional expresa de que las dietas fijadas, así comola Remuneración de la señora Presidente Regional y delVicepresidente Regional, en Sesión Ordinaria del año próxi-mo pasado se ha considerado los montos de dinero porconceptos de remuneraciones de la señora Presidenta yVicepresidente Regional, así como las Dietas de los Con-sejeros Regionales, las mismas que se encuentran acor-des a la realidad; y en cuanto a las dietas de los señoresconsejeros sólo existe una mínima diferencia, la misma queasciende a la suma de ciento sesenta nuevos soles aproxi-madamente, suma ésta que para el año dos mil cinco si sedeberá considerar conforme corresponde, pero por el mo-mento no lo consideran necesario, por lo que es menesterproceder a ratificar las dietas y remuneraciones aprobadasel año dos mil tres, mediante acuerdo de Consejo Regionalnúmero cero quince del dos mil tres, de fecha diecisiete demarzo del mismo año; En consecuencia estando a lo precedentemente expuesto, y en uso de las facultades conferidas por elartículo treinta y nueve de la Ley Nº veintisiete mil ocho-cientos sesenta y siete, Orgánica de Gobiernos Regiona-les, a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión de Con-sejo Regional de la referencia; SE ACUERDA:Artículo Primero.- RATIFICAR las remuneraciones men- suales de la señora Presidente Regional, y del Vicepresi-