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PÆg. 280893 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de noviembre de 2004 RAFAEL MARCOS MEDEL HERRADA, Juez Titular del Décimo Octavo Juzgado Especializado en lo Civil de Lima,se hará efectiva del veinticuatro de noviembre al veintitrésde diciembre del año en curso. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor ALEJANDRO ABEL JIMÉNEZ BURGA, Juez Titular del Sexto Juzgadode Paz Letrado de Lima, como Juez Provisional del DécimoOctavo Juzgado Especializado en lo Civil, a partir del vein-ticuatro de noviembre al veintitrés de diciembre del año encurso, en reemplazo del doctor Rafael Marcos Medel He-rrada, estando a lo expuesto en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor LUIS ALBER- TO TORREJÓN RENGIFO, como Juez Suplente del SextoJuzgado de Paz Letrado de Lima, a partir del veinticuatrode noviembre al veintitrés de diciembre del año en curso,en reemplazo del doctor Alejandro Abel Jiménez Burga,estando a lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo Cuarto.- REMITIR copia de la presente resolu- ción a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivodel Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura,Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Distrital deControl de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia dePersonal del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Oficinade Administración Distrital y de los magistrados para losfines correspondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 21153 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Admiten a trÆmite solicitud para que se otorgue autorización de funciona-miento provisional a la UniversidadAutónoma del Perœ "Julio C. Tello" CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 221-2004-CONAFU Lima, 15 de noviembre del 2004 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 051-03-P11- 2004-CONAFU del 9 de setiembre del 2004, organizadopor la Promotora Instituto de Ciencias y Humanidades,para solicitar al CONAFU la autorización de funciona-miento provisional de la denominada Universidad Perua-na “Julio C: Tello” (U-PJCT), en el régimen del DecretoLegislativo Nº 882; el Informe Legal Nº 197-2004-CONA-FU-CJyAL de 4 de octubre del 2004; el Informe Nº 216-2004-CONAFU-CEAA del 12 de octubre del 2004; el Ofi-cio Nº 333-2004-CONAFU-SG del 12 de octubre del2004; los Oficios Nºs. 1122, 1123 y 1124-2004-CONA-FU-P del 18 de octubre del 2004; el Acuerdo Nº 250-2004-CONAFU de la Sesión Ordinaria del Pleno del 11de noviembre del 2004; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades- CONAFU, como órgano autónomo, teniendo como atribu-ción: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autoriza-ción de funcionamiento de las nuevas universidades a ni-vel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegan-do su funcionamiento provisional o definitivo, previa verifi-cación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condi-ciones establecidas en la Ley, y los Reglamentos del CO-NAFU; Que, con documento de Vistos el representante legal de la Promotora Instituto de Ciencias y Humanidades, soli-cita al CONAFU la autorización funcionamiento provisionalde la denominada Universidad Peruana “Julio C: Tello” (U-PJCT), bajo los alcances de la “Ley de Promoción de la Inversión en la Educación”, Decreto Legislativo Nº 882 del9 de setiembre de 1996, para lo cual adjunta los requisitosestablecidos en la Ley, la Resolución Nº 94-2000-CONAFUdel 14 de setiembre del 2000 y, la Guía para la presenta-ción de Proyectos Institucionales de Nuevas Universida-des y la Resolución Nº 196-2004-CONAFU del 13 de octu-bre del 2004; Que, tal como lo dispone la Resolución Nº 196-2004- CONAFU, el expediente presentado fue derivado a la Co-misión Jurídica y al Consejero de Evaluación y AsuntosAcadémicos, quienes han emitido informes favorables so-bre la solicitud de autorización de funcionamiento provisio-nal de la denominada Universidad Peruana “Julio C. Tello”(U-PJCT), recomendando su admisión a trámite; Que, habiéndose cumplido con los actos administrativos señalados en el artículo 14º y siguientes del Reglamentopara la Autorización de Funcionamiento de Universidades,y contando con el Acuerdo favorable del Pleno del Conse-jo Nacional para la Autorización de Funcionamiento deUniversidades - CONAFU del 11 de noviembre del 2004, esprocedente admitir a trámite la solicitud de autorizaciónprovisional de funcionamiento de la Universidad; Estando a lo expuesto, en concordancia con la Ley Nº 26439; el Decreto Legislativo Nº 882; el Estatuto del CO-NAFU, el Reglamento para la Autorización de Funciona-miento de Universidades; el Acuerdo del Pleno Nº 250-2004-CONAFU de la Sesión Ordinaria del 11 de noviembredel 2004 y, en uso de las facultades conferidas por el literalc) del artículo 20º del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE;Artículo 1º.- ADMITIR a trámite la solicitud presentada por la Promotora Asociación Instituto de Ciencias y Huma-nidades, para que se otorgue autorización de funciona-miento provisional a la denominada Universidad Autónomadel Perú “Julio C. Tello” (U-PJCT), con sede en la ciudad deLima, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882. Artículo 2º.- PROSÍGASE el trámite de la solicitud de autorización provisional de funcionamiento de la deno-minada Universidad Autónoma del Perú “Julio C. Tello”, conel procedimiento administrativo aprobado por la Resolu-ción Nº 196-2004-CONAFU; el Reglamento para la Autori-zación de Funcionamiento de Universidades bajo Compe-tencia del CONAFU y, las demás disposiciones reglamenta-rias del CONAFU. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RICARDO NUGENT LÓPEZ-CHAVES Presidente HERACLIO CAMPANA AÑASCO Secretario General 21181 Admiten a trÆmite solicitud para sus- tituir carrera profesional por la de Eco- turismo en la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 223-2004-CONAFU Lima, 16 de noviembre del 2004 VISTOS; el Expediente Nº 052-11-75-2004-CONAFU del 14 de setiembre del 2004, organizado por la Univer-sidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, para solicitarla sustitución de la Especialidad de Educación Secundariaen Ecoturismo por la Carrera Profesional de Ecoturismo; elOficio Nº 561-2004-UNAMAD-PCO del 22 de setiembre del2004; el Informe Nº 204-2004-CONAFU-CEAA del 24 desetiembre del 2004; el Oficio Nº 1051-2004-CONAFU-P del01 de octubre del 2004; el documento con Registro Nº 149del 27 de octubre del 2004; el Informe Nº 248-2004-CONA-FU-CEAA del 08 de noviembre del 2004; el Acuerdo Nº253-2004-CONAFU de la Sesión Ordinaria del Pleno del11 de noviembre del 2004; y,