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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (23/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

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PÆg. 280887 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de noviembre de 2004 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, losfuncionarios nombrados en el articulo primero de la presen-te Resolución, deberán presentar ante el señor Ministro deRelaciones Exteriores un informe de las acciones realiza-das durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 21162 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Ci- vil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 858-2004-MTC/02 Lima, 19 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, conexcepción de las autorizaciones de viajes que no irro-guen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, esta-bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstosserán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre AviaciónCivil y poder mantener la calificación de Categoría - I otor-gada al Perú por la Organización de Aviación Civil Interna-cional, debe mantener un programa anual de vigilanciasobre la seguridad operacional a través de la ejecución deinspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país,basado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Aero Transporte S.A., con Carta ATSA OPER INST. 153-04, del 29 de octubre de 2004, en elmarco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspon-diente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evalua-ción de Personal), establecido en el Texto Único de Proce-dimientos Administrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar un chequeo técnico en simulador de vuelodel equipo Beechcraft 1900C, en el Centro de Entrena-miento de Flight Safety International en el aeropuerto deLa Guardia de la ciudad de New York, Estados Unidos de América, a su personal aeronáutico propuesto, durante eldía 24 de noviembre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 24716 y 24717, la solicitante ha cumplido con elpago del derecho de tramitación correspondiente al Procedi-miento a que se refiere el considerando anterior, ante laDirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Co-municaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 1785-2004-MTC/12.04-SDO designando al Ins-pector Armando Antonio Velarde Torres, para realizar unchequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Beech-craft 1900C, al personal aeronáutico propuesto por la em-presa Aero Transporte S.A., en la ciudad de New York,Estados Unidos de América, durante los días 23 al 25 denoviembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden deInspección Nº 1785-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Armando Anto- nio Velarde Torres, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, a la ciudad de New York, Estados Unidos de Amé-rica, durante los días 23 al 25 de noviembre de 2004, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Aero Transporte S.A. a través de los Recibos deAcotación Nº 24716 y 24717, abonados a la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, incluyendo las asignaciones por concepto de viáti-cos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguien-te detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 21044 Establecen la obligación de que con- cesionarias del servicio pœblico detelefonía fija local instalen seæaliza-ción de línea que permita iniciar medi-ción de duración de la llamada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 859-2004-MTC/03 Lima, 22 de noviembre de 2004