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PÆg. 277411 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 2004 AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17736 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N” 008-2004-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA QUE SE INICIEN DE OFICIO LAS INVESTIGACIONES A CARGO DE LA COMISIÓN DE ÉTICA PARLAMENTARIA Artículo Único.- Objeto de la Resolución Legislativa Modifícase el artículo 11º de la Resolución Legislativa del Congreso Nº 016-2003-CR, que aprueba el Código deÉtica Parlamentaria, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 11º.- El procedimiento de investigación ante la Comisión de Ética Parlamentaria se inicia de oficio o a pedido de parte. Las denuncias deben cumplir los requisi- tos establecidos en el Reglamento de la Comisión de Ética Parlamentaria. Las denuncias de parte pueden ser presentadas por: a) Uno o varios congresistas. b) Cualquier persona natural o jurídica afectada por la conducta del Congresista con la documentación probato- ria correspondiente. La parte denunciante puede aportar nuevas pruebas durante la investigación y participar en el procedimiento de acuerdo con el Reglamento de la Comisión de Ética Parlamentaria. La Comisión de Ética Parlamentaria actúa de oficio, por acuerdo de la mayoría simple de sus miembros, al tener conocimiento de actos contrarios al Código de Ética Parla- mentaria." Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en Lima, en el Palacio del Congreso de la Repú- blica, a los treinta días del mes de setiembre de dos mil cuatro. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República JUDITH DE LA MATA FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República 17695