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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (01/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 277416 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 2004 ciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, sobre la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones a que se refiere el artículo precedente, y Dispo- ner su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, en ambos casos, dentro de los diez (10) días hábiles siguien- tes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.RODOLFO MORALES ACCAME Director General Oficina General de Administración ANEXO Nº 01 Inclusión al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Insti- tuto Nacional de Investigación y Extensión Agraria – INIEA, correspon- diente al ejercicio presupuestal 2004. N° TIPO OB- COD. ESPECIFI- FECHA MO- VALOR REF. PROC. JETO CIIU CACIONES PROB. NE- ESTIMADO TÉCNICAS CONV. DA 13 ADP Bien 501000 Adquisición Octubre soles 349,800.00 de Vehículos 14 ADP Bien 515006 Equipos de Octubre soles 336,695.50 Laboratorio 15 ADS Bien 523904 Equipos de Octubre soles 52,954.00 Informática 16 ADS Bien 504000 Adquisición de Octubre soles 46,200.00 Motocicletas 17 ADS Bien 515006 Equipos Octubre soles 59,240.00 Agropecuarios 17697 Designan Director General de la Ofici- na General de Planificación del INIEA INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00058-2004-INIEA Lima, 30 de setiembre de 2004 VISTOS: La Resolución Ejecutiva Nº 00084-2004-INIA, de fecha 30 de abril de 2004; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ejecutiva del visto, se designó con efectividad al 4 de mayo de 2004, al Ing. Se- gundo Córdova Ramírez, como Jefe de la Oficina Gene- ral de Desarrollo Institucional, hoy Director General de la Oficina General de Planificación del INSTITUTO NACIO- NAL DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN AGRARIA - INIEA; Que, la Jefatura del INIEA, ha decidido aceptar la re- nuncia formulada por el Ing. Segundo Córdova Ramírez, al cargo de Director General de la Oficina General de Planifi- cación, dándole las gracias por los importantes servicios prestados a la institución; De conformidad con el literal k), del artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del INIEA, apro- bado por Decreto Supremo Nº 021-2004-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución, presenta- da por el Ing. SEGUNDO CÓRDOVA RAMÍREZ, como Di- rector General de la Oficina General de Planificación del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria, dándole las gracias por los importantes servicios presta- dos a la institución. Artículo 2º.- Designar con efectividad a la fecha de publicación, en el Diario Oficial El Peruano, de la presente Resolución, al Lic. Adm. CARLOS SANTANA PINEDO, como Director General de la Oficina General de Planifica-ción del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE V. CHÁVEZ LANFRANCHI Jefe 17696 MINCETUR Adicionan inciso al numeral 3 del ApØn- dice de la Ley N” 26935 - Ley sobre sim- plificación de procedimientos para ob- tener los Registros Administrativos y lasAutorizaciones Sectoriales para el ini-cio de las actividades de las empresas DECRETO SUPREMO Nº 018-2004-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26935 - Ley sobre simplifica- ción de procedimientos para obtener los Registros Admi- nistrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el inicio de las actividades de las empresas, se establece que las empresas que inicien operaciones en una o más activida- des, por el sólo mérito de su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC, obtendrán en forma automática su registro en los Ministerios competentes, así como los permisos o licencias sectoriales necesarios para iniciar sus actividades; salvo en el caso de empresas que desarrollen alguna de las actividades contenidas en el Apéndice de dicha Ley, el mismo que puede ser ampliado mediante De- creto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente; Que, el turismo de aventura incluye la práctica del deporte de escalada en roca y en hielo, caminatas y afines, realizado regularmente bajo la conducción de Guías de Montaña; quie- nes deben cumplir condiciones mínimas en el desempeño de su actividad con el propósito de reducir en lo posible los ries- gos inherentes a la práctica de tal deporte; Que, entre dichas condiciones debe exigirse la acredi- tación por parte de los Guías de Montaña, de su capaci- dad, experiencia técnica y actualización permanente, para lo cual se requiere incluir la referida actividad en el Apéndi- ce de la Ley Nº 26935; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado y la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26935; DECRETA:Artículo 1º.- Agrégase al numeral 3 del Apéndice de la Ley Nº 26935, Ley sobre simplificación de procedimientos para obtener los Registros Administrativos y las Autoriza- ciones Sectoriales, para el inicio de las actividades de las empresas, el siguiente inciso: "g) Guías de Montaña, los mismos que luego de inscri- tos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), debe- rán contar con autorización expresa del Órgano Regional Competente para desarrollar esta actividad." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, y Mi- nistro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 17737