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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (01/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 277415 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 2004 Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones conteniendo los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, dicho Plan Anual debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autori- dad administrativa de la Entidad, según corresponda; Que, de acuerdo con los artículos 7º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual puede ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas. Además, se señala que las inclusio- nes y exclusiones de los procesos de selección deben ser comunicadas a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, dando cuenta de lo señalado al Consejo Superior de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Asimis- mo, el último párrafo del artículo 4º del citado Reglamento permite al Titular del Pliego Presupuestario o la Máxima Autoridad Administrativa delegar, a los funcionarios y de- pendencias de la Entidad encargados de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrataciones, la aproba- ción de las modificaciones al Plan Anual; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0030-2004-AG, de fecha 12 de enero de 2004, se delegó en el Director General de la Oficina General de Administración del Minis- terio de Agricultura, para el Año Fiscal 2004, la facultad de aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad; Que, teniendo en cuenta lo expresado en los conside- randos precedentes, y con el fin de reprogramar las metas propuestas, resulta procedente modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Agricul- tura para el Año Fiscal 2004; así como, en atención a lo dispuesto en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCO- DE/PRE, y modificada por Resolución Nº 019-2004-CON- SUCODE/PRE; De conformidad con las facultades delegadas median- te Resolución Ministerial Nº 0030-2004-AG, de fecha 12 de enero de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Modificación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Agricultura para el Año Fiscal 2004, aprobado mediante Resolución Mi- nisterial Nº 0058-2004-AG, modificado a su vez, mediante Resoluciones Directorales Nº 0307-2004-AG-OG, Nº 0420- 2004-AG-OGA y Nº 488-2004-AG-OGA, con la exclusión del proceso de selección signado con el número de referencia 24, así como con la inclusión de los procesos de selección signándolos con los números 112,113,114,115,116,117,118 y 119, conforme se detalla en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Logística cumpla con publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación; y remita, en igual plazo, un ejemplar a la Comi- sión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROM- PYME y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado - CONSUCODE, a este último, además, de manera electrónica a través del Sistema de Información so- bre Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Disponer que la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Agricultura para el Año Fiscal 2004, se encuentre a dispo- sición de los interesados en la Unidad de Adquisiciones de la Oficina de Logística ubicada en el Octavo Piso del edifi- cio de la Sede Central del Ministerio de Agricultura, sito en Pasaje Zela Nº 150, distrito de Jesús María, para su revi- sión y/o adquisición, en este último caso, por un costo as- cendente a S/. 3.60 (Tres y 60/100 Nuevos Soles); así como en la página web de la Entidad: http://www.minag.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR AUGUSTO DIAZ HAYASHIDA Director General Oficina General de Administración 17694Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Sede Cen-tral del INIEA para el ejercicio 2004 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 00045-2004-INIEA-OGA Lima, 27 de setiembre de 2004VISTOS:El Oficio Nº 668-2004-INIEA-OL; Oficio Nº246-2004- INIEA-PL480/C; Oficio Nº671-2004-INIEA-OL, y el proveí- do Directoral de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-2004-INIA- OGA, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisicio- nes de la Unidad Ejecutora 160, del Pliego 163: Instituto Nacio- nal de Investigación y Extensión Agraria –INIEA, correspon- diente al ejercicio presupuestal 2004 – Sede Central; Que, con Resolución Directoral Nº 00023-2004-INIA-OGA, de fecha 21 de mayo de 2004, se hizo la primera modificación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INIEA – sede central, ejercicio presupuestal 2004; Que, con el Oficio Nº246-2004-INIEA-PL-480/C, el Coordi- nador del Proyecto PL-480, solicita la inclusión, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INIEA – sede central, 2004, para la adquisición de equipos y vehículos, prevista en el Plan Operativo 2004 aprobado, del Convenio de Traspaso de Recursos – CTR-22-2002-EF/UEPL480-AÑO 2004, por un valor referencial de 922,617.00, acompañando el Certificado de disponibilidad de recursos, otorgado por la Oficina de Plani- ficación del INIEA y Coordinación PL-480; Que, con el Oficio Nº668-2004-INIEA-OL, de fecha 21 de septiembre de 2004, el Jefe (e) de la Oficina de Logística, soli- cita al Director General de la Oficina General de Administra- ción, que apruebe la modificación del Plan Anual de Contrata- ciones y Adquisiciones del INIEA – 2004 – sede central, en virtud al Oficio citado en el considerando precedente; y con el Oficio Nº 671-2004-INIEA/OL, de fecha 23 de septiembre de 2004, establece los criterios que ha considerado para determi- nar la modalidad de los procesos de selección que se detallan en el Anexo Nº 01 adjunto a la presente Resolución; Que, la Sexta Disposición Específica de la Directiva Nº 022- 2001-CONSUCODE/PRE, establece que el Plan Anual puede ser modificado en cualquier momento, durante el decurso del ejercicio presupuestal, de conformidad con la asignación pre- supuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas. Asimismo, indica que toda modificación del Plan Anual, sea por inclusión o por exclusión de procesos de selección, deberá ser aprobada por el Titular del Pliego o por el funcionario o dependencia delegada, y comunicada al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa – PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha aprobación; Estando a las facultades otorgadas por los artículos 2º y 5º de la Resolución Ejecutiva Nº 137-2003-INIA, de fe- cha 31 de diciembre de 2003, y con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, modificación del Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 160 – Sede Central del Pliego 163 del INSTITUTO NACIONAL DE INVES- TIGACIÓN Y EXTENSIÓN AGRARIA – INIEA, correspondiente al ejercicio Presupuestal 2004, aprobado por Resolución Di- rectoral Nº 0002-2004-INIA-OGA, modificado por Resolución Directoral Nº00023-2004-INIA-OGA, por las razones expues- tas en los considerandos precedentes, incluyendo los proce- sos de selección por Adjudicación Directa Selectiva y Adjudi- cación Directa Pública, que se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Notificar, la presente Resolución Directo- ral a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Em- presa – PROMPYME y al Consejo Superior de Contrata-