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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (10/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 278070 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de octubre de 2004 ción de Recursos de Defensa", que se realizará en la Univer- sidad Nacional de Defensa, en la ciudad de Washington D.C.- Estados Unidos de América, a partir del 18 de octubre al 5de noviembre del 2004; Que, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, ha aprobado la participación del señor General de Brigada AUTERO VILLAGARCIA Juan Luis, en el eventoreferido en el considerando anterior; Que, la Universidad Nacional de Defensa, sufragará los gastos de alimentación, hospedaje, transporte aéreo inter-nacional y transporte dentro de los Estados Unidos deAmérica durante la visita del señor General de BrigadaAUTERO VILLAGARCIA Juan Luis; Que, el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasio-nen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados me-diante Resolución del Titular del Sector correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y FuncionariosPúblicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, y la Ley Nº 28128- Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor General de Brigada AUTERO VILLA-GARCIA Juan Luis, para participar en el curso sobre "Pla-nificación y Administración de Recursos de Defensa", quese realizará en la Universidad Nacional de Defensa, en laciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América, apartir del 17 de octubre al 6 de noviembre del 2004. Artículo 2º.- La Universidad Nacional de Defensa de los Estados Unidos de América, sufragará los gastos de alimentación, hospedaje, transporte aéreo internacional ytransporte dentro de los Estados Unidos de América, noirrogando gastos al Tesoro Público. Artículo 3º.- El Comandante General del Ejército que- da facultado para variar la fecha de inicio y término de laautorización, sin exceder el total de los días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 17971 Exoneran a la FAP de efectuar concur- so público para contratación de cursode entrenamiento inicial en simuladorde vuelo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1090-2004-DE/FAP Lima, 4 de octubre de 2004 VISTO: El Oficio V-70-COFA-SACFA Nº 0176 del 22 de julio del 2004, a través del cual el Comandante General de la FuerzaAérea del Perú solicita la exoneración del proceso de selec-ción de "Concurso Público" para la Contratación del Curso deEntrenamiento Inicial (INITIAL) en Simulador de Vuelo de las tripulaciones del avión C-26B (SA227-DC) a realizarse en el Centro de Entrenamiento de la Compañía FLIGHT SAFETYINTERNACIONAL, en la ciudad de San Antonio Texas (EE.UU.),por la causal de "Servicios que no admiten sustitutos". CONSIDERANDO: Que, del Informe Técnico Nº 0003-GRUP8-2004 de fecha 15 de junio del 2004 del Comandante del Escua-drón de Abastecimientos Nº 808 y Jefe de la Sección Ope-raciones EM-A3 del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aé-rea del Perú el cual forma parte de la presente Resolu-ción, se precisa que es necesaria la Contratación delCurso de Entrenamiento Inicial (INITIAL) en Simuladorde Vuelo de las tripulaciones del avión C-26B (SA227- DC) en los Centros de Entrenamiento de la Compañía FLIGHT SAFETY INTERNATIONAL;Que, del citado informe técnico se desprende que la Com- pañía FLIGHT SAFETY INTERNATIONAL es el más grandeproveedor de servicios de aviación y de entrenamiento en si-muladores de vuelos del mundo, con más de 50 años de expe-riencia, desarrollando la seguridad de vuelos con el objetivo de incrementar la habilidad de los pilotos que reciben la capacita- ción en todos los tipos de aeronaves tanto en aviación civil ymilitar. Dicha compañía produce los simuladores de vuelo másavanzados, contando con las licencias respectivas de los fabri-cantes de las aeronaves; y posee simuladores calificados conel nivel "D" de estandarización que es la designación más altaotorgada por la FAA (Administración Federal de Aviación de losEstados Unidos de América) para el realismo en la réplica delvuelo; Que, la Compañía FLIGHT SAFETY INTERNACIONAL posee el Centro de Entrenamiento de Aviación de San AntonioTexas (EE.UU.), además de contar con el reconocimiento del fabricante de dichas aeronaves; Que, el Centro de Entrenamiento de Aviación de San Anto- nio Texas (EE.UU.) de la Compañía FLIGHT SAFETY INTER-NACIONAL es el único centro de entrenamiento, sin existir otroen el mercado mundial, que brinde el servicio de simulación devuelo para las tripulaciones del avión C-26B (SA227-DC); Que, el Programa Director de Entrenamiento PDE FAP 55- 1 y las Directivas de prevención de accidentes establecen lanecesidad que las tripulaciones aéreas realicen entrenamientoen simulador de vuelo; así como la OACI contempla que para elejercicio del pilotaje los pilotos deben recibir entrenamiento ensimuladores de vuelo, con el fin de que se mantenga un nivel de entrenamiento estándar; Que, el Curso de Entrenamiento Inicial (INITIAL) para el avión C-26B (SA227-DC) tiene una duración de trece días, parados oficiales pilotos, por el importe total de cuarenta y un milquinientos cuarenta y ocho con 00/100 dólares americanos (US$41,548.00), con cargo al presupuesto Recursos Ordinarios AF-2004, en la cadena de gasto 5.3.11.39, encontrándose dichacontratación considerada en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Fuerza Aérea para el año 2004 en el ru-bro Nº 75; Que, del Informe Legal Nº 01-2004 del 15 de junio del 2004 efectuado por el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuer- za Aérea del Perú, se comprueba entre otros aspectos que la solicitud de exoneración del proceso de selección de "Concur-so Público" por la causal de "Servicios que no admiten sustitu-tos", se encuentra enmarcada dentro de los alcances del Incisof), Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM; Que, el Inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone queestán exonerados de los procesos de Licitación Pública, Con-curso Público y Adjudicación Directa, según sea el caso, las Contrataciones que se realicen por "Servicios que no admiten sustitutos"; Que, para tal efecto el Artículo 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,dispone que las contrataciones a que se refiere el Artículo 19º,se realizarán mediante el proceso de selección de Adjudica-ción de Menor Cuantía, y se aprobarán mediante Resolucióndel Titular del Pliego de la Entidad; Que, los Artículos 105º y 116º del citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadocon Decreto Supremo Nº 013-2001 PCM, establecen que deproducirse los supuestos señalados en el Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, éstas se efectuarán mediante el proceso de Adjudicación de MenorCuantía, para tal efecto la Autoridad competente para aprobarla exoneración designará a la dependencia u órgano encar-gado de llevar a cabo el mencionado proceso, de acuerdo almonto involucrado, su complejidad, envergadura o sofistica-ción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aérea del Perú de efectuar el Proceso de Selección de "Concurso Público"para la Contratación del Curso de Entrenamiento Inicial(INITIAL) en Simulador de Vuelo de las tripulaciones delavión C-26B (SA227-DC) a realizarse en el Centro de Entrenamiento de la Compañía FLIGHT SAFETY INTER- NACIONAL, en la ciudad de San Antonio Texas (EE.UU.),por la causal de "Servicios que no admiten sustitutos". Artículo 2º.- Aprobar la contratación de la Compa- ñía FLIGHT SAFETY INTERNACIONAL, para que reali-ce el Curso de Entrenamiento Inicial (INITIAL) y Refrescopara dos oficiales pilotos en el avión C-26B (SA227-DC),por el importe total de cuarenta y un mil quinientos cua-renta y ocho con 00/100 dólares americanos (US$