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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (10/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 278077 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de octubre de 2004 Artículo 3º.- La Dirección General de Gestión de Teleco- municaciones publicará y actualizará mensualmente en lapágina web del Ministerio, una base de datos con el gradode ocupación de los canales de televisión considerados paracada localidad en los Planes de Canalización y de Asigna- ción de Frecuencias a que se refiere el artículo primero. Artículo 4º.- A fin de optimizar el uso del espectro ra- dioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión y procuraruna oferta plural de estos servicios que cumplan con losparámetros técnicos previstos en las Normas Técnicas delServicio de Radiodifusión, los Planes de Canalización y deAsignación de Frecuencias aprobados en el artículo prime-ro, podrán ser modificados de oficio procurando la menorafectación de los derechos adquiridos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 18182 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 184-2004-MTC/03 Lima, 4 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento Generalde la Ley de Telecomunicaciones, disponiéndose en su ar-tículo 207º que toda asignación de frecuencias se realiceen base al respectivo Plan de Canalización, y que para el caso de los servicios de radiodifusión se considerará ade- más, el Plan de Asignación de Frecuencias del Servicio deRadiodifusión, los cuales serán aprobados por ResoluciónViceministerial; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones mediante Informe Nº 389-2004-MTC/17.01.ssr, propone la aprobación de los Planes de Canali-zación y los Planes de Asignación de Frecuencias en basea los cuales se otorgarán las autorizaciones para la presta-ción del servicio de radiodifusión por televisión en la bandade UHF, en las localidades de Chiclayo-Lambayeque y Ol-mos, en el departamento de Lambayeque; Que, asimismo, la Dirección de Concesiones y Autori- zaciones señala en su informe que en la elaboración de losPlanes de Canalización y Asignación de Frecuencias delServicio de Radiodifusión que propone, se ha observado lodispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodi-fusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; Que, dado que el otorgamiento de autorizaciones para la prestación de servicios de radiodifusión es un procesodinámico que genera la modificación periódica del gradode ocupación de las frecuencias, resulta conveniente en-cargar a la Dirección General de Gestión de Telecomunica- ciones la publicación mensual en la página web del Minis- terio, de una base de datos que de manera referencial in-forme a los administrados sobre el grado de ocupación delos canales de televisión considerados para cada localidaddel departamento de Lambayeque; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento Ge-neral de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 027-2004-MTC, las Normas Técnicas delServicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Minis-terial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Planes de Canalización y Asig- nación de Frecuencias para la banda de UHF, de las locali-dades de Chiclayo-Lambayeque y Olmos del departamen-to de Lambayeque, de acuerdo al siguiente detalle: Localidad: CHICLAYO-LAMBAYEQUE Plan de Canalización Plan de Asignación de Frecuencias Canales TV Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 15 477.25 481.7519 501.25 505.7521 513.25 517.7523 525.25 529.7525 537.25 541.75Plan de Canalización Plan de Asignación de Frecuencias Canales TV Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 27 549.25 553.7529 561.25 565.7531 573.25 577.75 33 585.25 589.75 35 597.25 601.7539 621.25 625.7541 633.25 637.7543 645.25 649.7545 657.25 661.7547 669.25 673.7549 681.25 685.7551 693.25 697.7553 705.25 709.7555 717.25 721.7557 729.25 733.75 59 741.25 745.75 Total de canales : 21 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 8 KW. Localidad: OLMOS Plan de Canalización Plan de Asignación de Frecuencias Canales TV Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 15 477.25 481.7519 501.25 505.7521 513.25 517.7523 525.25 529.7525 537.25 541.7527 549.25 553.7529 561.25 565.7531 573.25 577.7533 585.25 589.7535 597.25 601.75 39 621.25 625.75 41 633.25 637.7543 645.25 649.7545 657.25 661.7547 669.25 673.7549 681.25 685.7551 693.25 697.7553 705.25 709.7555 717.25 721.7557 729.25 733.7559 741.25 745.75 Total de canales : 21 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW. Artículo 2º.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestación de servicios de radiodifusión en las localidadesa que se refiere el artículo precedente, observarán comopotencia efectiva radiada (e.r.p.) máxima de la estación, laestablecida en los respectivos Planes de Canalización y deAsignación de Frecuencias. Artículo 3º.- La Dirección General de Gestión de Teleco- municaciones publicará y actualizará mensualmente en lapágina web del Ministerio, una base de datos con el gradode ocupación de los canales de televisión considerados paracada localidad en los Planes de Canalización y de Asigna-ción de Frecuencias a que se refiere el artículo primero. Artículo 4º.- A fin de optimizar el uso del espectro ra- dioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión y procuraruna oferta plural de estos servicios que cumplan con losparámetros técnicos previstos en las Normas Técnicas delServicio de Radiodifusión, los Planes de Canalización y deAsignación de Frecuencias aprobados en el artículo prime- ro, podrán ser modificados de oficio procurando la menor afectación de los derechos adquiridos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 18183 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 185-2004-MTC/03 Lima, 4 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento General