Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2004 (21/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 278768

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de octubre de 2004

del 12 de octubre de 2004, y el Oficio Nº 466-2004-AGCONACS/PCD, del Jefe del Programa de Camelidos Domesticos del CONACS, asi como el Informe Nº 682004-AG-CONACS/OAJ, del Director General de Asesoria Juridica del CONACS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-92-AG, se creo el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, como Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Agricultura, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, administrativa, economica y financiera, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector agricultura; Que, el Informe Tecnico Nº 004-2004-AG-CONACS/ PCD de setiembre de 2004 para la adquisicion de Semillas y Fertilizantes en el MORDAZA del proyecto "Incremento productivo de los pastizales en las zonas expuestas al fenomeno de heladas - PL-480", elaborado por el Programa de Camelidos Sudamericanos Domesticos del CONACS ha senalado que es necesario y urgente disponer de semillas de alfalfa dormante de secano de grado 3 a 5, de MORDAZA forrajera y fertilizantes para el mes de noviembre de este ano, con lo cual se podria garantizar la siembra (en la estacion de lluvias) y su cosecha MORDAZA del periodo seco del 2005, durante el cual es probable que se presente nuevamente las heladas y nevadas prolongadas; Que, si bien es MORDAZA el proyecto "Incremento productivo de los pastizales en las zonas expuestas al fenomeno de heladas - PL-480" es de caracter netamente preventivo, se requiere que se declare la urgencia de su implementacion, por cuanto persigue realizar la siembra de especies vegetales de secano para la produccion de forraje al inicio de la temporada de lluvias (noviembre), habida cuenta que el mismo permitira disponer de forraje durante el proximo periodo de helada y asi evitar las altas tasas de morbilidad (desnutricion, caquexia, etc.) y mortalidad por inanicion de los Camelidos Sudamericanos; Que a traves del Informe del exordio, el Director General de Asesoria Juridica del CONACS senala que para poder cumplir con los plazos previstos en el proyecto senalado se requiere declarar en situacion de urgencia la adquisicion de Semillas y Fertilizantes por el plazo de 30 dias calendario; Que, el Articulo 19º inciso a) y c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre Entidades del Sector Publico y en situacion de urgencia; Que, el Articulo 20º de la misma MORDAZA legal, concordante con los Articulos 105º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego; Que, conforme consta del Informe Tecnico Nº 0042004-AG-CONACS/PCD, del Programa de Camelidos Sudamericanos Domesticos del CONACS, se justifica la declaracion de urgencia dado que es imprescindible que la siembra de dichas especies y su abonamiento se realicen al inicio de las lluvias (noviembre) a fin de maximizar el agua de las lluvias para una optima expresion de su potencial productivo y asi garantizar que los criadores dispongan de buena calidad y cantidad de forraje durante los periodos de helada; Que, la Oficina de Asesoria Juridica del CONACS mediante Informe Nº 68-2004-AG-CONACS/OAJ, opina favorablemente para la exoneracion del MORDAZA de licitacion publica y adjudicacion directa, por la via de menor cuantia, justificandose tecnicamente la exoneracion solicitada, por el plazo de 30 dias calendario y por el monto de S/. 941 579.18 (novecientos cuarenta y un mil quinientos setenta y nueve con 18/100 Nuevos Soles);

Que, la exoneracion esta referida al MORDAZA de Licitacion Publica, en razon a que el valor referencial de la adquisicion de contingencia se encuentra dentro del rango previsto en la Ley de Presupuesto del sector Publico para el ano Fiscal 2004 - Ley Nº 28128, es decir es mayor a los 350,000 Nuevos Soles; Que, en merito a los hechos expuestos y conclusiones de los organos pertinentes del CONACS, a que se refieren los informes precedentes, se estima que la situacion descrita permite la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion de Semillas y Fertilizantes en el MORDAZA del proyecto "Incremento productivo de los pastizales en las zonas expuestas al fenomeno de heladas - PL-480", al MORDAZA del inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolucion Jefatural que establezca la referida exoneracion, en razon a que el Presidente del CONACS es el Titular del Pliego, conforme se encuentra senalado en el literal d) del Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 020-2001-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del CONACS; Que, la adquisicion de Semillas y Fertilizantes debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, en el MORDAZA de los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando al Informe Tecnico Nº 004-2004-AG-CONACS/PCD, el Oficio Nº 486-2004-AG-CONACS/PCD y su informe Tecnico adjunto del 12 de octubre de 2004, e Informe Nº 68-2004-AG-CONACS/OAJ; Con las visaciones de la Direccion Tecnica, Direccion General de Planificacion y Presupuesto, Direccion General de Administracion, Direccion General de Asesoria Juridica, y Programa de Camelidos Sudamericanos Domesticos; y, De conformidad con lo establecido en el inciso a) y c) del Articulo 19º, Articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM; Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 026-92-AG, Decreto Ley Nº 25902 y Decreto Supremo Nº 020-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en Situacion de Urgencia la adquisicion de Semillas y Fertilizantes, con efectividad al 15 de octubre del 2004. Articulo 2º.- EXONERAR al Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, del MORDAZA de Licitacion Publica y Adjudicacion Directa Selectiva, para la adquisicion de Semillas y Fertilizantes dentro del MORDAZA del proyecto "Incremento productivo de los pastizales en las zonas expuestas al fenomeno de heladas PL-480", por el plazo de 30 dias (treinta) dias calendario y por el monto de S/. 941 579.18 (novecientos cuarenta y un mil quinientos setenta y nueve con 18/100 Nuevos Soles); el mismo que se descompone de la siguiente manera: Semilla de alfalfa: S/. 862 500,00 Fertilizante: S/. 79 079,18 Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Oficina de Administracion del CONACS, efectuar las adquisiciones a que se refiere el articulo precedente, a fin de que proceda a celebrar el respectivo contrato de compraventa, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia y por el periodo comprendido entre el 15 de octubre al 13 de noviembre. Articulo 4º.- DISPONER que la Direccion General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion Jefatural a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con el Informe Tecnico y Legal sustentatorio, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias calendario siguien-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.