Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2004 (21/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de octubre de 2004

nal de Descentralizacion, con el objeto de facilitar el MORDAZA de acreditacion y la ejecucion del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales, puedan celebrar Convenios de Cooperacion a solicitud de parte; Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se aprobo el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004, estableciendose las funciones a ser transferidas por el Ministerio de Energia y Minas a las regiones en materia de energia, mineria e hidrocarburos; Que, a efecto de permitir que los Gobiernos Regionales puedan asumir las funciones a ser transferidas, de acuerdo al cronograma aprobado en el Plan Anual de Transferencias, es necesario fortalecer las capacidades tecnicas de las direcciones regionales de Energia y Minas de los Gobiernos Regionales, para cuyo efecto se requiere la suscripcion de Convenios de Cooperacion entre el Ministerio de Energia y Minas y los Gobiernos Regionales; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, y la Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, Ley Nº 28273; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de los Convenios de Cooperacion Aprobar los Convenios de Cooperacion a ser celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y los Gobiernos Regionales a los que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Autorizacion de contratos de comodato Autorizar la celebracion de los contratos de comodato de bienes entre el Ministerio de Energia y Minas y los Gobiernos Regionales, derivados de los Convenios de Cooperacion a los que se refiere el articulo precedente, y la ulterior transferencia de dichos bienes a los Gobiernos Regionales, una vez que se hayan acreditado y transferido a estos las competencias respectivas, de conformidad con lo establecido en las Leyes Nºs. 27867 y 28273, y los Decretos Supremos Nºs. 021-2004-PCM y 038-2004-PCM. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de octubre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 19018

inscrita en la Partida Nº 11393349 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 220 kV SE Zorritos - Zarumilla (V-10 Estructura final de la Interconexion), ubicada en los distritos de La MORDAZA, San MORDAZA, Pampas de Hospital, San MORDAZA de la Virgen y Tumbes, de la provincia de Tumbes; y, en los distritos de Papayal y Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, en el departamento de Tumbes, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 102-2004MEM/AAM, de fecha 22 de marzo de 2004, modificada por la Resolucion Directoral Nº 088-2004-MEM/AAE, de fecha 8 de MORDAZA de 2004, se aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision de 220 kV SE Zorritos - SE Zarumilla (V-10 Estructura final de la Interconexion); Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 139-2004-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a Red de Energia del Peru S.A.REP, concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 220 kV SE Zorritos - Zarumilla (V-10 Estructura final de la Interconexion), ubicada en los distritos de La MORDAZA, San MORDAZA, Pampas de Hospital, San MORDAZA de la Virgen y Tumbes, de la provincia de Tumbes; y, en los distritos de Papayal y Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, en el departamento de Tumbes, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la linea de transmision Tension Nº de (kV) ternas Longitud (km.) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m.) 25

SE Zorritos­Zarumilla (V-10 Estructura final de la Interconexion)

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Otorgan concesiones definitivas a Red de Energia del Peru S.A. y a Compania Transmisora MORDAZA S.A. para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica
RESOLUCION SUPREMA Nº 052-2004-EM MORDAZA, 20 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 14131003, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por Red de Energia del Peru S.A. - REP, persona juridica

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 229-2004 a suscribirse con Red de Energia del Peru S.A.- REP, el que consta de 17 clausulas y 03 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 229-2004, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una

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