Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2004 (21/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 21 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 19040 RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2004-EM MORDAZA, 20 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 14134104, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por Compania Transmisora MORDAZA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11018314 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 138 kV SE MORDAZA Norte - SE Motil, ubicada en los distritos de La MORDAZA, El Porvenir, Laredo y Poroto de la provincia de MORDAZA, y los distritos de Salpo, Mache y Agallpampa de la provincia de Otuzco, del departamento de La MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 108-2004MEM/AAE, de fecha 22 de MORDAZA de 2004, se aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision de 138 kV SE MORDAZA Norte - SE Motil; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 180-2004-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a Compania Transmisora MORDAZA S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 138 kV SE MORDAZA Norte - SE Motil, ubicada en los distritos de La MORDAZA, El Porvenir, Laredo y Poroto de la provincia de MORDAZA, y los distritos de Salpo, Mache y Agallpampa de la provincia de Otuzco, del departamento de La MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la linea de transmision Tension Nº de (kV) ternas Longitud (km.) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m.) 20

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 231-2004 a suscribirse con Compania Transmisora MORDAZA S.A., el que consta de 18 clausulas y 04 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 231-2004, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 19041

Otorgan a SIIF MORDAZA S.A. autorizacion para la generacion de energia electrica en instalaciones de la Central Hidroelectrica Graton
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 387-2004-MEM/DM

MORDAZA, 11 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 31134504 sobre otorgamiento de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica, presentada por SIIF MORDAZA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Electronica Nº 11321727 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, SIIF MORDAZA S.A. ha presentado solicitud sobre autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Graton, con una potencia instalada de 5,00 MW, ubicada en el distrito de San MORDAZA de Huanchor, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas figuran en el Expediente; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, tratandose de una central hidroelectrica, la peticionaria se encuentra exceptuada de presentar garantia de conformidad con el articulo 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesio-

SE MORDAZA NORTE - SE MOTIL

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