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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G31/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de octubre de 2004 monto referencial de S/. 130,090.57 Nuevos Soles para 45 días calendario, con cargo a la fuente de financiamiento FONCOR, mediante el proceso de selección de adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- REMITIR copia de la presente Re- solución a la Contraloría General de la República y su correspondiente publicación en el Diario Oficial ElPeruano, dentro del plazo previsto por Ley. Regístrese, comuníquese y archívese.SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCC Presidente 19261 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G45/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C /G63/G6F/G6D/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G2D /G74/G69/G76/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G2C/G20/G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G65/G20/G49/G6E/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2004-GRH. Huánuco, 23 de setiembre del 2004. Incorpora a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social como Integrantes del Consejo Consultivo Re- gional de Ciencia, Tecnología e Innovación del Go-bierno Regional, asimismo incorpora al contenido del artículo 11º del Reglamento del Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación. VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 8 de julio del 2004, el Dictamen número 012-2004-CPPATAL-GRHde fecha 28 de junio del año en curso, la Comisión Permanente de Planificación Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, rela-cionado con la propuesta de Incorporación como Miem- bros del Consejo Consultivo Regional de Ciencia, Tec- nología e Innovación del Gobierno Regional, a lasGerencias Regionales de Desarrollo Económico y Social del Gobierno Regional de Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional número 008- 2004-CR-GRH de fecha 28 de marzo del 2004, se conformó el Consejo Consultivo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno Regional deHuánuco, y consecuentemente se aprobó el Reglamen- to del Consejo Consultivo Regional de Ciencia Tecnolo- gía e Innovación del Gobierno Regional Huánuco, elmismo que consta de tres capítulos y catorce artícu- los, cuyo texto formó parte de la citada ordenanza. Habiéndose reconocido a sus integrantes medianteR.E.R. Nº 161-2004-GRH/PR; Que, dentro de las funciones del Consejo Consul- tivo, se encuentran la de implementar los mecanismosde convocatoria, consulta, colaboración, intercambio, coordinación y concertación con las entidades públi- cas y privadas del CTI, el empresariado, Universi-dades y Embajadas, otras entidades del País, del Exte- rior y de la Región, por lo que resulta necesario incorpo- rar al Órgano Consultivo conformado, a las Geren-cias de Desarrollo Económico y Social del Gobierno Regional Huánuco, de igual manera deberá incorpo- rarse al artículo once de la citada Ordenanza Regio-nal, la determinación de un plazo para la elaboración de su Reglamento de Organización y Funciones del Órgano Consultivo; Que, es facultad del Consejo Regional, el de adop- tar las medidas pertinentes a efectos de que las Orde- nanzas emitidas por este Organismo, cumplan susfines y objetivos trazados, en consecuencia el Con-sejo Regional se encuentra facultado para adoptar los mecanismos que crea convenientes para los fines pertinentes; Estando a lo precedentemente expuesto, y con las facultades conferidas por el artículo 15º inciso "a", artículo 38º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobier- nos Regionales, y a lo acordado por UNANIMIDAD enla Sesión de Consejo de la referencia: ORDENA:Artículo Primero.- INCORPORAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la GerenciaRegional de Desarrollo Social del Gobierno Regional como integrantes del Consejo Consultivo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno Regio-nal Huánuco. En consecuencia el artículo 10º del Reglamento del Consejo Consultivo Regional de Cien- cia, Tecnología e Innovación del Gobierno RegionalHuánuco, quedara textualmente conforme se detalla: Artículo 10º.- El Consejo Consultivo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación es un Órgano Consultivo del Gobierno Regional, en materia de Cien- cia, Tecnología e Innovación. Esta integrado por 10miembros de reconocida trayectoria académica y pro- fesional, procedentes de las siguientes áreas de Ges- tión Regional: - El Presidente del Gobierno Regional, quien lo presidirá. - El Gerente Regional de Desarrollo Económico.- El Gerente Regional de Desarrollo Social. - CONCYTEC. - Institutos de Investigación.- Colegios Profesionales. - Universidades. - Empresariado.- Organizaciones No Gubernamentales (ONG). - Mesa de Concertación de lucha contra la pobre- za. Cada área, en forma concertada por sus organizaciones, designará un representante al Con-sejo Regional de CTI. Cuando el caso requiera, el re- presentante del área será invitado por el Gobierno Regional. Artículo Segundo.- INCORPORAR al inciso "a" del artículo 11º del Reglamento del Consejo Consulti-vo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno Regional Huánuco, el extremo que precisa de que el citado Consejo Consultivo, deberá procedera elaborar su Reglamento de Organización y Funcio- nes en un plazo que no excederá los 30 días calen- darios contados a partir del día siguiente de publicadala presente Ordenanza Regional, en consecuencia dicho artículo del citado reglamento textualmente que- dara conforme al detalle siguiente: Artículo 11º.- Los miembros del Consejo Consul- tivo Regional de Ciencia y Tecnología e Innovacióndeberán dentro del plazo de 30 días calendarios de publicada la presente Ordenanza, elaborar el Proyec- to de su Reglamento de Organización y Funciones, yuna vez efectuado sea elevado al Consejo Regional a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. Son funciones del Consejo Consultivo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación, los siguientes: (los que se detallan en el artículo once del citado Reglamento). Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente norma Regional conforme a lo dispuesto en el artículo 42º dela Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 19272