Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2004 (03/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Precisan MORDAZA de actividad a que se refiere la R.J. Nº 234-2004-AGN/J
RESOLUCION JEFATURAL Nº 278-2004-AGN/J MORDAZA, 2 de setiembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 234-2004-AGN/ J de fecha 27 de MORDAZA del 2004, se Declara la Situacion de Urgencia, por el periodo de 150 dias y se exonera del MORDAZA de Seleccion en la implementacion, mantenimiento y acondicionamiento de los locales ubicados en MORDAZA MORDAZA Hawaii Nº 180 - Pueblo Libre y Correo Central de MORDAZA, transferidos al Archivo General de la Nacion; hasta por la suma de CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ . 50,000.00) por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados y UN MILLON DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'200,000.00) por Recursos Ordinarios, por el tiempo que dure la situacion de urgencia; en concordancia a lo dispuesto en el numeral 6) de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Que, a traves del Oficio Nº E-635-2004(GTN/MON) remitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, senala en el MORDAZA parrafo que conforme a lo dispuesto por el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE/PRE, en la parte resolutiva del instrumento de exoneracion debe precisar entre otros extremos, el MORDAZA y la descripcion basica de las actividades que se efectuaran en la implementacion, acondicionamiento y mantenimiento de los locales mencionados, aspecto que no se especifico en la resolucion referida y que debera ser materia de una nueva publicacion, a fin de cumplir con lo dispuesto por dicha Directiva; De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 19º, literal a) del articulo 20º y articulo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/ PRE, Ley Nº 19414 - Ley de Defensa, Conservacion e Incremento del Patrimonio Documental de la Nacion y Resolucion Ministerial Nº 197-93-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Archivo General de la Nacion; Con los visados de la Oficina de Abastecimiento, Oficina de Planificacion y Presupuesto, Oficina Tecnica Administrativa y la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que el MORDAZA de actividad es de servicios de implementacion y acondicionamiento de locales, siendo los servicios basicos a efectuarse, la adecuacion de ambientes administrativos, repositorios, instalaciones electricas y sanitarias, asi como la supervision de los servicios mencionados; trabajos elementales para cumplir con la evacuacion inmediata recomendada, los mismos que no fueron especificados en la Resolucion Jefatural Nº 234-2004-AGN/J, emitida el 27 de MORDAZA del 2004. Articulo Segundo.- Los demas conceptos de la parte considerativa y resolutiva permaneceran subsistentes de la Resolucion senalada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa 15997

CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA
Autorizan contratar servicio de soporte tecnico para el mantenimiento de la base de datos relacional ORACLE mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 049-2004-CNI Chorrillos, 27 de agosto de 2004 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 032-2004-UA-OGPPA-CNI, de fecha 23 de agosto de 2004, el Informe Nº 117-2004DIAJU-CNI, de fecha 25 de agosto del 2004, Memorandum Nº 148-2004-UPPTO-OGPPA-CNI, de fecha 11 de agosto del 2004, el Memorandum Nº 1752-2004OGPPA-CNI, de fecha 23 de agosto del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27479 - Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) se crea el Consejo Nacional de Inteligencia (CNI); Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-PCM se dispuso la fusion de la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica con el Consejo Nacional de Inteligencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2004-PCM, se declara en Reorganizacion al Consejo Nacional de Inteligencia por el plazo de noventa dias, el mismo que fuera prorrogado inicialmente por Decreto Supremo Nº 048-2004-PCM en sesenta dias adicionales y posteriormente por Decreto Supremo Nº 061-2004-PCM, hasta la expedicion y vigencia de los dispositivos legales propuestos por la Comision Especial, designada por Resolucion Suprema Nº 097-2004-PCM; Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 148-2003-CNI, de fecha 11 de agosto del 2003, se aprobo la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica Internacional, para la adquisicion de licencias informaticas ORACLE y se autorizo la adquisicion de las mismas a traves del MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia; Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 007-2004-CNI, de fecha 19 de enero del 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Inteligencia para el ejercicio 2004, el mismo que fuera posteriormente modificado mediante Resoluciones del Titular del Pliego del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 053-2004-CNI/AT, de fecha 9 de MORDAZA del 2004 y Nº 063-2004-CNI/AT, de fecha 20 de agosto del 2004, en el cual se incluyo el MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de soporte tecnico, bajo la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva; Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 19º inciso f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, mediante Informe Tecnico Nº 032-2004-UAOGPPA-CNI, de fecha 23 de agosto del 2004, la Unidad de Abastecimiento precisa que las licencias informaticas Oracle son unicas en el MORDAZA y como tal el servicio de soporte tecnico requerido para el sistema de base de datos relacional ORACLE, debe ser brindado por el mismo proveedor, asegurando con ello su mantenimiento y actualizacion, concluyendo con ello que por tratarse de un servicio que no admite sustitutos, resulta procedente exonerar su contratacion de la realizacion MORDAZA de seleccion, que corresponda;

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