Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2004 (03/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2004

INEI
Modifican la constitucion de la Comision Tecnica del INEI, encargada de aprobar Indices Unificados de Precios y dar conformidad a .actores de Reajuste aplicables a Obras de Edificacion
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA RESOLUCION JEFATURAL Nº 222-2004-INEI MORDAZA, 12 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion (CREPCO); Que la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del mencionado Decreto Ley, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 500-92 INEI, se constituyo la Comision Tecnica del INEI, encargada de aprobar los Indices Unificados de Precios, asi como dar su conformidad a los factores de Reajuste aplicables a las Obras de Edificacion; Que por Resolucion Jefatural Nº 202-93 INEI, se incorporo a la mencionada Comision Tecnica a un representante del Subsector Vivienda y Construccion; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos, conforme al D.S. Nº 043-2001-PCM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del INEI, es responsable de normar, coordinar, supervisar y evaluar la elaboracion de los indices e indicadores de coyuntura que realizan los organos del Sistema; por lo que es conveniente que asuma la presidencia de la mencionada Comision; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la constitucion de la Comision Tecnica del INEI, encargada de aprobar los Indices Unificados de Precios, asi como dar su conformidad a los Factores de Reajuste aplicables a las Obras de Edificacion, la que estara conformada de la siguiente manera: - El Director Tecnico de Indicadores Economicos del INEI, quien la presidira. - El Director Ejecutivo de Indices de Precios del INEI. - Un representante de la Camara Peruana de la Construccion (CAPECO). - Un representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 2º.- Dejar sin efecto a partir de la fecha la R.J. Nº 500-92 y 202-93 INEI. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe 15829

CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89 VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, seran a la fecha en que debe ser pagada la valorizacion, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-08-2004-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de agosto del 2004, el mismo que cuenta con la aprobacion de la Comision Tecnica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; En uso de las atribuciones conferidas por el Art.6º del Decreto Legislativo Nº 604; Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de agosto del 2004, en la forma que a continuacion se detalla: INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe 15992 AGOSTO 2004 374,71 420,32 303,82 311,71 271,94 565.60

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Monumento Integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Hacienda Cayhuayna, ubicada en el distrito de Pilcomarca, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 642/INC MORDAZA, 11 de agosto de 2004 Visto el Acuerdo Nº 06/02.07.2004 de la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con los articulos 6º y 7º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 06 de fecha 2 de MORDAZA de 2004, cuyo tenor es como sigue: CONSIDERANDO: 1.- Que, la MORDAZA Hacienda Cayhua-

Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis Areas Geograficas, correspondientes al mes de agosto de 2004
RESOLUCION JEFATURAL Nº 242-2004-INEI MORDAZA, 1 de setiembre de 2004

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