Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2004 (03/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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yna constituye un ejemplo representativo de la arquitectura civil domestica del siglo XIX, edificada con materiales y sistemas constructivos tipicos del lugar. 2.- Que, la MORDAZA Hacienda Cayhuayna se encuentra en estado de conservacion de regular a MORDAZA, manteniendo gran parte de su conformacion y distribucion primigenia. 3.- Que, es necesario realizar acciones que garanticen la preservacion y autosostenibilidad de la MORDAZA Hacienda Cayhuayna. SE ACUERDA: 1.- Proponer se declare Monumento la MORDAZA Hacienda Cayhuayna ubicada en el distrito de Pilcomarca, provincia y departamento de Huanuco. 2.Encargar a la Subdireccion de Registro realice los tramites pertinentes para su declaracion como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion. 3.- Encargar al INC-HUANUCO gestione acciones coordinadas con la Municipalidad Provincial de MORDAZA, el Gobierno Regional y la Cooperativa Agraria de Produccion Cayhuayna para la factibilidad de realizar intervenciones de puesta en valor de la MORDAZA Hacienda; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles"; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la MORDAZA Hacienda Cayhuayna ubicada en el distrito de Pilcomarca, provincia y departamento de Huanuco. Articulo 2º.- Encargar al INC-Huanuco gestione acciones coordinadas con la Municipalidad Provincial de MORDAZA, el Gobierno Regional y la Cooperativa Agraria de Produccion Cayhuayna para la factibilidad de realizar intervenciones de puesta en valor de la MORDAZA Hacienda. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en los Registros Publicos la condicion de Patrimonio Cultural mencionada en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 15835

de febrero de 2003, expidio una MORDAZA de Numeracion dando cuenta que el inmueble registra la numeracion como 696 en la Av. MORDAZA Sur y la numeracion 20 en el Jr. Iquitos; Que, mediante Informe Nº 172-2004-INC-SDR-EAB de la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano comunica los resultados de la evaluacion de la documentacion tecnica e inspeccion ocular al inmueble de la Av. MORDAZA Sur Nº 696 esquina Iquitos Nº 20, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar patrimonio cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Que, el numeral 1 del articulo 65º de la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General" prescribe que "el ejercicio de la competencia por motivos administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegacion o evocacion, segun lo previsto en esta Ley", asimismo el MORDAZA de legalidad consagrado en el articulo IV del Titulo Preliminar de la misma ley, establece que "las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas"; Que, interpretando del Ratio Legis de las leyes mencionadas en los considerandos precedentes, se concluye que corresponde al Instituto Nacional de Cultura modificar la declaracion de bien cultural realizado por la Resolucion Ministerial Nº 0329-86-ED de fecha 30 de junio de 1986, precisandose lo solicitado por la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo en cuanto a la denominacion y numeracion del inmueble; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PRECISAR que el inmueble declarado Monumento por Resolucion Ministerial Nº 0329-86-ED de fecha 30 de junio de 1986 como Av. La Mar esquina Iquitos s/n, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de MORDAZA, corresponde a la Av. MORDAZA Sur Nº 696 esquina Iquitos Nº 20, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de MORDAZA, por los argumentos expuestos en parte considerativa de la presente Resolucion Directoral Nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 15836

Precisan numeracion de inmueble declarado Monumento Integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, ubicado en el distrito de Lurigancho-Chosica, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 663/INC MORDAZA, 13 de agosto de 2004 Visto el Informe Nº 172-2004-INC-SDR-EAB de la Subdireccion de Registro de la Direccion del Patrimonio Historico Colonial y Republicano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 7 de MORDAZA de 2004 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remite MORDAZA de Numeracion del inmueble ubicado en Av. MORDAZA Sur esquina con Jr. Iquitos del distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; Que, con fecha 30 de junio de 1986 se emitio la Resolucion Ministerial Nº 0329-86-ED, por medio de la cual se declaro como Monumento integrante del patrimonio cultural de Nacion al inmueble ubicado en Av. La Mar esquina Iquitos s/n, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; Que, la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica con fecha 14

Retiran condicion de Monumento perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nacion a inmueble ubicado en Ica
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 664/INC MORDAZA, 13 de agosto de 2004 Visto el Expediente Nº 03972/2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 19 de marzo de 2004 la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita la Desmo-

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