Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2004 (03/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, acorde con los considerandos precedentes y habiendo este Organismo Superior de Control convocado al Concurso Publico de Meritos Nº 002-2003-CG/GDE para cubrir las plazas de Jefes de los Organos de Control Institucional para entidades sujetas a control, resulta pertinente designar a uno de los profesionales seleccionados en el mencionado concurso, CPC. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Universidad Nacional de Ingenieria; Que, la Gerencia de Finanzas mediante Memorando Nº 630-2004-CG/FI, senala que existe la disponibilidad presupuestal para el pago del diferencial remunerativo al profesional a designarse conforme a lo dispuesto por la Resolucion de Contraloria Nº 097-2004-CG; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 0472004-CG y en las Resoluciones de Contraloria Nºs. 4332003-CG y 097-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir de la fecha, a la CPC. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe del Organo de Control Institucional de la Universidad Nacional de Ingenieria. Articulo Segundo.- El profesional a que se refiere el articulo precedente, mantendra su plaza de origen, teniendo derecho a percibir el diferencial remunerativo respecto al nivel y categoria del cargo al que ha sido designado, de acuerdo a lo previsto en la Resolucion de Contraloria Nº 097-2004-CG, durante el ejercicio efectivo de dicho cargo. Articulo Tercero.- El egreso que irrogue lo dispuesto en el articulo precedente, sera con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios del Pliego 019 Contraloria General, Unidad Ejecutora 001, Funcion 03, Programa 005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 15873

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Declaran nulidad de buena pro otorgada en MORDAZA de seleccion convocado para contratar servicio de reservacion y venta de pasajes aereos nacionales e internacionales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 017-2004/DP-PA MORDAZA, 31 de agosto del 2004 Vistos; los memorandos Nºs. 614, 623 y 743-2004-DP/ OAF mediante los que se adjunta la documentacion obtenida mediante las acciones de fiscalizacion realizadas de conformidad con lo dispuesto por el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 009-2004/DP-PA; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Estado se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y mediante Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, su Reglamento, a los que en lo sucesivo en la presente Resolucion Administrativa, se les aludira simplemente como la Ley y el Reglamento Que, la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley y la Setima Disposicion Complementaria del Reglamento

establecen que las adquisiciones y contrataciones realizadas dentro del MORDAZA de convenios internacionales, se sujetaran a las disposiciones establecidas en dichos compromisos cuando MORDAZA normas uniformes aplicadas a nivel internacional y cumplan con los principios que contempla la referida Ley y, en caso de vacio o deficiencia en la regulacion de los procesos de seleccion convocados, seran de aplicacion supletoria las disposiciones establecidas en esta y su Reglamento; Que, la Defensoria del Pueblo y la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) han suscrito la Carta de Entendimiento LA-527-0402-OM-02 en el MORDAZA del Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico del 28 de setiembre del 2001, para la ejecucion del Proyecto "Fortalecimiento Institucional de la Defensoria del Pueblo para la Supervision de la Reforma del Estado y la Promocion de la Vigilancia Ciudadana", en adelante el Proyecto; Que, en el Titulo X: "Adquisiciones" del Anexo I: "Descripcion de la Actividad" de la Carta de Entendimiento LA527-0402-OM-02, se dispone que todas las adquisiciones de bienes y servicios que la Defensoria del Pueblo efectue bajo este Convenio, deberan realizarse de conformidad con las disposiciones para contratacion contenidas en el Anexo III: "Procedimiento para Compras y Adquisiciones de la precitada Carta, por lo que se entiende que en caso de vacio o deficiencia seran de aplicacion supletoria las disposiciones establecidas en la Ley y su Reglamento; Que, mediante Resolucion Defensorial Nº 029-2004/DP se modifico el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Defensoria del Pueblo para el ejercicio anual 2004, incluyendo varios procesos de seleccion, entre ellos, el MORDAZA mediante el cual se procederia a contratar el "Servicio de Reservacion y Venta de Pasajes Aereos Nacionales e Internacionales", con cargo al Proyecto; Que, de conformidad con el valor estimado aprobado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad para la referida contratacion, con lo senalado en el Anexo III de la Carta de Entendimiento LA-527-0402-OM02 y con las comunicaciones de la Directora de la Mision de la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), al ser este valor no mayor a US$100,000.00 corresponde seguir el procedimiento de Solicitud Simplificada indicado en Seccion 2.A.2 del precitado Anexo III; Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 0302004/DP se designo al Comite Especial encargado de la organizacion, conduccion y ejecucion del MORDAZA de seleccion denominado "Proceso Nº 091-2004-DP/USAID Contratacion del servicio de reservacion y venta de pasajes aereos nacionales e internacionales para la Defensoria del Pueblo", en adelante el Proceso; Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 0422004/DP, se aprobaron las Bases del MORDAZA presentado por el precitado Comite Especial con un valor referencial ascendente a la suma total de US$59,916.72 (CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y 72/100 DOLARES AMERICANOS); Que, segun consta en Actas el Comite Especial llevo a cabo el MORDAZA conforme al Calendario aprobado en las Bases otorgando la Buena Pro al postor MORDAZA Travel Service S.A.C.; Que, el postor Domiruth Travel Service S.A.C. (DOMIRUTH) interpuso Recurso de Apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro en el MORDAZA senalando como pretensiones principales: la recalificacion de la propuesta del postor MORDAZA Travel Service S.A.C., la recalificacion de su Propuesta y en consecuencia, se le adjudique la Buena Pro. Como fundamento a su petitorio afirmo que el postor MORDAZA Travel Service S.A.C. ha presentado una declaracion jurada con informacion inexacta, en cuanto a lo requerido en el Anexo 10b de las Bases, referido a las agencias que iban a brindar el servicio, entre las que menciono a las empresas Quiquiriqui Tours S.R.L. y Amazon World Travel Service E.I.R.L., las cuales segun el impugnante no tiene ni han tenido vinculo comercial alguno con el referido postor. Como medios de prueba alcanzo, como anexo a su escrito, copias simples de mensajes de correo electronico remitidos a MORDAZA por los representantes de las empresas Quiquiriqui Tours S.R.L. y Amazon World Travel Service E.I.R.L., que corroboraban lo aseverado por el postor impugnante; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 0092004/DP-PA de fecha 11 de junio del presente, la MORDAZA autoridad administrativa institucional declaro impro-

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