Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2004 (03/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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ciones y Adquisiciones del Estado y sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Con el visado del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica; y, Por los fundamentos expuestos y estando a la delegacion conferida mediante Resolucion Administrativa Nº 041-2004-DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR, la nulidad de la Buena Pro otorgada al postor MORDAZA Travel Service S.A.C. por las consideraciones expuestas, debiendo retrotraerse el MORDAZA de seleccion denominado "Proceso Nº 0912004-DP/USAID - Contratacion del servicio de reservacion y venta de pasajes aereos nacionales e internacionales", hasta la etapa de MORDAZA de propuestas. Articulo Segundo.- NOTIFICAR, la presente resolucion al Comite Especial y a los postores del precitado MORDAZA de seleccion, a efecto que ejerzan los derechos que les asisten. Articulo Tercero.- DISPONER que en cumplimiento del articulo 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Oficina de Administracion y Finanzas se encargue de poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado los hechos expuestos en la presente resolucion, para lo cual debera presentar la documentacion exigida por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE). Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primera Adjuntia 15978

Articulo Unico.- Declarar inadmisible la peticion formulada por el senor Fensol MORDAZA Ahuanari, Secretario General del Concejo Provincial de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, por no haber cumplido los requisitos de formalidad mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA - MORDAZA PAIVA. MORDAZA ARTEAGA. MORDAZA VALLENAS. MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 15877

Declaran que MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Padre MORDAZA continua en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 170-2004-JNE Expediente Nº 389-2004 MORDAZA, 31 de agosto de 2004 VISTA, la apelacion interpuesta por MORDAZA Elmith MORDAZA MORDAZA, Regidora del Concejo Provincial de Padre MORDAZA, contra el Acuerdo de Concejo, adoptado en sesion extraordinaria del 7 de MORDAZA de 2004, que declara improcedente el recurso de reconsideracion, interpuesto contra el Acuerdo de Concejo, adoptado en sesion extraordinaria del 21 de enero de 2004, que declara improcedente el pedido de vacancia del cargo del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maguina Paredes; CONSIDERANDO: Que la apelante aduce que el MORDAZA MORDAZA Maguina MORDAZA, ha incurrido en la causal prevista en el numeral 9 del articulo 22º de la Ley Nº 27972, concordante con el articulo 63º de la citada MORDAZA, al haber otorgado prestamos administrativos a funcionarios de confianza con cargo a ser descontado de sus haberes, sin intereses, invocando el inciso f) del articulo 24º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, conforme a las Resoluciones de Alcaldia Nºs. 075 y 039-03-MPPA-A, de fojas 162 y 163; Que dichos prestamos contravienen el articulo 40º de la Constitucion Politica del Estado, que establece que los funcionarios de confianza no estan comprendidos en la ley que regula la MORDAZA administrativa; asi como el numeral 46.2 de la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado que prohibe, salvo disposicion legal expresa en contrario, efectuar adelantos con cargo a remuneraciones, por lo que debe remitirse MORDAZA certificada de los actuados pertinentes a la Contraloria General de la Republica; Que las irregularidades administrativas referidas son susceptibles de acciones de control; mas no constituyen la causal de vacancia prevista en el numeral 9º del articulo 22º concordado con el articulo 63º de la Ley Nº 27972; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

JNE
Declaran inadmisible peticion formulada por el Secretario General del Concejo Provincial del MORDAZA, relativa a vacancia de regidores
RESOLUCION Nº 169-2004-JNE Expediente Nº 247-2004 MORDAZA, 31 de agosto de 2004 VISTO, el oficio presentado por don Fensol MORDAZA Ahuanari, Secretario General del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por el cual pone a consideracion del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones la vacancia del cargo de los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bouby, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas de concejo; CONSIDERANDO: Que en el caso de autos se advierte, que en las citaciones de fecha 19 de MORDAZA de 2004 que convoca a sesion extraordinaria para el dia siguiente, segun fojas 91 a 99, no se precisa en la agenda el nombre de los regidores cuya vacancia se pretende por la causal de inconcurrencia injustificada; incumpliendose tambien el termino de ley de cinco (5) dias habiles que debe mediar entre la convocatoria y la sesion, a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 13º de la Ley Nº 27972, a fin que puedan ejercer su derecho de defensa; lo que invalida dichas citaciones; Por estos fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

Articulo Primero.- Declarar infundada la apelacion interpuesta por MORDAZA Elmith MORDAZA Rojas; en consecuencia confirmar los Acuerdos del Concejo Provincial de Padre MORDAZA, adoptados en las sesiones extraordinarias de fechas 21 de enero y 7 de MORDAZA de 2004, respectivamente. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA Maguina MORDAZA continua ejerciendo el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Padre MORDAZA, por el periodo para el que fue elegido. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, las irregularidades administrativas que se indican en la parte considerativa de la

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