Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2004 (03/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2004

con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial, con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion - Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15483

de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15484

Modifican el formato de la ".icha Registral" aprobada por R.J. Nº 261-2004JE./RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 464-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 1 de septiembre de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 442-2004-GII/RENIEC de 5 de agosto del 2004 emitido por la Gerencia de Imagen Institucional, el Oficio Nº 4287-2004-GO/RENIEC del 23 de agosto del 2004, emitido por la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 920-GAJ/RENIEC del 26 de agosto del 2004 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de identificacion y Estado Civil, se creo el mencionado Registro con arreglo al mandato de los articulos 177º a 183º de la Constitucion, siendo un organismo que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica y administrativa, economica y financiera; Que, es funcion principal del Registro, organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Que, para el cumplimiento de dicha funcion, de conformidad con el Articulo 2 de la Ley Nº 26497 desarrolla tecnicas y procedimientos automatizados que permiten un manejo integrado y eficaz de la informacion; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 261-2004-JEF/ RENIEC de 19 de MORDAZA del 2004 se aprobo el MORDAZA formato de la "Ficha Registral"; Que, mediante Oficio Nº 442-2004-GII/RENIEC la Gerencia de Imagen Institucional propuso la necesidad de colocar en la parte posterior del ticket desglosable de la ficha registral el texto "Antes de acercarse a recoger su DNI, favor llamar a nuestra Linea Gratuita 0800 11040 para confirmar si este ya se encuentra en agencia"; Que, por su parte, mediante el Oficio Nº 4287-2004-GO/RENIEC la Gerencia de Operaciones solicita la modificacion de la Ficha Registral, en el extremo de la incorporacion, en el rubro de MORDAZA de Tramite, los subprocesos S8 Renovacion DNI Menor a Mayor y S9 Rectificacion Sin Emision de DNI; Que, dichas propuestas resultan favorables y recomendables para brindar una atencion adecuada a los ciudadanos, asi como un mayor, control y diferenciacion de las distintas propuestas registrales, lo cual permitira mantener un adecuado manejo estadistico;. Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las facultades dispuesta por la Ley 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil e inciso h) del articulo 11 del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural No. 869-2002-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el formato de la "Ficha Registral", aprobada mediante el Articulo Primero de la Resolucion Jefatural Nº 261-2004-JEF/RENIEC, de fecha 19 de MORDAZA del ano 2004, de acuerdo al anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente. Articulo Segundo.- Mantener la vigencia de las demas disposiciones de la Resolucion Jefatural Nº 261-2004-JEF/RENIEC, que no hayan sido modificadas por la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Operaciones, Gerencia de MORDAZA y Gerencia de Informatica y Estadistica la implementacion de las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Amotape la apertura del Registro de Libro de Actas de Matrimonio
RESOLUCION JEFATURAL Nº 441-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 23 de agosto de 2004 Visto: el Informe Nº 618-2004-GO-SGREC/RENIEC de la Subgerencia de Registros del Estado Civil de fecha 31 de marzo del 2004 e Informe Nº 416-2004-GAJ/RENIEC de fecha 22 de MORDAZA del 2004, de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Amotape, provincia de Paita, departamento de Piura. CONSIDERANDO: Que, conforme la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Amotape, ha cumplido con remitir los requisitos establecidos, los mismos que confirman el extravio de Libro Registral Original de Matrimonio - Serie Nº 00525061 al 00525076; Que, sobre la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, en atencion a ser el organo constitucional MORDAZA con competencia exclusiva en materia registral; y De conformidad con la Ley Nº 26242 y la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la solicitud de Reinscripcion de Libro Original de Matrimonio - Serie Nº 00525061 al 00525076, propuesta por la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Amotape, provincia de Paita, departamento de MORDAZA, por los considerandos anteriormente expuestos. Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Amotape, provincia de Paita, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Matrimonio, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion de Matrimonios con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo Tercero.- Considerandose que el Registro de Reinscripcion debe tener el mismo formato oficial y secuencia numerica de los ordinarios, pero con la consignacion expresa (sello) en cada uno de los folios " Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497 ". El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registro del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina

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