Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2004 (08/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 2004

Especial, la cual estara integrada por un representante del Ministro de Justicia y seis juristas designados por el Ministro de Justicia, entre otros; Que, es necesario designar a un representante del Ministro de Justicia y a los juristas, que conformaran la mencionada Comision Especial, creada por Decreto Supremo Nº 009-2004-JUS; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25993, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 009-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministro de Justicia ante la Comision Especial, creada mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-JUS. Articulo 2º.- Designar a los siguientes juristas, como miembros de la Comision Especial, creada mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-JUS: MORDAZA MORDAZA CALLIRGOS. MORDAZA MORDAZA KRENZ. MORDAZA MORDAZA THORNE. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOREYRA. LUZ MORDAZA MORDAZA MC LEAN. MORDAZA MORDAZA RATTI.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 16237

MIMDES
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presunto responsable de la comision de delito de apropiacion ilicita en agravio del PAR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 525-2004-MIMDES MORDAZA, 6 de setiembre de 2004 Vistos, los Oficios Nºs. 331 y 433-2004-MIMDES-PAR del Jefe del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR, el Informe Legal Nº 025-2004-MIMDES-PAR/AL y el Informe Nº 0402004-MIMDES-PAR/AL del Asesor Legal del PAR; CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de diciembre de 1996 el PAR suscribio un contrato de arrendamiento con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto del inmueble de propiedad de este ultimo, ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 360, urbanizacion Miraflores, distrito de El Tambo - Huancayo, siendo el plazo de duracion del referido contrato del 1 de enero al 31 de MORDAZA de 1997; Que, la clausula MORDAZA del referido contrato senalo que el senor MORDAZA MORDAZA recibio del PAR la suma de S/. 2,270.00 (Dos mil doscientos setenta y 00/100 Nuevos Soles) en calidad de garantia; hecho que es corroborado con el Recibo Definitivo de fecha 26 de MORDAZA de 1996, Recibo de fecha 3 de enero de 1997 y los Comprobantes de Pago Nºs. 0292 y 0504 de fechas 27 de MORDAZA de 1996 y 19 de diciembre de 1996, respectivamente; Que, mediante Oficio Nº 241-97-PROMUDEH-PAR/ GA de fecha 30 de MORDAZA de 1997, el Gerente de Administracion del PAR comunico al senor MORDAZA MORDAZA la no renovacion del mencionado contrato de arrendamiento; Que, a traves del Acta de Entrega de Local de fecha 11 de agosto de 1997, suscrita entre el PAR y el senor MORDAZA MORDAZA, el PAR hizo la devolucion del inmueble al

referido senor, quien declaro recibirlo en MORDAZA estado de conservacion y funcionamiento, sin mas deterioro que el proveniente del uso normal, senalando que en este acto recibio fotocopias de los ultimos pagos por los servicios de agua, luz y telefono; Que, con Oficio Nº 325-97-PROMUDEH-PAR/GA de fecha 29 de setiembre de 1997, el Gerente de Administracion del PAR comunico al senor MORDAZA MORDAZA que los recibos de luz, agua y telefono del inmueble que fue arrendado, se encuentran cancelados, por lo que le solicito la devolucion de la garantia que se le entrego en virtud al contrato de arrendamiento; Que, mediante Carta Notarial de fecha 10 de agosto de 2000, el Gerente de Administracion del PAR comunico al senor MORDAZA MORDAZA que a dicha fecha no habia cumplido con efectuar la devolucion del monto que se le entrego en calidad de garantia; Que, con Carta Notarial de fecha 29 de MORDAZA de 2004, el Gerente de Administracion del PAR requirio al senor MORDAZA MORDAZA a fin que en el plazo de 48 horas cumpliese con efectuar la devolucion del monto de S/. 2,270.00 (Dos mil doscientos setenta y 00/100 Nuevos Soles), que el PAR le entrego en calidad de garantia segun contrato de arrendamiento de fecha 30 de diciembre de 1996; Que, del analisis de los hechos descritos se desprende que el PAR cumplio con las obligaciones que contrajo al momento de suscribir el contrato de arrendamiento de fecha 30 de diciembre de 1996, por lo que no existe causal para que el senor MORDAZA MORDAZA incumpla con la devolucion del monto que le fue entregado en calidad de garantia; Que, en consecuencia existen indicios razonables de presunta responsabilidad penal por parte del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision del delito de apropiacion ilicita, tipificado en el articulo 190º del Codigo Penal - Decreto Legislativo Nº 635, siendo que al haberse ocasionado un perjuicio economico al PAR se debera determinar la reparacion civil conjuntamente con la pena, conforme lo dispuesto en los articulos 92º y 93º del referido codigo; Con la opinion favorable de la Direccion General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 1137-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 27793 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES y en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como de los antecedentes del caso al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 16208

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