Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2004 (08/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MINISTERIO DE PRODUCCION VICEMINISTERIO DE PESQUERIA Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia Direccion de Seguimiento, Vigilancia y Sanciones

RELACION DE EXPEDIENTES CON ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO

Nº PAITA; 18/10/03; 0084-2003GOB.REG.PIURA/DIREPE-DR Extraer recursos hidrobiologicos en tallas menores.

EXPEDIENTE

Nº INFORME LEGAL

INFRACTOR

FECHA_LUGAR REPORTE DE OCURRENCIA INFRACCION

MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 2004

001

EXP. Nº 6153-03-PRODUCE DINSECOVI-DSVS

INFORME LEGAL Nº 312-2004 PRODUCE/DINSECOVI-DSVS

MORDAZA DE ONS S.A

002

EXP. Nº 3234-04-PRODUCE DINSECOVI-DSVS

INFORME LEGAL Nº 318-2004 PRODUCE/DINSECOVI-DSVS

CORPORACION PESQUERA COISHCO S.A

COISHCO; 16/04/04; CHIMBOTE 001942

Por impedir u obstaculizar las labores de inspeccion y control de las embarcaciones pesqueras.

PESQUERA CENTINELA S.A

Denuncia por procesar recursos hidrobiologicos declarados en veda.

003

EXP. Nº 3261-04-PRODUCE DINSECOVI-DSVS

INFORME LEGAL Nº 316-2004 PRODUCE/DINSECOVI-DSVS

TAMBO DE MORA; 08/04/04 MORDAZA 000179

NORMAS LEGALES

004

EXP. Nº 3241-04-PRODUCE DINSECOVI-DSVS

INFORME LEGAL Nº 314-2004PRODUCE/DINSECOVI-DSVS

PESQUERA TAURO S.A

COMANDANTE NOEL; 24/04/04 CHIMBOTE 002377

Por realizar un incorrecto registro de informacion en el reporte de pesaje. Contravenir el numeral 22 del art- 134º del Reglamento de la Ley General de Pesca.

005

EXP. Nº 913-2001-PE DINSECOVI-DSVS

INFORME LEGAL Nº 038-2004 PRODUCE/DINSECOVI-DSVS

COMPANIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C

CHIMBOTE; 25/04/01; 001-2001-PE/DINAMA

PESQUERA EXALMAR S.A

006

EXP. Nº 2025-01-PE DINSECOVI-DSVS

INFORME LEGAL Nº 085-2004 PRODUCE/DINSECOVI-DSVS

PUERTO CASMA; 19/05/2001 501/DE

Descargar anchoveta iniciada la suspension establecida en la Resolucion Ministerial Nº 157-2001-PE.

007

EXP. Nº 2023-01-PE DINSECOVI-DSVS

INFORME LEGAL Nº 120-2004 PRODUCE/DINSECOVI-DSVS

PESQUERA EXALMAR S.A

PUERTO CASMA; 19/05/2001 506/DE

Descargar anchoveta iniciada la suspension establecida en la Resolucion Ministerial Nº 157-2001-PE.

Pag. 275989

008

EXP. Nº 0231-04-PRODUCE DINSECOVI-DSVS

INFORME LEGAL Nº 328-2004 PRODUCE/DINSECOVI-DSVS

PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A.C

CHIMBOTE; 14/11/2003 OFICIO Nº 010-PRODUCE/DSVS

Denuncia por suministrar informacion incorrecta.

MOTIVO DEL ARCHIVO Acta de Muestreo incompleto, no se detallo el numero de MORDAZA de muestreo ni la hora en que se realizaron conforme lo senala el item 5 de la Resolucion Ministerial Nº 257-2002-PE. De acuerdo al MORDAZA de Licitud, establecido en el inc. 9 del articulo 230º de la Ley del Procedimiento Administrativo General que establece que "las entidades deben presumir que los administrados han actuado apegados a sus deberes, mientras no se cuente con evidencia en contrario", por lo que consideramos el Archivamiento Definitivo de la denuncia. Al no haber acreditado la comision prevista en el Art. 1º de la R.M. Nº 140-2004; el numeral h) del Art. 4º del D.S. Nº 013-2003-PRODUCE que amplia el Art. 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad y de verdad material recomienda archivar definitivamente la denuncia presentada. Aplicacion del MORDAZA de Presuncion de licitud, establecido en el numeral 9 del art. 230º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 En aplicacion de los principios de legalidad y tipicidad, al no existir sancion pre establecido al momento de la verificacion de los hechos para la infraccion tipificada en el numeral 22 del art. 134º del Reglamento de la Ley General de Pesca y no ser posible la aplicacion retroactiva de la Resolucion Ministerial Nº 003-2002-PE. Los medios probatorios recabados de oficio no logran acreditar que la E/P "DON VICTOR" con matricula CO-13270-PM, realizo actividad extractiva iniciada la suspension de actividades establecidas en la Resolucion Ministerial Nº 157-2001-PE, por lo que en apli cacion del MORDAZA de licitud se recomienda su archivo definitivo. Los medios probatorios recabados del oficio acreditan que la EP "CUZCO 4" no realizo actividad extractiva iniciada la suspension de actividades establecidas en la Resolucion Ministerial Nº 157-2001-PE. Con referencia al establecimiento industrial pesquero de PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A.C (Chimbote-Ancash), al no haberse acreditado intencion de incurrir en la infraccion que se le imputo, se recomienda ARCHIVAR DEFINITIVAMENTE la denuncia presentada, en aplicacion de los principios de verdad material, razonabilidad y presuncion de licitud.

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