NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 30
PÆg. 276568 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de setiembre de 2004 No hay información sobre otros 22 presuntos responsa- bles. Las investigaciones desarrolladas por el MinisterioPúblico y por el Poder Judicial comprenden a 1097 presun-tos responsables, investigados o citados, es decir a unnúmero mayor al de la CVR (492). De los 1097 presuntosresponsables, 161 han sido denunciados ante el Poder Judicial, 925 están comprendidos en las investigaciones que desarrolla el Ministerio Público y 11 se encuentrancomprendidos en el caso Asesinato de 32 campesinos en Socos, en el que la CVR recomienda la ejecución de la sentencia dictada en 1986. De los 161 presuntos responsables que vienen siendo procesados ante los juzgados penales y mixtos, 89 tienen mandato de comparecencia -simple o restringida- y 72mandato de detención. De estos últimos, sólo 28 han sidodetenidos (25 en el caso Destacamento Colina) y 44 conti-núan en libertad, incumpliéndose de este modo los res-pectivos mandatos de detención. Asimismo, se ha tomado conocimiento que 143 presun- tos responsables cuentan con patrocinio de abogados par-ticulares, mientras que 190 miembros de la Marina involu-crados en las investigaciones del caso “Sucesos en los penales de junio de 1986” cuentan con asesoría legal cu- yos costos son asumidos por el Estado peruano, invocan- do lo establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, de 7 de marzo de 2002. Tercero.- Casos presentados por la Defensoría del Pueblo La Defensoría del Pueblo presentó ante el Ministerio Público 12 investigaciones realizadas sobre violaciones a derechos humanos. 11 se encuentran detalladas en el In-forme Defensorial Nº 77 “Ejecuciones Extrajudiciales. Ca- sos Investigados por la Defensoría del Pueblo” y una en el Informe Defensorial Nº 84 “Hallazgo de fosas con restos humanos en el distrito de Vinchos”. Estos 12 casos comprenden un total de 76 víctimas de violaciones a derechos humanos. Sin embargo, el númerode víctimas que viene siendo investigado por el MinisterioPúblico y por el Poder Judicial es de 58. De estas 58 vícti-mas, sólo 6 cuentan con patrocinio de organizaciones dederechos humanos o abogados particulares, mientras que 52 no tienen asesoramiento legal. Asimismo, se ha podido identificar a 19 presuntos res- ponsables, de los cuales 16 pertenecen al Ejército y 3 a laPolicía Nacional del Perú. Las investigaciones iniciadas porel Ministerio Público y por el Poder Judicial incluyen a untotal de 34 presuntos responsables. 10 se encuentran com- prendidos en investigaciones fiscales y 6 han sido denun- ciados ante el Poder Judicial habiéndoseles dictado man-dato de detención. La situación jurídica de otros 18 miem-bros del Ejército y de la Policía Nacional del Perú involu-crados en los delitos de desaparición forzada y tortura seencuentra pendiente de resolución por parte del Juez del Primer Juzgado Penal de Andahuaylas. Cuarto.- Problemas identificados durante la super- visión de los casos presentados por la CVR y por laDefensoría del Pueblo a. Ausencia de un sistema especializado para la in- vestigación de casos de violaciones a derechos huma-nos. La supervisión realizada por la Defensoría del Pueblo permite afirmar que no existe un sistema especializado parala investigación de violaciones a los derechos humanos,que tenga como premisas básicas la capacitación de los/ as magistrados/as, la dedicación exclusiva y el adecuado apoyo logístico para el desarrollo de las investigaciones. En efecto, de las 17 fiscalías a cargo de las investiga- ciones de los casos derivados por la CVR y por la Defen-soría del Pueblo, sólo 4 son especializadas. De estas últi-mas, 2 son las fiscalías especializadas para conocer los casos de desapariciones forzosas, ejecuciones extrajudi- ciales y exhumación de fosas clandestinas con sede enLima y Ayacucho. La tercera es la fiscalía especializadapara delitos de terrorismo y la cuarta es la fiscalía especia-lizada encargada de la investigación de las violaciones aderechos humanos vinculadas al ex presidente Alberto Fujimori y a su ex asesor Vladimiro Montesinos. De las 13 fiscalías restantes, 3 son fiscalías penales comunes que sibien han recibido el encargo específico de la Fiscalía de laNación de conocer casos de violaciones a derechos hu-manos, retienen su carga ordinaria de casos. Asimismo, 6 son fiscalías provinciales mixtas que tienen a su cargo di-versos tipos de causas civiles, penales y de otra naturale-za. Otras 4 son fiscalías provinciales penales que asumie-ron estos casos por razón del turno. Por su parte, el Poder Judicial no ha creado ningún Juz- gado ni Sala Superior Especializada para atender los ca- sos sobre violaciones a derechos humanos. Consecuen-temente, las denuncias del Ministerio Público son deriva-das a juzgados mixtos o penales en razón de la competen-cia por turno. Por ello, podemos señalar que uno de losprincipales problemas observados en el Poder Judicial es también el referido a la ausencia de un sistema especiali- zado para la investigación y juzgamiento de los casos deviolaciones a derechos humanos. b. Provisionalidad de los magistrados .- De los 41 fis- cales -provinciales y adjuntos- que tienen a su cargo lasinvestigaciones, sólo 14 son titulares y 27 son provisiona- les. Esta situación constituye una preocupación adicional a la falta de personal especializado para asumir estos ca-sos, pues pone en riesgo la continuidad de las actuacionesfiscales debido a los cambios intempestivos de magistra-dos a otra dependencia fiscal. Similar situación se observaen el caso de los jueces que tienen a cargo los casos con proceso penal abierto. c. Excesiva carga procesal de las fiscalías a cargo de las investigaciones.- Es particularmente preocupante la situación de las fiscalías penales y mixtas, ya que a lafalta de especialización se agrega la excesiva carga pro-cesal que afrontan (entre 200 y 600 investigaciones por fiscalía). Esta situación dificulta el desarrollo adecuado de las investigaciones por graves violaciones a derechos hu-manos. d. Ausencia de criterios comunes de actuación en el desarrollo de las investigaciones.- Si bien la mayoría de fiscalías ha asumido directamente la conducción de la investigación y el desarrollo de las diligencias, algunas otras han derivado la investigación a la Policía Nacional. Tratán-dose de violaciones a los derechos humanos cometidas,presuntamente, por miembros de las Fuerzas Armadas ode la Policía Nacional, es necesario que los propios fisca-les asuman la dirección de la investigación y garanticen un adecuado tratamiento a las víctimas, familiares y testigos, por lo que la labor de la Policía Nacional debe circunscri-birse al apoyo de la actuación fiscal. e. Dificultades en la recolección de medios de prue- ba.- Respecto a la obtención de elementos probatorios, una de las principales preocupaciones señaladas por los fisca- les está referida a la falta de colaboración en la entrega de información o la demora de la misma, por parte del Minis-terio de Defensa y en menor medida del Ministerio del Inte-rior. En la mayoría de casos, los pedidos de informaciónsobre el personal militar o policial implicado en las denun-cias sobre violaciones a derechos humanos no han recibi- do respuesta oportuna o se ha señalado que dado el tiem- po transcurrido no se cuenta con dicha información en ar-chivos o que éstos han sido quemados o destruidos. f. Investigaciones paralelas en el Fuero Militar.- Se ha tomado conocimiento de casos presentados por la CVRy por la Defensoría del Pueblo en los que el Fuero Militar ha iniciado o reabierto investigaciones paralelas, lo que supondría sustraer dichos casos de la acción de la justiciaordinaria. Ello no obstante que, a la luz de la normatividadinternacional, la Constitución, la jurisprudencia de la CorteInteramericana de Derechos Humanos y del Tribunal Cons-titucional, queda claro que tratándose de violaciones a de- rechos humanos el Fuero Militar resulta incompetente para investigar tales crímenes, pues no constituyen delitos defunción. g. Dificultades en la calificación de las denuncias .- La Defensoría del Pueblo ha constatado, en algunos ca-sos, dificultades en la calificación de las denuncias, espe- cialmente cuando se refieren a los delitos de desaparición forzada, homicidio calificado (ejecución extrajudicial) y tor-tura. Asimismo, existen dificultades para resolver con cri-terios de tutela de los derechos fundamentales las excep-ciones de prescripción y de cosa juzgada planteadas. h. Requerimientos de capacitación y apoyo logísti- co.- Los propios fiscales identificaron algunas dificultades en la investigación de los casos, señalando la necesidad decontar con información actualizada respecto a doctrina y ju-risprudencia sobre derechos humanos, derecho internacio-