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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (18/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G36/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de setiembre de 2004 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G36/G31/G37/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C /G73/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/GF3/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6C/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0662 Lima, 6 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 617 de fecha 6 de agosto del 2004, se declaro en situación de urgencia el servicio de seguridad de la Universidad Nacional de Inge- niería, por lo que se resolvió aprobar la exoneración del proceso de adjudicación, para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia del Campus Universitario; Que con Oficio Nº E-673-2004 (GTM/MON) de fecha 24 de agosto del 2004, el Consejo Superior de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) observa la Resolución Rectoral citada, en lo que respecta a la parte resolutiva, a fin de que se precise el tiempo que se requie- re contratar el servicio de seguridad y vigilancia, mediante exoneración, conforme a lo dispuesto por el numeral 6.5 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 011- 2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 018-2001-CONSUCODE/PRE; Que sobre el particular el artículo 14.1º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, es- tablece que cuando el vicio del acto administrativo por in- cumplimiento a sus elementos de validez no sea trascen- dente, prevalece la conservación del acto, procediéndose a su enmienda por la propia autoridad emisora; Que del análisis de la parte resolutiva de la Resolución Rectoral Nº 617, se aprecia, que por error, se omitió preci- sar el tiempo que se requiere contratar mediante exonera- ción, término que si bien se encuentra consignado en el primer párrafo de los considerados de la referida Resolu- ción Rectoral, requiere precisarse en la parte resolutiva; De conformidad con lo dispuesto por artículo 52º, Inc. c) de Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precísese la Resolución Rectoral Nº 617 de fecha 6 de agosto del 2004, en cuanto al tiempo que se requiere contratar mediante exoneración, el servicio de seguridad y vigilancia para el Campus Universitario, el mis- mo que se efectuará por el período de un mes. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución Rectoral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, re- mitiéndose copia dela misma a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y archívese ROBERTO MORALES MORALES Rector 16810 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G73/G61/G6A/G65/G2D/G72/GED/G61/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G43/G4F/G4E/G41/G53/G45/G56 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 089-2004-EF/94.10 Lima, 16 de setiembre de 2004VISTOS: El Informe Técnico Nº 301-2004-EF/94.35.2 del Área de Logística y el Informe Conjunto Nº 033-2004-EF/94.35/ 94.20 de las Gerencias de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica, con los cuales se presenta a la Geren- cia General la solicitud de contratación del servicio de mensajería local por situación de urgencia; CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de marzo de 2004 CONASEV y el Con- sorcio CENTRAL PERUVIAN & ASOCIADOS S.A.C. - UR- GENCIA POSTAL S.A. suscribieron un contrato, en virtud del cual dicha empresa prestaría a CONASEV el servicio nacio- nal de mensajería a nivel local, por un plazo de 12 meses; Que, durante la ejecución del contrato se produjeron una serie de retrasos injustificados en la entrega de la co- rrespondencia, que no sólo constituía una ineficaz presta- ción del servicio sino que además conllevaba responsabi- lidad de dicha empresa, razón por cual se ha dado por con- cluido de manera anticipada el referido contrato; Que, frente a esta circunstancia deben tomarse las medi- das del caso para superar la referida situación, ya que la au- sencia del servicio de mensajería a nivel local comprometería en forma directa e inminente la continuidad y el normal desa- rrollo de las funciones de CONASEV en sus relaciones con las entidades del sector público nacional y con las empresas comprendidas en el ámbito de su labor de supervisión; Que, en razón del tiempo que se necesita para efectuar la Adjudicación Directa Selectiva a fin de contratar el servi- cio de mensajería a nivel local por un año, es necesario de- clarar en situación de urgencia y autorizar, vía exoneración, la contratación de dicho servicio por un plazo máximo de 2 meses o hasta que concluya la Adjudicación Directa Selec- tiva, lo que ocurra primero, por un monto máximo de S/. 6 000.00 Nuevos Soles, incluido todo tipo de tributos, median- te un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, de acuerdo a lo expresado en el Informe Conjunto Nº 033-2004-EF/94.35/94.20, se justifica técnica y legal- mente la contratación, vía exoneración por causal de ur-gencia, del referido servicio de mensajería a nivel local, con la conformidad de la Gerencia General; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 19º, inciso c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, y el artículo 108º inciso 2) de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contra- tación del servicio de mensajería local de la correspon- dencia de CONASEV, por un plazo máximo de 2 meses o hasta que concluya la Adjudicación Directa Selectiva a desarrollarse, lo que ocurra primero. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de Ad- judicación Directa Selectiva para la contratación del servi- cio a que se refiere el artículo precedente, hasta por un monto máximo de S/. 6 000,00 (Seis mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido todo tipo de tributos, el mismo que será financiado con recursos propios de CONASEV y por un plazo máximo de 2 meses o hasta que concluya la Adjudicación Directa Selectiva a desarrollarse, lo que ocurra primero. Artículo 3º.- Disponer que el Área de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas, cumpla con verifi- car todas las formalidades inherentes a la contratación del servicio de mensajería a nivel local, mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, dentro del marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y que la Gerencia de Administración y Finanzas remita copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente 16847