NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (28/09/2004)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G32/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 28 de setiembre de 2004 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G44/G50/G59/G4D/G45/G20/G45/G44/G59/G46/G49/G43/G41/G52/G20/G6C/G61 /G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73 /G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G2C/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G2D /G74/G61/G64/G2C/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 1596-2004 Lima, 20 de setiembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por la EDPYME EDYFICAR, para que se le autorice la apertura de 14 Oficinas Espe- ciales para la atención al público; y, CONSIDERANDO: Que, en las Oficinas Especiales solicitadas se reali- zarán exclusivamente operaciones de promoción, cap- tación de clientes y evaluación de los mismos, habiendola empresa cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado, de acuerdo a lo es- tablecido por la Circular SBS Nº EDPYME 110-2004; Estando a lo informado por el Intendente del Depar- tamento de Evaluación del Sistema Financiero “E” me- diante Informe Nº DESF “E” 127-2004/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros – Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº EDPY- ME 110-2004, y el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Admimistrativos aprobado medianteResolución SBS Nº 131-2002; y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la EDPYME EDYFI- CAR la apertura de 14 Oficinas Especiales, conforme al anexo Nº 1 que forma parte de la presente Resoluciónpor un período máximo de un año. Artículo Segundo.- En dichas Oficinas Especiales podrán realizarse exclusivamente operaciones de pro-moción, captación de clientes y evaluación de los mis- mos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca Anexo Nº 1 Resolución SBS Nº 1596-2004 Relación Oficinas Especiales Nº DEPARTA- PROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN MENTO 1 Arequipa Ca ylloma Majes Calle Sabadía S/N Mz. 3E-A, Lote A-2 Centro Poblado El Pedregal. 2 Arequipa Arequipa Cerro Colorado Av. Pumacahua 104-B 3 La Libertad Ascope Casa Grande Av. Central 113- Casa Grande 4 Lima Lima San Juan de Av. San Martín Mz. K, Lote 10, Lurigancho Cooperativa Canto Grande 5 Lima Lima Puente Piedra Puesto Nº 90 - Mercado Señor de Huamanga 6 Lima Lima Lurín Puesto 303-Mercado Virgen de las Mercedes, antigua PanamericanaSur Km. 36 1/2 7 Lima Lima Comas Av. Micaela Bastidas 106 Urbani- zación San Agustín Nº DEPARTA- PROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN MENTO 8 Lima Lima Ate Vitarte Av. 15 de Julio Lote 39 Zona "B" 9 Lima Lima Chorrillos Av. Guardia Civil 236 10 Lima Lima Villa María Av. José Carlos Mar iátegui 843 del Triunfo San Gabriel 11 Piura Piura La Unión Av. Lima 885 12 Piura Sullana Sullana Av. San Martín 946 13 Puno Yunguyo Yunguyo Jr. Bolognesi Nº 539 14 Puno San Román Juliaca Jr . Raúl Porras Barrenechea 513 - Barrio Túpac Amaru 17438 /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D /G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G63/G75/G61/G72/G74/G6F/G20/G74/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G70/G61/G72/G61/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G42/G61/G6E/G63/G61/G72/G69/G61/G73/G2C/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G2D/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G79/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 1619-2004 Lima, 27 de setiembre del 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSCONSIDERANDO: Que, el artículo 373º de la Ley Nº 26702, dispone que el presupuesto de la Superintendencia es aprobado por el Superintendente de Banca y Seguros, quien tiene asu cargo la administración, ejecución y control del mis- mo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas; Que, en el numeral 1 del artículo 374º de la referida Ley se establece que las contribuciones de las Empre- sas del Sistema Financiero no deben exceder de un quin-to del uno por ciento en proporción al promedio trimes- tral de sus activos, que previamente determine esta Su- perintendencia; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 87º de la Constitución Política del Estado y las faculta- des establecidas en la Ley Nº 26702, Ley General delSistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni- ca de la Supertendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Fijar a las Empresas Bancarias; Empresas Financieras; y Empresas de Arrendamiento Financiero, para el cuarto trimestre del año 2004, una tasa anual de contribución de un quinceavo del uno porciento (1/15 del 1%), que se aplicará sobre el promedio trimestral del Activo y Créditos Contingentes. Artículo Segundo.- Las contribuciones que corres- pondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Ar- tículo Primero, de la presente Resolución, deberán ser abonadas dentro de los diez (10) días siguientes de supublicación o al requerimiento trimestral que en su opor- tunidad determine este Organismo de Control. En caso de incumplimiento en el pago de la contribución fijada,ésta devengará intereses por el período de atraso, apli- cándose la tasa de interés activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General las acciones admi- nistrativas, financieras y legales necesarias para el cum-plimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 17408