NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (28/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 18
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G32/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 28 de setiembre de 2004 “Cuarta.- Servicios no comprendidos en el Sistema Para efecto del Sistema: 1. No está comprendida en el inciso f) del numeral 5 del Anexo 3, la venta de tiempo o espacio en radio, tele- visión o medios escritos tales como periódicos, revistasy guías telefónicas impresas de abonados y/o anuncian- tes, interesados en la obtención de anuncios, incluso cuando dicha venta sea realizada por el concesionarioexclusivo de un determinado medio de radio, televisión o escrito. Lo dispuesto en el párrafo anterior sólo operará cuan- do el servicio prestado consista exclusivamente en la ven-ta del tiempo o espacio antes indicados. 2. No están incluidos en los numerales 4 y 5 del Anexo 3, los servicios prestados por operadores de comercio exterior a los sujetos que soliciten cualquie-ra de los regímenes, operaciones o destinos aduane- ros especiales o de excepción, siempre que tales ser- vicios estén vinculados a operaciones de comercioexterior. Para efecto de lo indicado en el párrafo anterior, se considerará como operadores de comercio exterior a los siguientes, siempre que hubieran sido debidamente au-torizados para actuar como tales por las entidades com- petentes: a) Agentes Marítimos y Agentes Generales de Líneas Navieras. b) Compañías Aéreas. c) Agentes de Carga Internacional. d) Almacenes Aduaneros.e) Empresas de Servicio de Mensajería Internacio- nal. f) Agentes de Aduana.” Artículo 3º.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. Lo dispuesto en el artículo 2º de la presente resolu- ción será de aplicación a las operaciones cuyo nacimien- to de la obligación tributaria se produzca a partir de lavigencia de esta norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 17437 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 051-2004-SEPS/S Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 051-2004-SEPS/S, publicada en nuestra edición del 24 de setiembre de 2004. En el Artículo 3º, DICE: El reporte de la información sobre los archivos e in- versiones que respaldan las Obligaciones Técnicas delas EPS, ...DEBE DECIR: El reporte de la información sobre los activos e inver- siones que respaldan las Obligaciones Técnicas de las EPS, ... 17406 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G72/G65/G6D/G69/G74/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G4D/G4C/G20/G73/G75/G73/G20/G50/G6C/G61/G2D/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G2C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G61/G6E/G75/G61/G6C/G2C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G65/G73/G64/G65/G20/G41/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G41/G6E/G75/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 697 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de setiembre de 2004, el Dictamen Nº 133-2004-MML- CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Eco- nómicos y Organización; De conformidad con el Artículo 9º, inciso 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; y el Artícu- lo 9º, inciso "b" de la Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales, Ley Nº 27867; Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.-Disponer que las Municipalidades Distritales de la pro- vincia de Lima, aprueben y remitan a la MunicipalidadMetropolitana de Lima, sus Planes de Desarrollo Local con sus correspondientes Programas de Inversión Dis- trital Multianual, a más tardar el día 27 de setiembre delaño en curso, con la finalidad de constituir y actualizar permanentemente el Plan Metropolitano de Lima. Las modificaciones del Plan de Desarrollo, deberán también ser remitidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, dentro de los cinco (5) días de aprobado. Artículo Segundo.- Disponer que las Municipalidades Distritales de la pro- vincia de Lima, remitan a la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus Planes de Acción y Presupuesto Municipal Anuales, de conformidad con la normatividad y los pla-zos establecidos por el Ministerio de Economía y Finan- zas para efectos de su consolidación y remisión oportu- na. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veintitrés días del mes de setiembre de dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 17413