Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2005 (07/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000EF y normas modificatorias, la designacion de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ambito de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa, asimismo la designacion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Se comunica que, por Acuerdo de Directorio de FONAFE Nº 008-2005/004-FONAFE, de fecha 10 de marzo de 2005, se ha designado como miembro del Directorio de la Empresa de Transportes Aereos Nacionales de la MORDAZA S.A. - TANS PERU S.A., a la siguiente persona:
NOMBRE CARGO SECTOR QUE PROPONE

los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia de Derechos Mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, correspondiente al mes de febrero del 2005, de la siguiente manera:
Total a Distribuir Deducciones Neto a Distribuir US$ S/. US$ S/. US$ S/. Gob. Loc. Distrital 219,605.45 0.00 -6,059.35 0.00 213,546.10 0.00 INGEMMET 29,280.73 0.00 -1,063.75 0.00 28,216.98 0.00 INACC 29,280.73 0.00 -943.75 0.00 28,336.98 0.00 MEM 14,640.36 0.00 -531.87 0.00 14,108.49 0.00 TOTAL 292,807.27 0.00 -8,598.72 0.00 284,208.55 0.00 (*) Ver Anexo Nº 1 Entidades

MORDAZA MORDAZA LIZARZABURU RECHKEMMERDIRECTOR MINDEF

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva 06754

INACC
Asignan montos por Derecho de Vigencia de Derechos Mineros y la formulacion de Petitorios Mineros, correspondiente al mes de febrero de 2005
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1403-2005-INACC/J MORDAZA, 31 de marzo del 2005 Visto; el Informe Nº 0188-2005-INACC/DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 31 de marzo del 2005, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de febrero del 2005; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 051-2005-MEM/ DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a los que se refiere el articulo 57º de la Ley, asi como el tercer parrafo del articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01492-EM, modificado por Ley Nº 28327, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2002EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 0188-2005-INACC/DGDV ha determinado que por el mes de febrero del 2005, el monto total a distribuir es de US$ 292,807.27 (Doscientos Noventa y Dos Mil Ochocientos Siete y 27/100 Dolares Americanos) efectuandose ajustes por un monto que asciende a US$ 8,598.72 (Ocho Mil Quinientos Noventa y Ocho y 72/100 Dolares Americanos), resultando un importe neto a distribuir de US$ 284,208.55 (Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Doscientos Ocho y 55/100 Dolares Americanos); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 051-2005-MEM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero
ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria y el Art. 57º del TUO de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 28327, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de febrero del 2005 a las siguientes Municipalidades Distritales: DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/CHACHAPOYAS BALSAS ANCASH/AIJA AIJA HUACLLAN LA MORDAZA ANCASH/BOLOGNESI CHIQUIAN MORDAZA HUASTA TICLLOS ANCASH/CORONGO ACO BAMBAS CORONGO CUSCA LA MORDAZA MORDAZA YUPAN ANCASH/HUARAZ COCHABAMBA PARIACOTO PIRA ANCASH/HUARMEY CULEBRAS HUARMEY ANCASH/HUAYLAS MORDAZA S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 US$ 225.00 825.00 600.00 600.00 450.00 562.50 562.50 450.00 3,787.50 1,589.20 5,052.50 1,752.50 787.50 2,887.50 3,546.86 37.50 37.50 1,125.00 225.00 675.00 787.50

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