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PÆg. 290445 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de abril de 2005 dos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es apli- cable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Ex- terior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyoscasos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio dela comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre AviaciónCivil y poder mantener la calificación de Categoría - I otor- gada al Perú por la Organización de Aviación Civil Interna- cional, debe mantener un programa anual de vigilanciasobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Tans Perú, con Carta TANS-GOPE- JINS-Nº 044/05, del 16 de febrero de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Per-sonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC,solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equi- po Boeing 737-200, en el Centro de Entrenamiento UnitedServices de la ciudad de Denver, Colorado, a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 10 de abril de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 8252 y 8253, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedi- miento a que se refiere el considerando anterior, ante laDirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 0499-2005-MTC/12.04-SDO designando al Ins-pector Reynaldo Julio Rios Vienrich, para realizar los che- queos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737-200, en el Centro de Entrenamiento United Services,al personal aeronáutico propuesto por la empresa Tans Perú, en la ciudad de Denver, Colorado, Estados Unidos de América, durante los días 9 al 11 de abril de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0499-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Reynaldo Julio Rios Vienrich, Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, a la ciudad de Denver, Colorado, Estados Unidos de América, durante los días 9 al 11 de abril de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Tans Perú a través de los Recibos de Acota- ción Nºs. 8252 y 8253, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, incluyendo las asignaciones por concepto de viáti- cos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al si- guiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men- cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Minis- terial. dentro de los quince (15) días calendario siguientesde efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Des- pacho Ministerial. con copia a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,describiendo las acciones realizadas y los resultados obte- nidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06973 VIVIENDA Aprueban donación de maquinaria a favor de la Municipalidad Provincial deFerreæafe RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 094-2005-VIVIENDA Lima, 8 de abril de 2005 Vistos; el Oficio Nº 282-2004-MPF/A, de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque; elInforme Técnico Nº 019-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM- ARR y el Memorándum Nº 024-2005-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adqui- rió maquinaria para la industria del calzado, confección y tejido, procedentes de la República Popular China con lafinalidad de equipar a pequeños y microempresarios; sien- do dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferirhasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capi- tal adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a enti- dades educativas del país, así mismo mediante Decreto deUrgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes decapital, se podrían transferir en calidad de donación a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción so-cial sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regula-dos por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu- tivo, determinándose el número de Ministerios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, según corresponda, asumía las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa- miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio- nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el or-denamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y