Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2005 (09/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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dos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Tans Peru, con Carta TANS-GOPEJINS-Nº 044/05, del 16 de febrero de 2005, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737-200, en el Centro de Entrenamiento United Services de la MORDAZA de MORDAZA, Colorado, a su personal aeronautico propuesto, durante el dia 10 de MORDAZA de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 8252 y 8253, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0499-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich, para realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737-200, en el Centro de Entrenamiento United Services, al personal aeronautico propuesto por la empresa Tans Peru, en la MORDAZA de MORDAZA, Colorado, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 9 al 11 de MORDAZA de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0499-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Colorado, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 9 al 11 de MORDAZA de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Tans Peru a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 8252 y 8253, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 660.00 US$ 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial. dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial. con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06973

VIVIENDA
Aprueban donacion de maquinaria a favor de la Municipalidad Provincial de Ferrenafe
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-2005-VIVIENDA
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2005 Vistos; el Oficio Nº 282-2004-MPF/A, de la Municipalidad Provincial de Ferrenafe, departamento de Lambayeque; el Informe Tecnico Nº 019-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAMARR y el Memorandum Nº 024-2005-VIVIENDA/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirio maquinaria para la industria del calzado, confeccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con la finalidad de equipar a pequenos y microempresarios; siendo dicha MORDAZA modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizo destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asi mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funcion de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y

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