Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2005 (09/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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RESOLUCION JEFATURAL Nº 441-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 30 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2005

VISTO: el Informe Nº 360-2005-GO-SGREC/RENIEC de fecha 8 de febrero del 2005 y el Informe Nº 187-2005GAJ/RENIEC de fecha 16 de febrero del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado, confirmandose la semidestruccion de los Libros Registrales de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion de los anos 1938 a 1943, asi como la destruccion de los Libros Registrales de Nacimiento de los anos 1947 a 1954, 1955 (mayo a diciembre), Matrimonio y Defuncion de los anos 1947 a 1955 y Nacimiento, Matrimonio y Defuncion de los anos 1991 a 1995; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros Registrales de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion de los anos 1938 a 1943, Nacimiento de los anos 1947 a 1954, 1955 (mayo a diciembre), Matrimonio y Defuncion de los anos 1947 a 1955 y Nacimiento, Matrimonio y Defuncion de los anos 1991 a 1995, en dicha Oficina Registral, por los considerandos anteriormente expuestos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion - Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06908

GAJ/RENIEC de fecha 10 de marzo del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Layo, provincia de Canas, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Layo, provincia de Canas, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado, confirmandose la destruccion de Libros Registrales de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion de los anos 1910 al 15 de MORDAZA de 1990; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Layo, provincia de Canas, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros Registrales de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion de los anos 1910 al 15 de MORDAZA de 1990, en dicha Oficina Registral, por los considerandos anteriormente expuestos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Layo, provincia de Canas, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion - Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06909

Autorizan delegacion de funciones registrales y acciones administrativas a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en Comunidad MORDAZA del distrito de Pangoa, provincia de Satipo
RESOLUCION JEFATURAL Nº 443-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 30 de marzo de 2005

RESOLUCION JEFATURAL Nº 442-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 30 de marzo de 2005 VISTO: el Informe Nº 510-2005-GO-SGREC/RENIEC de fecha 25 de febrero del 2005 y el Informe Nº 260-2005-

VISTOS: el Informe Nº 414-2005-GO-SGREC/RENIEC de fecha 11 de febrero del 2005 y el Informe Nº 210-2005GAJ/RENIEC de fecha 21 de febrero del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO:

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