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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (09/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 290446 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de abril de 2005 protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizacio- nes de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. Juan José Salazar García, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación de Maquicentros; Que, mediante Memorándum Nº 061-2005/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Básico Municipal corrió traslado del Informe TécnicoNº 019-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, en el cual se precisó que la entidad solicitante cuenta con infra- estructura adecuada para recibir e instalar la maquinariasolicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad- ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi- dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría GeneralNº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de las máquinas que se detallan en el Anexo 1 que forman parte integrante de la presente Resolución a favorde la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, con la finalidad de implementar el Cole- gio Nacional "Santa Lucía"; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria des- crita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la pre- sente Resolución, valorizada en S/. 13,465.87 (Trece Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco y 87/100 Nuevos Soles), afavor de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, departa- mento de Lambayeque, con la finalidad de implementar el Colegio Nacional "Santa Lucía". Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 06965 Modifican el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 095-2005-VIVIENDA Lima, 8 de abril de 2005 Visto el Informe Nº 031-2005-VIVIENDA/VMVU-DNV, de la Dirección Nacional de Vivienda; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 054-2002-VIVIEN- DA, se declaró de interés nacional la creación y desarrollodel Proyecto Techo Propio, en el ámbito del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, bajo la administra- ción del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda -Fondo MIVIVIENDA; Que, mediante Ley Nº 27829, modificada por Ley Nº 28210, se creó el Bono Familiar Habitacional como par-te de la política sectorial del Ministerio de Vivienda Cons- trucción y Saneamiento, a otorgarse por una sola vez al grupo familiar beneficiario definitivo, con criterio de utilidadpública, sin cargo de restitución por parte de éste, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor; Que, a través del Decreto Supremo Nº 016-2004- VIVIENDA se aprobó el nuevo Reglamento del Bono Fami- liar Habitacional - BFH, el cual dispone en el artículo 2º que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento se dictarán las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación de dicho Reglamento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 313-2004- VIVIENDA publicada el 8 de diciembre de 2004, se aprobó el nuevo Reglamento Operativo del Bono Familiar Habita-cional; Que, es propósito facilitar a los beneficiarios definitivos la adquisición de vivienda nueva, por lo que resulta nece-sario realizar algunas modificaciones al actual Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional; Que, de otro lado, debido al cambio en la forma de producción de la vivienda social que requiere tiempo de preparación y puesta en marcha del proceso por parte de los agentes involucrados en el tema, como los productoresinmobiliarios, las entidades financieras y los operadores del programa, los 6,217 Bonos Familiares Habitacionales (BFH) asignados a beneficiarios definitivos de las Convo-catorias del Programa Techo Propio entre los años 2002 y 2004; no han sido desembolsados al 31 de diciembre de 2004, que se encontraban financiadas con las fuentes:Recursos Ordinarios, Recursos por Operaciones de Crédi- to Interno, provenientes del Fondo MiVivienda, y Recursos por Operaciones de Crédito Externo provenientes del BID; Que mediante el documento de fecha 2 de marzo del 2005 la Representación del Banco Interamericano de De- sarrollo en el Perú, otorgó su no objeción al uso de losrecursos del BID correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005 para financiar los Bonos Familiares Habitacionales (BFH) de los beneficiarios adjudicados entre los años 2002 y2004, que hayan cumplido con todos los requisitos esta- blecidos en el Contrato de Préstamo Nº 1461/OC-PE y en el Reglamento Operativo, la misma que ha sido puesta deconocimiento a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas mediante el Oficio Nº 197-2005-VIVIENDA-VMVU-DNV; De conformidad con lo establecido en la Ley de Or- ganización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento - Ley Nº 27792, su Reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN- DA, y el Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificación Modificar el inciso f) del Artículo 3º sobre Promotores, y los incisos b) y c) del Artículo 4º sobre Organización Postu- lante del Reglamento Operativo del Bono Familiar Habita-cional aprobado por Resolución Ministerial Nº 313-2004- VIVIENDA. "Artículo 3º.- Promotores Son obligaciones de los promotores: (...) f. Presentar un cronograma de obra al FMV, dentro de los quince (15) días de realizado el primer desembolso.Este cronograma podrá ser modificado por razones debi- damente sustentadas." "Artículo 4º: Organización Postulante Son obligaciones de la OP: (...) b. Organizar la Postulación Colectiva para sus miem- bros; c. Difundir entre sus miembros la posibilidad de partici- par en la Postulación Colectiva." Artículo 2º.- Incorporación de Disposición Com- plementaria Incorporar la siguiente Disposición Complementaria: DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Los 6 217 (seis mil doscientos diecisiete) Bonos Fami- liares Habitacionales (BFH) asignados a las personas en calidad de beneficiarios definitivos de las Convocatorias