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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G31/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 20 de abril de 2005 y c.13 del ítem 5.1, de la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3094-2004-MTC/15, por cada zona de Reconocimiento Físico autoriza-da, bajo apercibimiento de caducidad de la autorizacióncorrespondiente. Artículo 3º.- Es responsabilidad de la empresa autori- zada renovar oportunamente las cartas fianzas a efec- tos que dicha garantía respalde las obligaciones conte-nidas en la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, aprobadapor Resolución Directoral Nº 3094-2004-MTC/15, du-rante todo el plazo de la autorización. Artículo 4º.- Remítase a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, para su custodia y control de vencimientos, lassiguientes cartas fianzas emitidas por el Banco de Cré-dito del Perú para respaldar el cumplimiento de las obli-gaciones de la solicitante: a) Carta Fianza Nº D193-547750 por US $ 100 000,00 con vencimiento el 18 de marzo del 2007, para Zofratac-na - Tacna; b) Carta Fianza Nº D193-547751 por US $ 100 000,00 con vencimiento el 18 de marzo del 2007, para Ceticos -Matarani; y, c) Carta Fianza Nº D193-547752 por US $ 100 000,00 con vencimiento el 18 de marzo del 2007, para Ceticos - Ilo. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. PATRICK P. ALLEMANT F. Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre 07528 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20 /G64/G65/G20 /G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G4F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G2D/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/G65/G72/G72/G65/G72/G20/G79/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G62/G61/G6E/G69/G6C/G6C/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2005-VIVIENDA Lima, 19 de abril de 2005 Vistos; la Solicitud de fecha 26 de octubre de 2004, del Centro de Educación Ocupacional de Mendoza, dis-trito de San Nicolás, provincia de Rodríguez de Mendo-za, departamento de Amazonas; el Informe Técnico Nº010-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR del Progra-ma de Equipamiento Básico Municipal y el Memorándum Nº 009-2005-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la industria del calzado, confec- ción y tejido, procedentes de la República Popular Chinacon el objeto de equipar a pequeños y microempresarios;dicho dispositivo fue modificado por Decreto de Urgen-cia Nº 023-97, con el cual se autorizó destinar y transfe-rir a las Entidades Educativas Estatales hasta el cin- cuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiri- dos por el Decreto de Urgencia Nº 111-96, así mismomediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se adiciona alcontenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97, que delsaldo del cincuenta por ciento (50%) se podrá transferiren calidad de donación además de los Centros Educati- vos Estatales a las Organizaciones Sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social;Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministe-rios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe-rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Mi-nisterio de la Presidencia, quedando extinguido para to-dos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las compe- tencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligacio-nes, del Viceministerio de Infraestructura, del Programade Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apo-yo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio dela Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio-nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización yFunciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condi- ciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, pro-porcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación,mantenimiento y protección de los centros de poblacióny sus áreas de influencia, fomentando la participación delas organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa de la inversión privada; Que, por Solicitud de fecha 26 de octubre de 2004, la Sra. Carmen Rosa Vargas Grandez, Directora del Cen-tro Educativo Ocupacional de Mendoza, solicitó alMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ladonación de Maquicentros; Que de la evaluación efectuada por la jefatura del Pro- grama de Equipamiento Básico Municipal y las coordina-ciones con las autoridades del Centro de Educación Ocu-pacional de Mendoza, se adecuó el pedido inicial, a la asig-nación de, maquinaria para industria del cuero, por ajustar-se a las necesidades y objetivos del Centro Educativo Ocupacional; Que, con Memorándum Nº 014-2005/VIVIENDA-VMCS- PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento BásicoMunicipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 008-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se precisa quela entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como dona- ción; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad- ministrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi-dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de ladonación de las máquinas detalladas en el Anexo que for- ma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de las máquinas que se detallan en el Anexoque forman parte integrante de la presente Resolución afavor del Centro de Educación Ocupacional de Mendo-za, distrito de San Nicolás, provincia de Rodríguez de Mendoza, departamento de Amazonas con la finalidad de equipar al Centro de Educación Ocupacional yamencionado con la maquinaria motivo de donación; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo que forma parte integrante de lapresente Resolución, valorizadas en S/. 5,403.87 (Cin- co Mil Cuatrocientos Tres con 87/100 Nuevos Soles), a favor del Centro de Educación Ocupacional de Mendo-za, distrito de San Nicolás, provincia de Rodríguez de