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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G31/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 20 de abril de 2005 fección y tejido, procedentes de la República Popular China con el objeto de equipar a pequeños y microem-presarios; dicho dispositivo fue modificado por Decretode Urgencia Nº 023-97, con el cual se autorizó destinary transferir a las Entidades Educativas Estatales hastael cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos por el Decreto de Urgencia Nº 111-96, así mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se adi-ciona al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97,que del saldo del cincuenta por ciento (50%) se podrátransferir en calidad de donación además de los CentrosEducativos Estatales a las Organizaciones Sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Minis-terios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Leydel Poder Ejecutivo, determinándose el número deMinisterios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Dispo- sición Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó elMinisterio de la Presidencia, quedando extinguido paratodos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las competen-cias, funciones, atribuciones, los derechos y obli-gaciones, del Viceministerio de Infraestructura, del Pro-grama de Equipamiento Básico Municipal y los órganosde apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Minis- terio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento es un organismo público integrante del PoderEjecutivo, que se rige por su Ley de Organización yFunciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organiza-ción y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejo- rar las condiciones de vida de la población facilitando suacceso a una vivienda adecuada y a los servicios bási-cos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento,conservación, mantenimiento y protección de los cen-tros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa de la inversión privada; Que, por Solicitud de fecha 28 de octubre de 2004, la Sra. Ludith C. Zelada Acosta, Directora del Centro EducativoOcupacional de Huambo, solicitó al Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento la donación de Maquicentros; Que de la evaluación efectuada por la jefatura del Pro- grama de Equipamiento Básico Municipal y las coordinacio-nes con las autoridades del Centro de Educación Ocupacio-nal de Huambo, se adecuó el pedido inicial, a la asignaciónde, maquinaria para industria del cuero, por ajustarse a lasnecesidades y objetivos del Centro Educativo Ocupacional; Que, con Memorándum Nº 013-2005/VIVIENDA-VMCS- PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento BásicoMunicipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 008-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se precisa quela entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuadapara recibir e instalar la maquinaria solicitada como dona- ción; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad conlo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Adminis-trativo respecto de los actos de disposición de bienes mue- bles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aproba-da vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación delas máquinas detalladas en el Anexo que forma parte inte-grante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de las máquinas que se detallan en el Anexoque forman parte integrante de la presente Resolución afavor del Centro de Educación Ocupacional de Huambo,distrito de Huambo, provincia de Rodríguez de Mendo-za, departamento de Amazonas con la finalidad de equi- par al Centro de Educación Ocupacional ya mencionado con la maquinaria motivo de donación;De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizadas en S/. 5,403.87 (Cin-co Mil Cuatrocientos Tres con 87/100 Nuevos Soles), afavor del Centro de Educación Ocupacional de Huambo,distrito de Huambo, provincia de Rodríguez deMendoza, departamento de Amazonas, con la finalidad de equiparlo e impartir educación técnica adecuada. Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar porque se cumplacon la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 07604 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 107-2005-VIVIENDA Lima, 19 de abril de 2005 Vistos; la carta de fecha 29 de noviembre de 2004, de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Ferrer,distrito de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de Ancash; el Informe Técnico Nº 058-2004/VIVIENDA- VMCS/PREBAM-ARR y el Memorándum Nº 023-2005-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se ad- quirió maquinaria para la industria del calzado, confeccióny tejido, procedentes de la República Popular China con lafinalidad de equipar a pequeños y microempresarios; sien-do dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capitaladquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entida-des educativas del país, así mismo mediante Decreto deUrgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto deUrgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capi- tal, se podrían transferir en calidad de donación a los cen-tros educativos estatales y a organizaciones sociales confines educativos, de capacitación o de promoción socialsin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe-rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Mi- nisterio de la Presidencia, quedando extinguido para to-dos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, según corresponda, asumía las compe- tencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligacio- nes del Viceministerio de Infraestructura, del Programade Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apo-yo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio dela Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-