Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2005 (20/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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feccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con el objeto de equipar a pequenos y microempresarios; dicho dispositivo fue modificado por Decreto de Urgencia Nº 023-97, con el cual se autorizo destinar y transferir a las Entidades Educativas Estatales hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos por el Decreto de Urgencia Nº 111-96, asi mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se adiciona al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97, que del saldo del cincuenta por ciento (50%) se podra transferir en calidad de donacion ademas de los Centros Educativos Estatales a las Organizaciones Sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funciones de los Ministerios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones, del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa de la inversion privada; Que, por Solicitud de fecha 28 de octubre de 2004, la Sra. Ludith C. MORDAZA MORDAZA, Directora del Centro Educativo Ocupacional de Huambo, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la donacion de Maquicentros; Que de la evaluacion efectuada por la jefatura del Programa de Equipamiento Basico Municipal y las coordinaciones con las autoridades del Centro de Educacion Ocupacional de Huambo, se adecuo el pedido inicial, a la asignacion de, maquinaria para industria del cuero, por ajustarse a las necesidades y objetivos del Centro Educativo Ocupacional; Que, con Memorandum Nº 013-2005/VIVIENDA-VMCSPREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal corrio traslado del Informe Tecnico Nº 008-2005/ VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se precisa que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de las maquinas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de las maquinas que se detallan en el Anexo que forman parte integrante de la presente Resolucion a favor del Centro de Educacion Ocupacional de Huambo, distrito de Huambo, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de Amazonas con la finalidad de equipar al Centro de Educacion Ocupacional ya mencionado con la maquinaria motivo de donacion;

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de la maquinaria descrita en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizadas en S/. 5,403.87 (Cinco Mil Cuatrocientos Tres con 87/100 Nuevos Soles), a favor del Centro de Educacion Ocupacional de Huambo, distrito de Huambo, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de Amazonas, con la finalidad de equiparlo e impartir educacion tecnica adecuada. Articulo 2º.- El programa de Equipamiento Basico Municipal sera responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 07604
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 107-2005-VIVIENDA

MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005 Vistos; la carta de fecha 29 de noviembre de 2004, de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Ferrer, distrito de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de Ancash; el Informe Tecnico Nº 058-2004/VIVIENDAVMCS/PREBAM-ARR y el Memorandum Nº 023-2005VIVIENDA/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirio maquinaria para la industria del calzado, confeccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con la finalidad de equipar a pequenos y microempresarios; siendo dicha MORDAZA modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizo destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asi mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funcion de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Eje-

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