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PÆg. 291400 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005 Ordenanza Nº 189, publicada en nuestra edición del 19 de abril de 2005. DICE: Artículo 7º.- Las multas por el incumplimiento de la presente Ordenanza, son las siguientes: Código INFRACCIÓN MULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTE Por colocación de propaganda política en 1.00 los lugares de excepción consignados en el Artículo 3 de la presente Ordenanza. Por colocación de propaganda política en 1.00 los lugares mencionados en el Artículo 6 de esta Ordenanza. Por cada panel y/o afiche de propaganda política pegado o pintado en calzadas, pistas, sardineles, señales de tránsito, árboles u otros elementos vivos, monu-mentos y sobre publicidad autorizada 0.50 con fines comerciales; así como en postes de energía eléctrica, telefonía, televisiónpor cable y toda otra estructura de soporte de servicios públicos en general. Por cada elemento de propaganda política 0.10 no borrado o retirado voluntariamente,transcurridos sesenta (60) días posteriores a los comicios electorales. Por efectuar pintas, destruir o deteriorar 0.10 la propaganda electoral colocada por otro candidato, organización, agrupación política, lista independiente o alianza. Por excederse de la máxima intensidad de 1.00 sonido para propaganda electoral. DEBE DECIR: Artículo 7º.- Las multas por el incumplimiento de la presente Ordenanza, son las siguientes: Código INFRACCIÓN MULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTE Por colocación de propaganda política en los 14-101 lu gares de excepción consignados en el 1.00 Artículo 3 de la presente Ordenanza. Por colocación de propaganda p olítica en los 14-102lugares mencionados en el Artículo 6 de esta 1.00 Ordenanza. Por cada panel y/o afiche de propaganda polí- tica pegado o pintado en calzadas, pistas, sardineles, señales de tránsito, árboles u 14-103 otros el ementos vivos, monumentos y sobre 0.50 publicidad autorizada con fines comerc iales; así como en postes de energía eléctrica, tele-fonía, televisión por cable y toda otra estructura de soporte de servicios públicos en general. Por cada elemento de pro paganda política no 14-104borrado o retirado voluntariamente, transcurri- 0.10 dos sesenta (60) días posteriores a los comi- cios electorales. Por efectuar pintas, destruir o deteriorar la pro- 14-105paganda electoral colocada por otro candidato, 0.10 organización, agrupación política, lista inde- pendiente o alianza. 14-106Por excederse de la máxima intensidad de so- 1.00 nido para propaganda electoral. 07778MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Autorizan viaje de Regidora a Espaæa para participar en seminariorepresentando a la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2005/MDSB San Bartolo, 6 de abril del 2005 EL ALCALDE DEL CONCEJO DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de abril del 2005, se informó sobre la Carta enviada por la Asociación de Municipalidades del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante Sesión de Vistos, se informó sobre la Carta enviada a la Regidora ANTONINA ROSARIO SA- SIETA MORALES, en la cual ponen en conocimiento que en Acuerdo con el Ilustre Gobierno de Aragón, se desarro-llará en la ciudad de Zaragoza, un Seminario de Gestión Municipal y Autonómico con Sede España, se llevará a acabo entre los días 11 y 15 de abril del año en curso; Que, en dicha carta hacen extensiva la invitación a la Regidora ANTONINA ROSARIO SASIETA MORALES quien participará representando a la Municipalidad Distrital deSan Bartolo, por ello la Regidora solicita la Licencia respec- tiva para ausentarse de la Municipalidad y participar en dicho evento que se realizará en el País de España; Que, ante el pedido de la regidora sobre Licencia para viajar y participar a este evento que se realizará los días 11 al 15 de abril del año en curso, el Concejo enPleno felicitando a la Regidora por haber sido elegido para participar de este evento, asimismo debido a su viaje ven por conveniente facilitar a la regidora una pe-queña Bolsa de Viaje la cual será utilizada para su participación al evento, y con el Voto Unánime del Con- cejo, tal y como consta en Actas; ACORDÓ: Artículo Primero.- OTORGAR LICENCIA a la Regidora doctora ANTONINA ROSARIO SASIETA MORALES, por el período comprendido entre el 11 al 24de abril del año en curso, según solicitud presentada con fecha 2 de abril de los corrientes y por las conside- raciones expuestas. Artículo Segundo.- OTORGAR UNA BOLSA DE VIAJE a la Regidora antes indicada ascendente a S/. 1,660.00 Nuevos Soles, para su disposición en eldesplazamiento, trámites, pago de impuestos y otros, con cargo a Informar. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Munici- pal por intermedio de la Gerencia de Administración y Rentas el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 07780 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Disponen el embanderamiento general del distrito durante el mes de mayo de 2005 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2005/MDSM San Miguel 19 de abril de 2005