Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2005 (30/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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b) Que, el contribuyente mantenga deuda tributaria durante cuatro (4) trimestres vencidos, consecutivos o no. c) La deuda que se encuentre en situacion de Cobranza Coactiva debera ser mayor al 15% de la UIT vigente. Articulo 5º.- DE LA EVALUACION DE LOS CONTRIBUYENTES La evaluacion de la situacion de morosidad de los "Contribuyentes de Alto Riesgo" se realizara mensualmente. Articulo 6º.- REQUERIMIENTO AL CONTRIBUYENTE Y COMUNICACION A LAS ENTIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO Y CENTRALES DE RIESGO Si luego de la evaluacion realizada, el contribuyente se encuentra dentro de las causales para ser considerado como "Contribuyente de Alto Riesgo", esta situacion sera notificada al contribuyente y publicada en la pagina web www.munisurquillo.gob.pe, otorgandole un plazo de cinco (5) dias habiles para el pago de la deuda tributaria. Transcurrido el plazo sin que se MORDAZA producido la cancelacion de la deuda tributaria, tal condicion sera comunicada a las Entidades del Sistema Financiero Nacional y las Centrales de Riesgo de conformidad con el Art. 3º de la presente Ordenanza. Articulo 7º.- FORMAS DE EXCLUSION DEL REGIMEN Los contribuyentes seran excluidos del "Regimen del Contribuyente de Alto Riesgo", cuando se configure cualquiera de los siguientes supuestos: a) Cumplir con el pago de la deuda tributaria materia de la inclusion en el Regimen. b) Acogerse la deuda tributaria a un Convenio de Pagos a Cuenta, el mismo que debera estar al dia. c) Encontrarse en situacion de Liquidacion, Extincion o Quiebra, declarada de acuerdo a la Ley General del Sistema Concursal, Ley General de Sociedades, y la Ley General de Banca y Seguros, segun sea el caso. d) El Procedimiento de Cobranza Coactiva pertinente, se encuentre en MORDAZA de revision judicial pendiente. e) Se encuentre en tramite demanda contencioso administrativa, respecto a la deuda tributaria. f) Cuando la deuda tributaria se MORDAZA extinguido. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia de Rentas, encargada de la Administracion del Regimen, elaborara el Directorio de "Contribuyentes de Alto Riesgo". Segunda.- Los plazos se computaran a partir de la fecha de publicacion de la presente Ordenanza. 08317

informes del senor MORDAZA, en relacion a la necesidad de contratar una entidad especializada y debidamente acreditada para efectos de realizar labores de fiscalizacion tributaria en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico y la factibilidad de que la misma sea contratada bajo la forma de servicios personalisimos. CONSIDERANDO: 1. Que, la complejidad de ejecutar trabajos de fiscalizacion en contribuyentes potenciales, no conocidos o registrados previamente ante la administracion tributaria local y la necesidad de una accion eficaz y eficiente en la consecucion de los objetivos fiscales, ha determinado que es imperativo contratar los servicios de una entidad altamente especializada en trabajos de fiscalizacion tributaria en gobiernos locales, que ademas acredite antecedentes laborales, asi como referencias municipales sobre la calidad y efectividad de sus servicios; 2. Que, la Comision Especial, mediante Informe Nº 001-2005-CEC/MDPCH del 21 de marzo del 2005 ha informado que plantea la contratacion de un servicio externo para la fiscalizacion tributaria de principales contribuyentes que se encargue de la gestion de cobranza de las Deudas Tributarias de la Cartera en cobranza de la Municipalidad. Para el caso concreto, la contratacion de la empresa MORDAZA & VON MASSENBACH ANALISTAS Y CONSULTORES S.R.L.; 3. Que, el asesor Legal mediante Informe Nº 01-2005AL/MDPCH de conformidad con las caracteristicas inherentes al locador y estando a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento D.S. Nº 084-2004PCM, por las consideraciones legales que se exponen a continuacion, resulta procedente la contratacion de los servicios personalisimos de la empresa MORDAZA & Von Massenbach Analistas y Consultores S.R.L. 4. Que, el articulo 93º del D. Leg. Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, las municipalidades pueden celebrar contratos de prestacion de servicios en materia de fiscalizacion con particulares. 5. Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del articulo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, "Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; 6. Que, el articulo 145º del D.S. Nº 084-2004-PCM, "Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", establece que se encuentra exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; 7. Que, tal como lo establece el inciso c) del articulo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM, las contrataciones no sujetas al procedimiento de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa se aprobaran por Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos locales; 8. En ejercicio de las competencias y facultades conferidas por el articulo 9º, de la Ley Nº 27972, y por el articulo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM, el Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion del Concurso Publico para la contratacion del servicio de Fiscalizacion de deudas tributarias y no tributarias asi como a la gestion de cobranza en via ordinaria y/o coactiva, destinada a la recuperacion de rentas de la Municipalidad de Pampas Chico. Articulo Segundo.- APROBAR la contratacion del Servicio mencionado en el articulo primero, bajo la modalidad de servicios personalisimos de conformidad con los dispositivos legales vigentes en la materia, con la empresa MORDAZA & VON MASSENBACH ANALISTAS

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS CHICO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de fiscalizacion de deudas tributarias y no tributarias y de cobranza
ACUERDO DE CONCEJO Nº 08-2005/MDPCH Pampas Chico, 30 de marzo del 2005 VISTOS, los Informes tecnico Nº 01-2005-CEC/MDPCH emitido por la Comision Especial de Evaluacion de Contrataciones y Legal Nº 01-2005-AL/MDPCH y los

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