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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (30/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G38/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de abril de 2005 b) Que, el contribuyente mantenga deuda tributaria durante cuatro (4) trimestres vencidos, consecutivos ono. c) La deuda que se encuentre en situación de Co- branza Coactiva deberá ser mayor al 15% de la UITvigente. Artículo 5º.- DE LA EVALUACIÓN DE LOS CON- TRIBUYENTES La evaluación de la situación de morosidad de los "Contribuyentes de Alto Riesgo" se realizará mensual-mente. Artículo 6º.- REQUERIMIENTO AL CONTRIBUYEN- TE Y COMUNICACIÓN A LAS ENTIDADES DEL SIS- TEMA FINANCIERO Y CENTRALES DE RIESGO Si luego de la evaluación realizada, el contribuyente se encuentra dentro de las causales para ser conside- rado como "Contribuyente de Alto Riesgo", esta situa- ción será notificada al contribuyente y publicada en lapágina web www.munisurquillo.gob.pe , otorgándole un plazo de cinco (5) días hábiles para el pago de la deuda tributaria. Transcurrido el plazo sin que se hayaproducido la cancelación de la deuda tributaria, tal condi- ción será comunicada a las Entidades del Sistema Fi- nanciero Nacional y las Centrales de Riesgo de confor-midad con el Art. 3º de la presente Ordenanza. Artículo 7º.- FORMAS DE EXCLUSIÓN DEL RÉGIMEN Los contribuyentes serán excluidos del "Régimen del Contribuyente de Alto Riesgo", cuando se configure cual-quiera de los siguientes supuestos: a) Cumplir con el pago de la deuda tributaria materia de la inclusión en el Régimen. b) Acogerse la deuda tributaria a un Convenio de Pagos a Cuenta, el mismo que deberá estar al día. c) Encontrarse en situación de Liquidación, Extinción o Quiebra, declarada de acuerdo a la Ley General del Sistema Concursal, Ley General de Sociedades, y laLey General de Banca y Seguros, según sea el caso. d) El Procedimiento de Cobranza Coactiva pertinen- te, se encuentre en proceso de revisión judicial pendien-te. e) Se encuentre en trámite demanda contencioso ad- ministrativa, respecto a la deuda tributaria. f) Cuando la deuda tributaria se haya extinguido. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia de Rentas, encargada de la Administración del Régimen, elaborará el Directorio de"Contribuyentes de Alto Riesgo". Segunda.- Los plazos se computarán a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza. 08317 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS CHICO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G2D /G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G7A/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 08-2005/MDPCH Pampas Chico, 30 de marzo del 2005 VISTOS, los Informes técnico Nº 01-2005-CEC/MDP- CH emitido por la Comisión Especial de Evaluación de Contrataciones y Legal Nº 01-2005-AL/MDPCH y losinformes del señor Alcalde, en relación a la necesidad de contratar una entidad especializada y debidamente acre-ditada para efectos de realizar labores de fiscalización tributaria en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico y la factibilidad de que la misma sea con-tratada bajo la forma de servicios personalísimos. CONSIDERANDO:1. Que, la complejidad de ejecutar trabajos de fisca- lización en contribuyentes potenciales, no conocidos oregistrados previamente ante la administración tributaria local y la necesidad de una acción eficaz y eficiente en la consecución de los objetivos fiscales, ha determinadoque es imperativo contratar los servicios de una entidad altamente especializada en trabajos de fiscalización tri- butaria en gobiernos locales, que además acredite ante-cedentes laborales, así como referencias municipales sobre la calidad y efectividad de sus servicios; 2. Que, la Comisión Especial, mediante Informe Nº 001-2005-CEC/MDPCH del 21 de marzo del 2005 ha informado que plantea la contratación de un servicio ex- terno para la fiscalización tributaria de principales contri-buyentes que se encargue de la gestión de cobranza de las Deudas Tributarias de la Cartera en cobranza de la Municipalidad. Para el caso concreto, la contratación dela empresa FALCON & VON MASSENBACH ANALIS- TAS Y CONSULTORES S.R.L.; 3. Que, el asesor Legal mediante Informe Nº 01-2005- AL/MDPCH de conformidad con las características in- herentes al locador y estando a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S.Nº 083-2004-PCM y su Reglamento D.S. Nº 084-2004- PCM, por las consideraciones legales que se exponen a continuación, resulta procedente la contratación de losservicios personalísimos de la empresa Falcon & Von Massenbach Analistas y Consultores S.R.L. 4. Que, el artículo 93º del D. Leg. Nº 776, Ley de Tributación Municipal, las municipalidades pueden cele- brar contratos de prestación de servicios en materia de fiscalización con particulares. 5. Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del artículo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, “Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado”, están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las contrataciones que se realicen para servi-cios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; 6. Que, el artículo 145º del D.S. Nº 084-2004-PCM, “Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado”, establece que se encuentra exonerados del respectivo proceso de selección, loscontratos de locación de servicios celebrados con per- sonas naturales o jurídicas cuando para dicha contrata- ción se haya tenido en cuenta y como requisito esencialla persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determi- nada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; 7. Que, tal como lo establece el inciso c) del artículo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM, las contrataciones no sujetas al procedimiento de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa se aprobaran por Acuer- do del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos locales; 8. En ejercicio de las competencias y facultades con- feridas por el artículo 9º, de la Ley Nº 27972, y por el artículo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM, el Concejo Muni-cipal; ACUERDA: Artículo Primero .- APROBAR la exoneración del pro- ceso de selección del Concurso Público para la contra- tación del servicio de Fiscalización de deudas tributariasy no tributarias así como a la gestión de cobranza en vía ordinaria y/o coactiva, destinada a la recuperación de rentas de la Municipalidad de Pampas Chico. Artículo Segundo .- APROBAR la contratación del Servicio mencionado en el artículo primero, bajo la mo- dalidad de servicios personalísimos de conformidad conlos dispositivos legales vigentes en la materia, con la empresa FALCON & VON MASSENBACH ANALISTAS